Para cambiar de administrador, qué porcentaje de vecinos deben estar de acuerdo?. Me han dicho que es suficiente con que estén de acuerdo todos los presentes en la junta convocada para tal fin, aunque se hayan presentado sólo la mitad de los copropietarios. Es así?. Gracias...
no, no es así art.17.7 LPH 7. Para la validez de los demás acuerdos bastará el voto de la mayoría del total de los propietarios que, a su vez, representen la mayoría de las cuotas de participación. En segunda convocatoria serán válidos los acuerdos adoptados por la mayoría de los asistentes, siempre que ésta represente, a su vez, más de la mitad del valor de las cuotas de los presentes.