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Costas con abogado de oficio

16 Comentarios
 
Costas con abogado de oficio
08/10/2015 15:29
Buenas tardes,

Me concedieron abogado de oficio para un contencioso administrativo contra un organismo público estatal. El contencioso se resolvió favorable a mí con condena a costas para dicho organismo.
Me han ingresado a mí dichas costas y mi abogado dice que se las tengo que dar a él en concepto de honorarios. El ingreso de las costas van dirigidas a mí como beneficiario y en el concepto pone: abono transferencia no cobrada por el beneficiario, ósea yo.
Al tratarse de un abogado de oficio yo no debería de tener que pagarle no? Les paga el estado.
Yo lo que quiero saber es si las costas me pertenecen a mí o no. En el caso de que no sea así, no es lógico que me las hayan ingresado a mí. Deberían haberlas ingresado en juzgado y éste transferirlas a quien le pertenezca.

Gracias
09/10/2015 11:45
Las costas tienen por objeto resarcir a la persona que, siendo vencedora en juicio, ha tenido gastos de abogado, procurador, peritos...

No es su caso, ya que actuaba con la asistencia juridica gratuita. Si Vd. retiene las costas estaríamos ante un enriquecimiento injusto.

El trámite legal es que su abogado y procurador devuelvan lo cobrado por el estado y vd. les entregue las costas (previa factura).

El Juzgado no va a ingresar las costas directamente a los profesionales, puesto que no sabe si han devuelto o no lo cobrado por el estado y tampoco si se ha girado la correspondiente factura.
09/10/2015 12:43
querido lucky, eso no es enriquecimiento injusto faltaria mas, sino que el beneficiario de la justicia gratuita ha venido a mejor fortuna, por lo que la comision de JG ya le reclamara.
09/10/2015 13:52
Me imagino que el organismo publico condenado en costas no tendra ni idea de si tu pagaste un abogado o tenias derecho a justicia gratuita (que, dicho sea de paso, no es exactamente lo mismo que el turno de oficio). Al aparecer tu como demandante, por eso te habran hecho a ti el ingreso. Pero no por ello puedes quedarte el dinero de las costas, no te corresponde pues como ya te han dicho, no has hecho ningun desembolso economico previo que lo justifique
09/10/2015 15:39
Sarapiki, estamos hablando de un acto judicial, el juez conoce perfectamente que el abogado es del turno de oficio, sera la comision de jg la que reclame las costas al demandante,
09/10/2015 19:59
No creo que sea más correcto hablar de "venir a mejor fortuna" que de "enriquecimiento injusto".

El venir a mejor fortuna sería el caso contrario. Beneficiario de justicia gratuita que pierde en costas. Se le reclamará si viene a mejor fortuna (art. 36.2 de la Ley1/96).

Este es el caso de quien ha obtenido un beneficio económico y x tanto deberá abonar los gastos de su defensa.

Hablo de enriquecimiento injusto, porque es el único fundamento que tendría su propio abogado para reclamarle sus honorarios, pues o mucho me estoy equivocando o no cabe jura de cuentas.

El resultado es el mismo, cuestión de terminología nada más.

Y si, el organismo público condenado sabe perfectamente que tenía derecho a justicia gratuita, pero el pago de las costas se hace siempre a la parte, no a los profesionales designados(con independencia de que el mandamiento de pago se pueda expedir al procurador).
13/10/2015 09:01
Conoceras este caso especificamente, Lucky_Boy, porque el organismo publico no tiene por que saber si el demandante lleva abogado privado o no, y, si a esos vamos, incluso le importa tres pepinos.
Una vez condenado en costas, ingresa las costas bien en la cuenta del juzgado, bien en la cuenta del demandante si asi se lo indica el juzgado
13/10/2015 17:08
El organismo público sabe que actúa con abogado de oficio porque es parte en el procedimiento judicial y verá el encabezado del recurso contencioso con la representación del turno.

Lo de que le importa tres pepinos, te doy completamente la razón. A la administración le da igual, las costas son SIEMPRE del cliente, tenga o no justicia gratuita. Otra cosa será que tenga que devolverlas, pero es otro procedimiento administrativo aparte.
14/10/2015 08:23
Yo creo que no, Lucky_Boy.
Al organismo publico lo representa y defiende el abogado del Estado. La mayoria de las veces, ni siquiera ve el recurso contencioso administrativo que haya presentado el interesado. El juzgado le requiere el expediente y no necesariamente le envia copia del recurso, que lo recibe directamente la Abogacia del Estado.

Eso si, una vez condenado en costas, quien paga las costas no es la Abogacia del Estado, por supuesto, sino el organismo en cuestion que sigue "in albis" de lo que se haya cocido en el contencioso. Ni siquiera puede impugnar las costas, eso tiene que hacerlo el abogado del Estado
15/10/2015 15:23
Gracias por vuestras respuestas pero entonces, ese dinero me pertenece a mí o no?
Mi abogado recuerdo que hace tiempo me dijo, recibirás las costas y cuando las recibas me las transfieres que me las quedaré yo porque en turno de oficio pagan muy poco. Pero a mí no me ha resuelto el caso, yo he ganado pero no he visto ni un duro de lo que me tienen que pagar. Pregunté en el juzgado y me dijeron que mi abogado había dado mi caso por resuelto y se pensaban que me habían pagado. Para mí no está resuelto porque no he cobrado, lo que no se si para que pagaran las costas era imprescindible dar el caso por resuelto y lo hizo porque pensaba que se las quedaría él.
Me podéis aclarar ésto?
15/10/2015 17:15
Las costas no te pertenecen.

No obstante, si a pesar de resultar vencedora en juicio no has obtenido resultado, puede ser que tu abogado tenga que presentar la ejecución de la sentencia. Dependerá de la materia de que se trate.
16/10/2015 02:35
Pero a él tampoco le pertenecen no?

Deben pertenecer al estado o a quien haya pagado las costas de mi juicio. Yo no las he pagado, pero mi abogado de oficio ya ha cobrado. Pues para quien le haya pagado a él.
Pero en mi caso, él se las quiere quedar.
No quiero transferírselas a él porque no ha conseguido que me paguen. Si no me pertenecen y no se lo quiero dar a él, a quién debería dárselo? Al juzgado? Al colegio de abogados?
16/10/2015 08:12
luna_1943, en primer lugar, esas costas no te corresponden, te estas quedando con algo qu eno es toyo.

En segundo lugar, los abogados de oficio, cobran un minimo por defender a las personas sin recursos, porque asi esta establecido en nuestro pais, que todo el mundo tiene derecho a ser defendido.
Pero ese minimo, ni de lejos se acerca a la minuta de un abogado. Con lo cual, cuando hay alguien que tiene ingresos suficientes para pagar esa minuta, ellos cobran. En este caso, tu no los tenias, pero el Organismo Publico demandado por ti, si, por tanto, al condenarle en costas, se tasa el trabajo realizado por el abogado, y se le paga.
A ver si lo ves con un ejemplo. Me acusan falsamente de estafa, acudo a un abogado, me dice que me cobra 1000 euros por defenderme, yo no los tengo, me asignan uno de oficio. Posteriormente se demuestra que quien me denuncio mentia, y le condenan en costas. Esa persona, que me acuso falsamente, tiene que pagar a mi abogado los 1000 euros que cobra de honorarios si no hubiera tenido que asistirme por el turno de oficio.

No es que sea exactamente asi, pero para que lo entiendas, mas o menos.
Tu mismo/a, pero te vas a meter en un lio, porque lo que esta meridianamente claro es que te estas quedando con algo que no es tuyo
16/10/2015 11:36
Sin entrar en detalles, una cosa es ganar un pleito y otra muy distinta que el cliente cobre lo que estipule la condena. La costas son del abogado porque ha ganado el juicio y se ha producido una condena en costas. Que tú cobres o no es un tema completamente diferente. Y sí, te puedes meter en un lio.
18/10/2015 00:20
sarapiki, entiendo el ejemplo que me has puesto.
Si en ese ejemplo ponemos que yo soy la que pago 1000€ a mi abogado y luego condenan en costas al que me acusó falsamente, a mí me dan 1000€ para que recupere lo que gasté en el abogado. Osea las costas con para el que paga al abogado.
En este caso, mi abogado de oficio ya ha cobrado porque alguien le ha pagado. Así que las costas deben ser para quien pagó a mi abogado, que no fui yo, no para que él cobre por duplicado.
Es así?
19/10/2015 08:01
No, luna_1943, no es como tu lo expones. Tu abogado no ha cobrado de nadie, tu abogado ha recibido una pequeña compensacion por llevar tu caso, pero no ha cobrado, para nada.

Ahora bien, te lo hemos dicho por activa y por pasiva y tu sigues en tus trece... haz lo que quieras, a mi tampoco me paga nadie por escribir en este foro. Y no hay peor ciego que el que no quiere ver. A ver si tu abogado te demanda por no entregarle el dinero de las costas, y busca a ver quien te defiende...
27/10/2017 14:23
luna_1943
Yo estuve trabajando en un gimnasio limpiadora con lo cual pedí un abogado de oficio y me han desestimado el juicio me gustaría saber si yo tengo que pagar algún tipo de tasas o algo porque me ha llegado hoy día 27 de octubre la sentencia y el juicio lo tuve en junio del 2016 y por lo que entiendo que tengo que pagar 300 € no entiendo si yo te digo un abogado de oficio y tengo asistencia gratuita por favor alguien me puede ayudar
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Costas con abogado de oficio
08/10/2015 15:29
Buenas tardes,

Me concedieron abogado de oficio para un contencioso administrativo contra un organismo público estatal. El contencioso se resolvió favorable a mí con condena a costas para dicho organismo.
Me han ingresado a mí dichas costas y mi abogado dice que se las tengo que dar a él en concepto de honorarios. El ingreso de las costas van dirigidas a mí como beneficiario y en el concepto pone: abono transferencia no cobrada por el beneficiario, ósea yo.
Al tratarse de un abogado de oficio yo no debería de tener que pagarle no? Les paga el estado.
Yo lo que quiero saber es si las costas me pertenecen a mí o no. En el caso de que no sea así, no es lógico que me las hayan ingresado a mí. Deberían haberlas ingresado en juzgado y éste transferirlas a quien le pertenezca.

Gracias
09/10/2015 11:45
Las costas tienen por objeto resarcir a la persona que, siendo vencedora en juicio, ha tenido gastos de abogado, procurador, peritos...

No es su caso, ya que actuaba con la asistencia juridica gratuita. Si Vd. retiene las costas estaríamos ante un enriquecimiento injusto.

El trámite legal es que su abogado y procurador devuelvan lo cobrado por el estado y vd. les entregue las costas (previa factura).

El Juzgado no va a ingresar las costas directamente a los profesionales, puesto que no sabe si han devuelto o no lo cobrado por el estado y tampoco si se ha girado la correspondiente factura.
09/10/2015 12:43
querido lucky, eso no es enriquecimiento injusto faltaria mas, sino que el beneficiario de la justicia gratuita ha venido a mejor fortuna, por lo que la comision de JG ya le reclamara.
09/10/2015 13:52
Me imagino que el organismo publico condenado en costas no tendra ni idea de si tu pagaste un abogado o tenias derecho a justicia gratuita (que, dicho sea de paso, no es exactamente lo mismo que el turno de oficio). Al aparecer tu como demandante, por eso te habran hecho a ti el ingreso. Pero no por ello puedes quedarte el dinero de las costas, no te corresponde pues como ya te han dicho, no has hecho ningun desembolso economico previo que lo justifique
09/10/2015 15:39
Sarapiki, estamos hablando de un acto judicial, el juez conoce perfectamente que el abogado es del turno de oficio, sera la comision de jg la que reclame las costas al demandante,
09/10/2015 19:59
No creo que sea más correcto hablar de "venir a mejor fortuna" que de "enriquecimiento injusto".

El venir a mejor fortuna sería el caso contrario. Beneficiario de justicia gratuita que pierde en costas. Se le reclamará si viene a mejor fortuna (art. 36.2 de la Ley1/96).

Este es el caso de quien ha obtenido un beneficio económico y x tanto deberá abonar los gastos de su defensa.

Hablo de enriquecimiento injusto, porque es el único fundamento que tendría su propio abogado para reclamarle sus honorarios, pues o mucho me estoy equivocando o no cabe jura de cuentas.

El resultado es el mismo, cuestión de terminología nada más.

Y si, el organismo público condenado sabe perfectamente que tenía derecho a justicia gratuita, pero el pago de las costas se hace siempre a la parte, no a los profesionales designados(con independencia de que el mandamiento de pago se pueda expedir al procurador).
13/10/2015 09:01
Conoceras este caso especificamente, Lucky_Boy, porque el organismo publico no tiene por que saber si el demandante lleva abogado privado o no, y, si a esos vamos, incluso le importa tres pepinos.
Una vez condenado en costas, ingresa las costas bien en la cuenta del juzgado, bien en la cuenta del demandante si asi se lo indica el juzgado
13/10/2015 17:08
El organismo público sabe que actúa con abogado de oficio porque es parte en el procedimiento judicial y verá el encabezado del recurso contencioso con la representación del turno.

Lo de que le importa tres pepinos, te doy completamente la razón. A la administración le da igual, las costas son SIEMPRE del cliente, tenga o no justicia gratuita. Otra cosa será que tenga que devolverlas, pero es otro procedimiento administrativo aparte.
14/10/2015 08:23
Yo creo que no, Lucky_Boy.
Al organismo publico lo representa y defiende el abogado del Estado. La mayoria de las veces, ni siquiera ve el recurso contencioso administrativo que haya presentado el interesado. El juzgado le requiere el expediente y no necesariamente le envia copia del recurso, que lo recibe directamente la Abogacia del Estado.

Eso si, una vez condenado en costas, quien paga las costas no es la Abogacia del Estado, por supuesto, sino el organismo en cuestion que sigue "in albis" de lo que se haya cocido en el contencioso. Ni siquiera puede impugnar las costas, eso tiene que hacerlo el abogado del Estado
15/10/2015 15:23
Gracias por vuestras respuestas pero entonces, ese dinero me pertenece a mí o no?
Mi abogado recuerdo que hace tiempo me dijo, recibirás las costas y cuando las recibas me las transfieres que me las quedaré yo porque en turno de oficio pagan muy poco. Pero a mí no me ha resuelto el caso, yo he ganado pero no he visto ni un duro de lo que me tienen que pagar. Pregunté en el juzgado y me dijeron que mi abogado había dado mi caso por resuelto y se pensaban que me habían pagado. Para mí no está resuelto porque no he cobrado, lo que no se si para que pagaran las costas era imprescindible dar el caso por resuelto y lo hizo porque pensaba que se las quedaría él.
Me podéis aclarar ésto?
15/10/2015 17:15
Las costas no te pertenecen.

No obstante, si a pesar de resultar vencedora en juicio no has obtenido resultado, puede ser que tu abogado tenga que presentar la ejecución de la sentencia. Dependerá de la materia de que se trate.
16/10/2015 02:35
Pero a él tampoco le pertenecen no?

Deben pertenecer al estado o a quien haya pagado las costas de mi juicio. Yo no las he pagado, pero mi abogado de oficio ya ha cobrado. Pues para quien le haya pagado a él.
Pero en mi caso, él se las quiere quedar.
No quiero transferírselas a él porque no ha conseguido que me paguen. Si no me pertenecen y no se lo quiero dar a él, a quién debería dárselo? Al juzgado? Al colegio de abogados?
16/10/2015 08:12
luna_1943, en primer lugar, esas costas no te corresponden, te estas quedando con algo qu eno es toyo.

En segundo lugar, los abogados de oficio, cobran un minimo por defender a las personas sin recursos, porque asi esta establecido en nuestro pais, que todo el mundo tiene derecho a ser defendido.
Pero ese minimo, ni de lejos se acerca a la minuta de un abogado. Con lo cual, cuando hay alguien que tiene ingresos suficientes para pagar esa minuta, ellos cobran. En este caso, tu no los tenias, pero el Organismo Publico demandado por ti, si, por tanto, al condenarle en costas, se tasa el trabajo realizado por el abogado, y se le paga.
A ver si lo ves con un ejemplo. Me acusan falsamente de estafa, acudo a un abogado, me dice que me cobra 1000 euros por defenderme, yo no los tengo, me asignan uno de oficio. Posteriormente se demuestra que quien me denuncio mentia, y le condenan en costas. Esa persona, que me acuso falsamente, tiene que pagar a mi abogado los 1000 euros que cobra de honorarios si no hubiera tenido que asistirme por el turno de oficio.

No es que sea exactamente asi, pero para que lo entiendas, mas o menos.
Tu mismo/a, pero te vas a meter en un lio, porque lo que esta meridianamente claro es que te estas quedando con algo que no es tuyo
16/10/2015 11:36
Sin entrar en detalles, una cosa es ganar un pleito y otra muy distinta que el cliente cobre lo que estipule la condena. La costas son del abogado porque ha ganado el juicio y se ha producido una condena en costas. Que tú cobres o no es un tema completamente diferente. Y sí, te puedes meter en un lio.
18/10/2015 00:20
sarapiki, entiendo el ejemplo que me has puesto.
Si en ese ejemplo ponemos que yo soy la que pago 1000€ a mi abogado y luego condenan en costas al que me acusó falsamente, a mí me dan 1000€ para que recupere lo que gasté en el abogado. Osea las costas con para el que paga al abogado.
En este caso, mi abogado de oficio ya ha cobrado porque alguien le ha pagado. Así que las costas deben ser para quien pagó a mi abogado, que no fui yo, no para que él cobre por duplicado.
Es así?
19/10/2015 08:01
No, luna_1943, no es como tu lo expones. Tu abogado no ha cobrado de nadie, tu abogado ha recibido una pequeña compensacion por llevar tu caso, pero no ha cobrado, para nada.

Ahora bien, te lo hemos dicho por activa y por pasiva y tu sigues en tus trece... haz lo que quieras, a mi tampoco me paga nadie por escribir en este foro. Y no hay peor ciego que el que no quiere ver. A ver si tu abogado te demanda por no entregarle el dinero de las costas, y busca a ver quien te defiende...
27/10/2017 14:23
luna_1943
Yo estuve trabajando en un gimnasio limpiadora con lo cual pedí un abogado de oficio y me han desestimado el juicio me gustaría saber si yo tengo que pagar algún tipo de tasas o algo porque me ha llegado hoy día 27 de octubre la sentencia y el juicio lo tuve en junio del 2016 y por lo que entiendo que tengo que pagar 300 € no entiendo si yo te digo un abogado de oficio y tengo asistencia gratuita por favor alguien me puede ayudar