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Convivencia marital con otra persona en domicilio conyugal

8 Comentarios
 
08/12/2010 20:14
A : Lamanchega
espero que hayas disfrutado de tu puenting....
he enviado un nuevo mensaje hoy al cual estaría infinitamente agradecido si me dieseis algunas pistas por las que guiarme
mil gracias
08/12/2010 19:47
a parte del informe de un detective, que mas pruebas importantes se puden aportar para demostrar la convivencia marital ??
Si se presiona a los hijos a mentir respecto al tema, como puedes hacer que la verdad salga a la lus ??
gracias
08/12/2010 11:35
El informe del detective es crucial, y lo ratifica como testigo. También empieza a ser necesario incluir en los convenios reguladores una clausulita según la cual, en caso de convivencia con terceras personas (no tiene que ser una pareja), se pagará un alquiler a precio de mercado (que cobrarán en función de la propiedad del inmueble).
Un saludo.
07/12/2010 19:45
Como reflexión, con derecho a equivocarme.

Bueno, desgraciadamente, por lo que se ve en las leyes de Aragón y Cataluña, lo de la vivienda, en caso de la CUSTODIA COMPARTIDA, no está resuelto.

El problema es que en estas luchas y guerras se manejan muchos conceptos, y no se quiere decir alto y claro que el DIVORCIO es un problema social, no jurídico.

Los políticos, ni los del PP ni los del PSOE, van a meterse con el tema de la vivienda, por lo cual siempre habrá abusos, uso y abuso y pretexto para no ver los problemas sociales.

En los procesos de familia, y pretendiendo la CUSTODIA COMPARTIDA, primero te expulsan de la vivienda, en las MEDIDAS PROVISIONALES. Luego te buscas una vivienda y luego pretendes la
CUSTODIA COMPARTIDA.

Al final, ABOGADO Y PROCURADOR.

Se me ocurre pedir modificación de MEDIDAS alegando que hay la nueva pareja en el DOMICILIO FAMILIAR, para solicitar, bien la CUSTODIA COMPARTIDA, bien CUSTODIA EXCLUSIVE, y que en ese proceso AFIRME O NIEGUE que hay un OKUPA EN CASA, que OKUPA el corazón de la ex.

Y en el caso de que lo afirme la mujer, pues EXIGIR que el juez autorice o niegue el derecho a estar en el domicilio familiar.

El uso de la vivienda debe ser restrictivo, y eso contemplarlo en CONVENIO o exigirlo, en su momento, en los procesos CONTENCIOSOS.

¿ Por qué no ?.
07/12/2010 13:03
Si están separados la ex- es todavía su esposa, y el piso es de los dos, con lo cuál puede denunciar que un individuo que usted no ha autorizado a entrar en su piso, está viviendo allí. Así fuerza a las autoridades a expulsarlo de su propiedad. Si están divorciados, la cosa cambia,porque no puede tener ningún derecho sobrealguien con quien no tiene ningún vínculo, y el piso es para el niño y la persona que tenga su custodia. Con respecto a la custodia compartida, el piso suéle ponerse a la venta, par evitar problemas de tipo penal en los intercambios de custodia entre progenitores, con locual cáda progenitor debe buscarse su piso propio y a ser posible cercano al ambito territorial en el que se desenvuelven los niños, si no es así sería raro que se concediese la cusodia dividida entre los progenitores.
04/12/2010 12:01
Como reflexión, con derecho a equivocarme.

La abogacía, me temo, está acostumbrada al sota, caballo y rey.

ECHAR DE CASA, PAGAR HIPOTECA, ALIMENTOS, COMPENSATORIA Y VISITAS DE HIJOS.

Y los jueces los mismo. Sin embargo, las viviendas, como bien dice el artículo 96 del CÓDIGO CIVIL dice:

"En defecto de acuerdo de los cónyuges aprobado por el Juez, el uso de la vivienda familiar y de los objetos de uso ordinario en ella corresponde a los hijos y al cónyuge en cuya compañía queden."

En esa vivienda no pueden residir ni la antigua suegra, ni los amigos de los hijos.

De la misma manera que en un contrato de alquiler se pueden poner limitaciones, de tener animales, por ejemplo, o no realquilarla, todas estas cosas hay que ponerlas en convenios y pedirlo en sentencias.

Hay abusos que se cometen todos los días, y es porque los abogados cobran siempre con el sota, caballo y rey.

Si hay una hipoteca, hay que decir al banco que hay un juicio que puede afectar a sus intereses.

Se debe exigir que el préstamo se divida por la mitad, que lo contempla el CÓDIGO CIVIL.

A esa hipoteca se la exigió que ambos cotitulares fueran dueños de la nuda propiedad y del uso.

La banca y las cajas pierden garantías con todo esto, y nadie defiende el sistema bancario.

Yo no pagaría la cuota de la hipoteca compartiendo cuenta con la otra parte: EL PROBLEMA ES DEL BANCO, porque eso, seguro, que no viene en el convenio o sentencia.

Los alimentos de los chicos, en cuenta a nombre de los hijos, y la madre como representante legal, y a los 18, o antes, lo dispone el destinatario, y punto.

Los abuelos, siempre están fuera de estos pleitos, cuando lo dice claramente la ley:

CÓDIGO CIVIL, artículo 94:

Igualmente podrá determinar, previa audiencia de los padres y de los abuelos, que deberán prestar su consentimiento, el derecho de comunicación y visita de los nietos con los abuelos, conforme al artículo 160 de este Código, teniendo siempre presente el interés del menor.

En este caso, alegar que la madre convive con otra persona y otro hijo en el domicilio familiar, y solicitar cambio de custodia, en caso contrario, pues que se prohiba que convivan otras personas distintas a la madre y a la hija en el domicilio familiar.

otra alternativa sería pedir la CUSTODIA COMPARTIDA y entrar y salir ambos padres del domicilio familiar, qué menos.


04/12/2010 10:38
Hola,en ese caso sí que hay posibilidades de conseguir algo,hay jurisprudencia a ese respecto.

Lo del detective es muy válido,pero también es caro.

Bueno,que me voy de puente.
Saludos y suerte,seguimos hablando.
04/12/2010 02:15
mi caso es muy parecido, pero como se puede demostrar la convivencia marital.
El informe del detetictive hasta que punto es valido.
me gustaría que me ayudaseis en este tema de como se pueden aportar pruebas de la convivencia, Hay alguna sentencia o jurisprudencia al respecto.
NECESITO UUGENTE AYUDA ... Gracias
Convivencia marital con otra persona en domicilio conyugal
21/12/2004 19:49
Mi cliente hace un año que se separó de su mujer de mutuo acuerdo, entre otras cuestiones acordaron que el domicilio conyugal quedaría para ella para vivir con su hija de cuatro años de edad. El piso está gravado con una hipoteca que se paga por ambos cónyuges al 50%. El asunto es: la esposa convive en el domicilio conyugal desde hace nueve meses con una nueva pareja y el hijo de éste. Mi cliente dice que quiere vender el piso pues no está de acuerdo en seguir pagando la hipoteca y que un tercero con su hijo vivan en el piso del que es cotitular. Mis preguntas son: 1. ¿Se puede solicitar modificación de medidas definitivas acordadas en separación o es mejor solicitar el divorcio y con el ello modificación de medidas? 2. ¿ Para probar que ella convive maritalmente con otra persona valdría prueba de detective? 3. ¿ Habiendo sido otorgado el domicilio conyugal a la madre que vive con su hija, a pesar de ella convivir con otra persona qué probabilidades hay de conseguir algo?
Muchas gracias de antemano.
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8 Comentarios
 
08/12/2010 20:14
A : Lamanchega
espero que hayas disfrutado de tu puenting....
he enviado un nuevo mensaje hoy al cual estaría infinitamente agradecido si me dieseis algunas pistas por las que guiarme
mil gracias
08/12/2010 19:47
a parte del informe de un detective, que mas pruebas importantes se puden aportar para demostrar la convivencia marital ??
Si se presiona a los hijos a mentir respecto al tema, como puedes hacer que la verdad salga a la lus ??
gracias
08/12/2010 11:35
El informe del detective es crucial, y lo ratifica como testigo. También empieza a ser necesario incluir en los convenios reguladores una clausulita según la cual, en caso de convivencia con terceras personas (no tiene que ser una pareja), se pagará un alquiler a precio de mercado (que cobrarán en función de la propiedad del inmueble).
Un saludo.
07/12/2010 19:45
Como reflexión, con derecho a equivocarme.

Bueno, desgraciadamente, por lo que se ve en las leyes de Aragón y Cataluña, lo de la vivienda, en caso de la CUSTODIA COMPARTIDA, no está resuelto.

El problema es que en estas luchas y guerras se manejan muchos conceptos, y no se quiere decir alto y claro que el DIVORCIO es un problema social, no jurídico.

Los políticos, ni los del PP ni los del PSOE, van a meterse con el tema de la vivienda, por lo cual siempre habrá abusos, uso y abuso y pretexto para no ver los problemas sociales.

En los procesos de familia, y pretendiendo la CUSTODIA COMPARTIDA, primero te expulsan de la vivienda, en las MEDIDAS PROVISIONALES. Luego te buscas una vivienda y luego pretendes la
CUSTODIA COMPARTIDA.

Al final, ABOGADO Y PROCURADOR.

Se me ocurre pedir modificación de MEDIDAS alegando que hay la nueva pareja en el DOMICILIO FAMILIAR, para solicitar, bien la CUSTODIA COMPARTIDA, bien CUSTODIA EXCLUSIVE, y que en ese proceso AFIRME O NIEGUE que hay un OKUPA EN CASA, que OKUPA el corazón de la ex.

Y en el caso de que lo afirme la mujer, pues EXIGIR que el juez autorice o niegue el derecho a estar en el domicilio familiar.

El uso de la vivienda debe ser restrictivo, y eso contemplarlo en CONVENIO o exigirlo, en su momento, en los procesos CONTENCIOSOS.

¿ Por qué no ?.
07/12/2010 13:03
Si están separados la ex- es todavía su esposa, y el piso es de los dos, con lo cuál puede denunciar que un individuo que usted no ha autorizado a entrar en su piso, está viviendo allí. Así fuerza a las autoridades a expulsarlo de su propiedad. Si están divorciados, la cosa cambia,porque no puede tener ningún derecho sobrealguien con quien no tiene ningún vínculo, y el piso es para el niño y la persona que tenga su custodia. Con respecto a la custodia compartida, el piso suéle ponerse a la venta, par evitar problemas de tipo penal en los intercambios de custodia entre progenitores, con locual cáda progenitor debe buscarse su piso propio y a ser posible cercano al ambito territorial en el que se desenvuelven los niños, si no es así sería raro que se concediese la cusodia dividida entre los progenitores.
04/12/2010 12:01
Como reflexión, con derecho a equivocarme.

La abogacía, me temo, está acostumbrada al sota, caballo y rey.

ECHAR DE CASA, PAGAR HIPOTECA, ALIMENTOS, COMPENSATORIA Y VISITAS DE HIJOS.

Y los jueces los mismo. Sin embargo, las viviendas, como bien dice el artículo 96 del CÓDIGO CIVIL dice:

"En defecto de acuerdo de los cónyuges aprobado por el Juez, el uso de la vivienda familiar y de los objetos de uso ordinario en ella corresponde a los hijos y al cónyuge en cuya compañía queden."

En esa vivienda no pueden residir ni la antigua suegra, ni los amigos de los hijos.

De la misma manera que en un contrato de alquiler se pueden poner limitaciones, de tener animales, por ejemplo, o no realquilarla, todas estas cosas hay que ponerlas en convenios y pedirlo en sentencias.

Hay abusos que se cometen todos los días, y es porque los abogados cobran siempre con el sota, caballo y rey.

Si hay una hipoteca, hay que decir al banco que hay un juicio que puede afectar a sus intereses.

Se debe exigir que el préstamo se divida por la mitad, que lo contempla el CÓDIGO CIVIL.

A esa hipoteca se la exigió que ambos cotitulares fueran dueños de la nuda propiedad y del uso.

La banca y las cajas pierden garantías con todo esto, y nadie defiende el sistema bancario.

Yo no pagaría la cuota de la hipoteca compartiendo cuenta con la otra parte: EL PROBLEMA ES DEL BANCO, porque eso, seguro, que no viene en el convenio o sentencia.

Los alimentos de los chicos, en cuenta a nombre de los hijos, y la madre como representante legal, y a los 18, o antes, lo dispone el destinatario, y punto.

Los abuelos, siempre están fuera de estos pleitos, cuando lo dice claramente la ley:

CÓDIGO CIVIL, artículo 94:

Igualmente podrá determinar, previa audiencia de los padres y de los abuelos, que deberán prestar su consentimiento, el derecho de comunicación y visita de los nietos con los abuelos, conforme al artículo 160 de este Código, teniendo siempre presente el interés del menor.

En este caso, alegar que la madre convive con otra persona y otro hijo en el domicilio familiar, y solicitar cambio de custodia, en caso contrario, pues que se prohiba que convivan otras personas distintas a la madre y a la hija en el domicilio familiar.

otra alternativa sería pedir la CUSTODIA COMPARTIDA y entrar y salir ambos padres del domicilio familiar, qué menos.


04/12/2010 10:38
Hola,en ese caso sí que hay posibilidades de conseguir algo,hay jurisprudencia a ese respecto.

Lo del detective es muy válido,pero también es caro.

Bueno,que me voy de puente.
Saludos y suerte,seguimos hablando.
04/12/2010 02:15
mi caso es muy parecido, pero como se puede demostrar la convivencia marital.
El informe del detetictive hasta que punto es valido.
me gustaría que me ayudaseis en este tema de como se pueden aportar pruebas de la convivencia, Hay alguna sentencia o jurisprudencia al respecto.
NECESITO UUGENTE AYUDA ... Gracias
Convivencia marital con otra persona en domicilio conyugal
21/12/2004 19:49
Mi cliente hace un año que se separó de su mujer de mutuo acuerdo, entre otras cuestiones acordaron que el domicilio conyugal quedaría para ella para vivir con su hija de cuatro años de edad. El piso está gravado con una hipoteca que se paga por ambos cónyuges al 50%. El asunto es: la esposa convive en el domicilio conyugal desde hace nueve meses con una nueva pareja y el hijo de éste. Mi cliente dice que quiere vender el piso pues no está de acuerdo en seguir pagando la hipoteca y que un tercero con su hijo vivan en el piso del que es cotitular. Mis preguntas son: 1. ¿Se puede solicitar modificación de medidas definitivas acordadas en separación o es mejor solicitar el divorcio y con el ello modificación de medidas? 2. ¿ Para probar que ella convive maritalmente con otra persona valdría prueba de detective? 3. ¿ Habiendo sido otorgado el domicilio conyugal a la madre que vive con su hija, a pesar de ella convivir con otra persona qué probabilidades hay de conseguir algo?
Muchas gracias de antemano.