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coopropietarios que cobran por ejercer de presidentes

9 Comentarios
 
Coopropietarios que cobran por ejercer de presidentes
22/04/2012 20:08
Donde vivo,la comunidad escogio a dos vecinos que ejercen de presidentes,perciben 40 euros mensuales por practicamente nada,hay un vecino jubilado que se ofrece ha realizar la tarea de forma gratuita y en la reunion llevada cabo no le aceptan.porque estan conformes con seguir pagandoles mas que si fuesen administradores.Yo quisiera saber si esto es legal,pues ellos no declaran un ninguna parte la cantidad que perciben de la comunidad y que puedo hacer al respecto .gracias
22/04/2012 21:00
Dondé y como se acordó el abono por ejercer las funciones?.
Se tuvo que realizar en junta y por unanimidad, si no fue así informenos
No entiendo que puedan existir dos presidentes
22/04/2012 21:51
El presidente no puede cobrar nada por ejercer. Denuncie esa situación. Si se acordó en alguna reunión debió ser impugnada.
22/04/2012 22:25

Si en junta se aprobó por unanimidad, si es legal.
22/04/2012 22:54
Efectivamente si se acordó por unanimidad es legal, hasta que entre un nuevo propietario, al no ser que se registre el acuerdo, pero dudo mucho que el notario lo acepte, pues creo que no se puede registrar nada que sea contrario a la ley. Y la ley dice.
El Presidente será nombrado, entre los propietarios, mediante elección o, subsidiariamente, mediante turno rotatorio o sorteo. El nombramiento será obligatorio. Y de cobrar no dice nada. La ley de marras.
Ahora bien, por unanimidad se puede hacer todo. Como si quieren tirar la casa y vender el solar, o regalar el inmueble a una ONG. Pero antes de que entre el nuevo propietario ya que sino, lo tienen complicado. Y es mas ni aun así, creo yo, porque los herederos algún derecho tienen.
22/04/2012 23:02
lo mas importante es que solo puede haber un presidente en la comunidad y si acaso un vicepresidente y un administrador.
lo de cobrar puede ser legal segun se ha dicho varias veces en este foro pero lo mejor seria que el cargo rote y nadie cobre por tenerlo.
eso seria lo mas ajustado a la ley
23/04/2012 00:25
Si la ley no dice nada, es que se puede hacer.....

"Todo lo no prohibido por las leyes está permitido.."
23/04/2012 09:05
No explica si el presidente hace también de Secretario y administrador. No es lógico que cobre por ser presidente, pero si suele suceder que cobre por hacer de administrador. ¿Dos presidentes? No será que uno es el presidente y otro el Secretario Administrador? En ese caso, lo lógico es que cobre el Administrador/Secretario y el Presidente no. Incluso en ese caso, mientras que el Presidente es elegido o por turno rotatorio y cambiaría cada año, el Secretario-Administrador lo puede ser durante varios años, si quiere y/o cobra, si él y la comunidad están de acuerdo.
24/04/2012 02:14
Esto es una prestación de servicios a título oneroso reiterado en el tiempo, por lo que debe estar sujeto a fiscalización, bien con Irpf al ser personas físicas, bien con Iva caso de hubiese sido ser persona jurídica.

Caso claro para irse a la Aeat, porque quién incumple la ley es la comunidad que no hace las retenciones a que está obligada, y por su parte, estos sres. no declaran esos ingresos.

... y más si no dejan a otro vecino hacerlo gratuitamente.
24/04/2012 10:49
Sujeto a fiscalización y cotización en la SS. Por tanto a contrato de trabajo por parte de la comunidad de propietarios.
Demasiado complicado, se están metiendo en camisas de once varas. Nada recomendable para la comunidad. Esos vecinos que hacen eso, son elementos perjudiciales. Deben tratarlo en junta y destituirlos inmediatamente.
coopropietarios que cobran por ejercer de presidentes | PorticoLegal
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Coopropietarios que cobran por ejercer de presidentes
22/04/2012 20:08
Donde vivo,la comunidad escogio a dos vecinos que ejercen de presidentes,perciben 40 euros mensuales por practicamente nada,hay un vecino jubilado que se ofrece ha realizar la tarea de forma gratuita y en la reunion llevada cabo no le aceptan.porque estan conformes con seguir pagandoles mas que si fuesen administradores.Yo quisiera saber si esto es legal,pues ellos no declaran un ninguna parte la cantidad que perciben de la comunidad y que puedo hacer al respecto .gracias
22/04/2012 21:00
Dondé y como se acordó el abono por ejercer las funciones?.
Se tuvo que realizar en junta y por unanimidad, si no fue así informenos
No entiendo que puedan existir dos presidentes
22/04/2012 21:51
El presidente no puede cobrar nada por ejercer. Denuncie esa situación. Si se acordó en alguna reunión debió ser impugnada.
22/04/2012 22:25

Si en junta se aprobó por unanimidad, si es legal.
22/04/2012 22:54
Efectivamente si se acordó por unanimidad es legal, hasta que entre un nuevo propietario, al no ser que se registre el acuerdo, pero dudo mucho que el notario lo acepte, pues creo que no se puede registrar nada que sea contrario a la ley. Y la ley dice.
El Presidente será nombrado, entre los propietarios, mediante elección o, subsidiariamente, mediante turno rotatorio o sorteo. El nombramiento será obligatorio. Y de cobrar no dice nada. La ley de marras.
Ahora bien, por unanimidad se puede hacer todo. Como si quieren tirar la casa y vender el solar, o regalar el inmueble a una ONG. Pero antes de que entre el nuevo propietario ya que sino, lo tienen complicado. Y es mas ni aun así, creo yo, porque los herederos algún derecho tienen.
22/04/2012 23:02
lo mas importante es que solo puede haber un presidente en la comunidad y si acaso un vicepresidente y un administrador.
lo de cobrar puede ser legal segun se ha dicho varias veces en este foro pero lo mejor seria que el cargo rote y nadie cobre por tenerlo.
eso seria lo mas ajustado a la ley
23/04/2012 00:25
Si la ley no dice nada, es que se puede hacer.....

"Todo lo no prohibido por las leyes está permitido.."
23/04/2012 09:05
No explica si el presidente hace también de Secretario y administrador. No es lógico que cobre por ser presidente, pero si suele suceder que cobre por hacer de administrador. ¿Dos presidentes? No será que uno es el presidente y otro el Secretario Administrador? En ese caso, lo lógico es que cobre el Administrador/Secretario y el Presidente no. Incluso en ese caso, mientras que el Presidente es elegido o por turno rotatorio y cambiaría cada año, el Secretario-Administrador lo puede ser durante varios años, si quiere y/o cobra, si él y la comunidad están de acuerdo.
24/04/2012 02:14
Esto es una prestación de servicios a título oneroso reiterado en el tiempo, por lo que debe estar sujeto a fiscalización, bien con Irpf al ser personas físicas, bien con Iva caso de hubiese sido ser persona jurídica.

Caso claro para irse a la Aeat, porque quién incumple la ley es la comunidad que no hace las retenciones a que está obligada, y por su parte, estos sres. no declaran esos ingresos.

... y más si no dejan a otro vecino hacerlo gratuitamente.
24/04/2012 10:49
Sujeto a fiscalización y cotización en la SS. Por tanto a contrato de trabajo por parte de la comunidad de propietarios.
Demasiado complicado, se están metiendo en camisas de once varas. Nada recomendable para la comunidad. Esos vecinos que hacen eso, son elementos perjudiciales. Deben tratarlo en junta y destituirlos inmediatamente.