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Copropiedad de vivienda

4 Comentarios
 
Copropiedad de vivienda
06/11/2017 13:24
Buenas tardes:
Estoy pensando en adquirir una vivienda y poner las escrituras a mi nombre y al de mi madre. Yo voy a comprar la vivienda íntegramente con unos ahorros que poseo. Bien, la cuestión es que tengo un hermano casado y con hijos. En caso de fallecimiento me mi madre, ¿mi hermano tendría derecho algún derecho sobre mi vivienda? Por otra parte, si me caso (en separación de bienes) y no tengo hijos y fallezco, creo recordar que el 50% de la propiedad pasaría al cónyuge vivo, ¿podría mi madre quedarse con toda la propiedad?

Gracias.
06/11/2017 18:57
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Buenas tardes,

efectivamente, si pone el 50% de la vivienda a nombre de su madre, cuando ésta fallezca su hermano tendrá derecho sobre la herencia de la madre fallecida. Dentro de la herencia se incluyen todos los bienes y deudas del fallecido, y en este caso se incluiría el 50% sobre la vivienda que ahora se va a adquirir. Participará en la herencia y adquirirá la parte de la vivienda que le toque en función de si existe testamento o si no lo hay.

Respecto a si usted se casa y fallece antes que su cónyuge y sobrevive su madre, con independencia del régimen económico en el que se haya casado, su cónyuge efectivamente tiene derecho sobre la herencia. En caso de no tener hijos, adquiere el viudo el 50% de la herencia (que incluye TODOS los bienes del fallecido, como ya le he dicho antes, y no sólo l avivienda).

No le veo sentido poner parte de la propiedad a nombre de su madre, si lo que pretende es tenerla protegida y que nadie pueda echarla de la vivienda mientras viva, lo que debe hacer es establecer un usufructo, pero yo lo haría en testamento, y no al momento de comprar la vivienda, ya que si fallece su madre antes que usted, tendrá que tributar por la recuperación del uso de la vivienda.
10/11/2017 11:50
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Gracias por su tiempo en contestar la duda. Saludos.
10/11/2017 12:34
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Nunca es buena idea poner un bien a nombre de otro o junto a otro, salvo que haya un buen motivo para hacerlo (que realmente sea de los dos, el más importante). Esto vale para propiedades inmobiliarias, vehículos, cuentas bancarias... todo, y sea a nombres de padres, hijos menores o quien sea.
Luego todo son problemas. El asunto es: ¿por qué quieres hacerlo así? Ten en cuenta que eso equivale a un regalo, que será de todos sus herederos cuando fallezca, y hacienda puede meter las narices por ser una donación encubierta no declarada. Por mucho que te fíes de tu madre nunca es buena idea, salvo que realmente sea el caso o haya algún motivo de peso.
24/11/2017 00:55
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Tengo un piso del que poseo 78,70% y el resto en gananciales, en el vive mi ex con mi hija de 25 y minusválida. Podría exigir que me vendiera mi ex o bien que me comprase?. Porque ya llevo 12 años y no hago más que pagar pero no veo un fin. Gracias
Copropiedad de vivienda | PorticoLegal
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Copropiedad de vivienda
06/11/2017 13:24
Buenas tardes:
Estoy pensando en adquirir una vivienda y poner las escrituras a mi nombre y al de mi madre. Yo voy a comprar la vivienda íntegramente con unos ahorros que poseo. Bien, la cuestión es que tengo un hermano casado y con hijos. En caso de fallecimiento me mi madre, ¿mi hermano tendría derecho algún derecho sobre mi vivienda? Por otra parte, si me caso (en separación de bienes) y no tengo hijos y fallezco, creo recordar que el 50% de la propiedad pasaría al cónyuge vivo, ¿podría mi madre quedarse con toda la propiedad?

Gracias.
06/11/2017 18:57
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Buenas tardes,

efectivamente, si pone el 50% de la vivienda a nombre de su madre, cuando ésta fallezca su hermano tendrá derecho sobre la herencia de la madre fallecida. Dentro de la herencia se incluyen todos los bienes y deudas del fallecido, y en este caso se incluiría el 50% sobre la vivienda que ahora se va a adquirir. Participará en la herencia y adquirirá la parte de la vivienda que le toque en función de si existe testamento o si no lo hay.

Respecto a si usted se casa y fallece antes que su cónyuge y sobrevive su madre, con independencia del régimen económico en el que se haya casado, su cónyuge efectivamente tiene derecho sobre la herencia. En caso de no tener hijos, adquiere el viudo el 50% de la herencia (que incluye TODOS los bienes del fallecido, como ya le he dicho antes, y no sólo l avivienda).

No le veo sentido poner parte de la propiedad a nombre de su madre, si lo que pretende es tenerla protegida y que nadie pueda echarla de la vivienda mientras viva, lo que debe hacer es establecer un usufructo, pero yo lo haría en testamento, y no al momento de comprar la vivienda, ya que si fallece su madre antes que usted, tendrá que tributar por la recuperación del uso de la vivienda.
10/11/2017 11:50
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Gracias por su tiempo en contestar la duda. Saludos.
10/11/2017 12:34
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Nunca es buena idea poner un bien a nombre de otro o junto a otro, salvo que haya un buen motivo para hacerlo (que realmente sea de los dos, el más importante). Esto vale para propiedades inmobiliarias, vehículos, cuentas bancarias... todo, y sea a nombres de padres, hijos menores o quien sea.
Luego todo son problemas. El asunto es: ¿por qué quieres hacerlo así? Ten en cuenta que eso equivale a un regalo, que será de todos sus herederos cuando fallezca, y hacienda puede meter las narices por ser una donación encubierta no declarada. Por mucho que te fíes de tu madre nunca es buena idea, salvo que realmente sea el caso o haya algún motivo de peso.
24/11/2017 00:55
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Tengo un piso del que poseo 78,70% y el resto en gananciales, en el vive mi ex con mi hija de 25 y minusválida. Podría exigir que me vendiera mi ex o bien que me comprase?. Porque ya llevo 12 años y no hago más que pagar pero no veo un fin. Gracias