Buenos días,me comenta mi abogada de oficio que voy a cobrar la cantidad que se reclamaba ,pero que los intereses y las costas eso se los queda ella.Eso es asi? debe quedarse la abogada de oficio con ese dinero? ni siquiera sé de cuanta cantidad es? mi deuda es de sólo 230€.Un saludo
En principio no solo te deberia pasar su minuta en el caso de que el juez no haya condenado en costas al demandado. en este caso por lo que comentas el demandado a sido condenado a pagar intereses y costas por lo cual no deberia pedirte que la pagues nada, tu abogado de oficio cobrara el estado siempre y cuando se te haya reconocido el beneficio de la justicia gratuita.
Si se me reconoció justicia gratuita,no sabía que al demandado se le reclamó intereses ni costas hasta que ella me dijo,que ese dinero que era para ella.Si es así no me importa ya que ellos hacen su trabajo,pero como pensaba que le pagaba el estado me ha sorprendido la rotundidad con lo que me lo dijo sin más explicaciones.Muchas gracias ,un saludo.
Los intereses no veo por qué, pero las costas obviamente sí, si los gastos hubieran sido la asistencia letrada. Si hubiera otros gastos que hubieras asumido tú incluidos en las costas (notificaciones, tasas...) se te deberían reembolsar a ti. Pero la parte que pueda corresponder a la asistencia letrada lógicamente será para el que la presta, si hay condena en costas, no para ti salvo que la hubieras abonado (que teniendo justicia gratuita no es el caso).
gracias por responder,sí eso pienso yo que las costas es algo que deben cobrar por su trabajo,lo de los intereses lo hablaré con ella,por que eso ya no me cuadra tanto.