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Corte suministros

4 Comentarios
 
01/03/2009 20:15
lo normal es que el inquilino ponga los suministros a su nombre, es muy antiguo eso de que el propietario tenga que pasar los recibos de luz y agua.
27/02/2009 10:50
Yo entiendo que esa cláusula tiene difícil aplicación, puesto que ni siquiera tendría cabida legal alguna. La solución más fácil en este momento es acudir al correspondiente procedimiento judicial de desahucio donde reclamar tanto las rentas como los gastos que se deben, incluyendo todas aquellas rentas y gastos que vayan devengándose a lo largo de la tramitación del procedimiento. Cortar los suministros nos lleva directamente a un supuesto de coacciones
27/02/2009 10:04
Coincido con goldensky en cuanto a la aplicación práctica de dicha cláusula.
En nuestro depsacho solemos incluir una similar en los contratos, pero con un fin principalmente disuasorio para que los arrendatarios contraten los servicios a su nombre.
Pero en caso de impago dudo sobre la legalidad de cortar el suministro, porque el arrendador está obligado a entregar la vivienda con alta en los mismos.
Si deja de pagarlos al final se los cortarán, pero tampoco soluciona el problema pues para poder dar de alta los mismos más adelante, la Cía. le va a exgir el pago de lo que se debe.
26/02/2009 19:05
Ese es el inconveniente de tener inquilinos morosos, mientras no paguen ellos tiene que ir adelantando los recibos el propietario si no quiere tener problemas. Esa cláusula es difícilmente aplicable, por mucho que la hayan firmado todos, ya que más de un propietario ha cortado los suministros y ha acabado denunciado y condenado por coacciones. Conviene estudiar mejor el contrato en su conjunto para ver las opciones reales que existen en su caso, contácteme en: abogadoesp@gmail.com
Corte suministros
26/02/2009 12:08
Tenemos un piso alquilado desde Octubre del 2008. Actualmente nos deben entre rentas y suministros 3300€. En nuestro contrato de alquiler, el cual hemos firmado todos, figura una clausula que dice así: "La parte arrendatária expressamente faculta y autoriza a la propiedad que en caso de impago de cualquier recibo, sea de renta o suministros, esta última podrá dar de baja los suministros anteriormente mencionados. En este sentido, la parte arrendatária se responsabiliza, de su cuenta i carrego, una vez satisfechos los pagos pendientes, de volverlos a contractar con las respectivas compañias suministradoras." Me puedo acoger a ella y cortar los suministros, ya que a mi las compañias me quieren incluir en el RAI sin tener la culpa.
Corte suministros | PorticoLegal
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01/03/2009 20:15
lo normal es que el inquilino ponga los suministros a su nombre, es muy antiguo eso de que el propietario tenga que pasar los recibos de luz y agua.
27/02/2009 10:50
Yo entiendo que esa cláusula tiene difícil aplicación, puesto que ni siquiera tendría cabida legal alguna. La solución más fácil en este momento es acudir al correspondiente procedimiento judicial de desahucio donde reclamar tanto las rentas como los gastos que se deben, incluyendo todas aquellas rentas y gastos que vayan devengándose a lo largo de la tramitación del procedimiento. Cortar los suministros nos lleva directamente a un supuesto de coacciones
27/02/2009 10:04
Coincido con goldensky en cuanto a la aplicación práctica de dicha cláusula.
En nuestro depsacho solemos incluir una similar en los contratos, pero con un fin principalmente disuasorio para que los arrendatarios contraten los servicios a su nombre.
Pero en caso de impago dudo sobre la legalidad de cortar el suministro, porque el arrendador está obligado a entregar la vivienda con alta en los mismos.
Si deja de pagarlos al final se los cortarán, pero tampoco soluciona el problema pues para poder dar de alta los mismos más adelante, la Cía. le va a exgir el pago de lo que se debe.
26/02/2009 19:05
Ese es el inconveniente de tener inquilinos morosos, mientras no paguen ellos tiene que ir adelantando los recibos el propietario si no quiere tener problemas. Esa cláusula es difícilmente aplicable, por mucho que la hayan firmado todos, ya que más de un propietario ha cortado los suministros y ha acabado denunciado y condenado por coacciones. Conviene estudiar mejor el contrato en su conjunto para ver las opciones reales que existen en su caso, contácteme en: abogadoesp@gmail.com
Corte suministros
26/02/2009 12:08
Tenemos un piso alquilado desde Octubre del 2008. Actualmente nos deben entre rentas y suministros 3300€. En nuestro contrato de alquiler, el cual hemos firmado todos, figura una clausula que dice así: "La parte arrendatária expressamente faculta y autoriza a la propiedad que en caso de impago de cualquier recibo, sea de renta o suministros, esta última podrá dar de baja los suministros anteriormente mencionados. En este sentido, la parte arrendatária se responsabiliza, de su cuenta i carrego, una vez satisfechos los pagos pendientes, de volverlos a contractar con las respectivas compañias suministradoras." Me puedo acoger a ella y cortar los suministros, ya que a mi las compañias me quieren incluir en el RAI sin tener la culpa.