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Corregir carta de despido objetivo por causas económicas

2 Comentarios
 
Corregir carta de despido objetivo por causas económicas
24/07/2020 11:45
Buenos días

Me despidieron el pasado día 15 de Julio alegando causas económicas, técnicas y organizativas. Me dieron el finiquito y una indemnización de 20 días/año/ maxímo 12 mensualidades. Llevaba en la empresa 30 años. Me hicieron una transferencia con el finiquito y la indemnización que me llegó a mi cuenta al día siguiente. Creo que hasta aquí todo correcto.
Al revisar la carta de despido he visto que la suma de las cifras que ponen para alegar las perdidas de la empresa no da las perdidas que han reflejado sino que, con esas cifras, la empresa da beneficio
El día 17 de Julio presenta la papeleta de conciliación en el SMAC.
Mi pregunta es:
¿ante el error en la carta, pueden declarar el despido improcedente?
Si la empresa se entera del error ¿puede anular el despido, volver a reincorporarme a la empresa y volverme a despedir subsanado el error?
¿puedo utilizar ese error en la carta para intentar conseguir una mejora en la indemnización que me han dado?

Gracias de antemano

Saludos
26/07/2020 11:47
JFJ
Hola. Imagino que si has presentado una papeleta de conciliación es porque quieres cobrar más indemnización. Si hay errores te pueden ayudar a conseguir el despido improcedente.
Si la empresa te ofreciese la readmisión en el acto de conciliación, no estás obligado en ese momento a reincorporarte inmediatamente en la empresa . Puedes esperar al día de juicio. Eses día si la empresa ofreciese la readmisión no podrías rechazarla pues constituiría una baja voluntaria.
Otra cuestión importante a tener en cuenta es la posible futura jubilación, dependiendo de tu edad.
En efecto si tuvieras por ejemplo 58-60 años de edad, no está muy claro que te interesase el despido improcedente pues si fuese así no te podrías jubilar hasta los 63 años.
En cambio si el despido es objetivo y en la conciliación o en el juzgado ambas partes reconocen que el despido es objetivo y que la empresa ofrece una mejora de la indemnización, te podrías jubilar a partir de los 61 años de cotización siempre y cuando tuvieras más de 33 años de cotización y 6 últimos meses de inscripción ininterrumpida en el paro.
Saludos
27/07/2020 08:10
Expertolaboral
Muchas gracias!!!! Voy a analizar los datos de la carta de despido y a tener en cuenta sus consideraciones.
Corregir carta de despido objetivo por causas económicas | PorticoLegal
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Corregir carta de despido objetivo por causas económicas

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Corregir carta de despido objetivo por causas económicas
24/07/2020 11:45
Buenos días

Me despidieron el pasado día 15 de Julio alegando causas económicas, técnicas y organizativas. Me dieron el finiquito y una indemnización de 20 días/año/ maxímo 12 mensualidades. Llevaba en la empresa 30 años. Me hicieron una transferencia con el finiquito y la indemnización que me llegó a mi cuenta al día siguiente. Creo que hasta aquí todo correcto.
Al revisar la carta de despido he visto que la suma de las cifras que ponen para alegar las perdidas de la empresa no da las perdidas que han reflejado sino que, con esas cifras, la empresa da beneficio
El día 17 de Julio presenta la papeleta de conciliación en el SMAC.
Mi pregunta es:
¿ante el error en la carta, pueden declarar el despido improcedente?
Si la empresa se entera del error ¿puede anular el despido, volver a reincorporarme a la empresa y volverme a despedir subsanado el error?
¿puedo utilizar ese error en la carta para intentar conseguir una mejora en la indemnización que me han dado?

Gracias de antemano

Saludos
26/07/2020 11:47
JFJ
Hola. Imagino que si has presentado una papeleta de conciliación es porque quieres cobrar más indemnización. Si hay errores te pueden ayudar a conseguir el despido improcedente.
Si la empresa te ofreciese la readmisión en el acto de conciliación, no estás obligado en ese momento a reincorporarte inmediatamente en la empresa . Puedes esperar al día de juicio. Eses día si la empresa ofreciese la readmisión no podrías rechazarla pues constituiría una baja voluntaria.
Otra cuestión importante a tener en cuenta es la posible futura jubilación, dependiendo de tu edad.
En efecto si tuvieras por ejemplo 58-60 años de edad, no está muy claro que te interesase el despido improcedente pues si fuese así no te podrías jubilar hasta los 63 años.
En cambio si el despido es objetivo y en la conciliación o en el juzgado ambas partes reconocen que el despido es objetivo y que la empresa ofrece una mejora de la indemnización, te podrías jubilar a partir de los 61 años de cotización siempre y cuando tuvieras más de 33 años de cotización y 6 últimos meses de inscripción ininterrumpida en el paro.
Saludos
27/07/2020 08:10
Expertolaboral
Muchas gracias!!!! Voy a analizar los datos de la carta de despido y a tener en cuenta sus consideraciones.