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Costas en desahucio enervado

6 Comentarios
 
Costas en desahucio enervado
08/11/2006 20:16
Hola, el caso que os planteo es: Un arrendatario es demandado por tener pendientes de pago 2.400 Euros. Dias antes de recibir la demanda paga 1.500, quedando 900 pendientes. La sentencia le condena a consignar los 900 (que ingresan sin oposición) y a pagar las costas. ¿Las costas del letrado del demandante se deberian calcular sobre los 2.400 o sobre los 900? Gracias
09/11/2006 08:46
Las costas se calculan sobre la cuantía de la demanda. Por lo tanto, sobre 2.400.
09/11/2006 10:29
Gracias Data. Eso pienso yo, pero el artículo 71-B de la Norma de Honorarios dice: "En los procesos de desahucio de finca urbana por falta de pago en los que el arrendatario haga Consignación de las rentas o cantidades debidas, enervando el desahucio sin oposición, se tomará como base la cantidad consignada aplicando el 50% de la Escala." y me hace dudar.
09/11/2006 10:48
Pues házle caso a tus criterios. Los de mi IICA son diferentres.
09/11/2006 12:25
Consulta con la comision de honorarios de tu colegio de abogados.
09/11/2006 14:05
Y si dias antes de recibir la demanda, hubiera abonado los 2.400 €, ¿no pagaria nada?. Entonces, ¿el demandante tendria que correr con todas sus costas?.
09/11/2006 18:12
Hola H-25. En principio, aunque hubiese abonado las rentas vencidas y no satisfechas antes de recibir la demanda, sí sería condenado en costas. Al menos esa es la vertiente de la Jurisprudencia que he encontrado sobre el tema.

Un saludo.
Costas en desahucio enervado | PorticoLegal
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Costas en desahucio enervado
08/11/2006 20:16
Hola, el caso que os planteo es: Un arrendatario es demandado por tener pendientes de pago 2.400 Euros. Dias antes de recibir la demanda paga 1.500, quedando 900 pendientes. La sentencia le condena a consignar los 900 (que ingresan sin oposición) y a pagar las costas. ¿Las costas del letrado del demandante se deberian calcular sobre los 2.400 o sobre los 900? Gracias
09/11/2006 08:46
Las costas se calculan sobre la cuantía de la demanda. Por lo tanto, sobre 2.400.
09/11/2006 10:29
Gracias Data. Eso pienso yo, pero el artículo 71-B de la Norma de Honorarios dice: "En los procesos de desahucio de finca urbana por falta de pago en los que el arrendatario haga Consignación de las rentas o cantidades debidas, enervando el desahucio sin oposición, se tomará como base la cantidad consignada aplicando el 50% de la Escala." y me hace dudar.
09/11/2006 10:48
Pues házle caso a tus criterios. Los de mi IICA son diferentres.
09/11/2006 12:25
Consulta con la comision de honorarios de tu colegio de abogados.
09/11/2006 14:05
Y si dias antes de recibir la demanda, hubiera abonado los 2.400 €, ¿no pagaria nada?. Entonces, ¿el demandante tendria que correr con todas sus costas?.
09/11/2006 18:12
Hola H-25. En principio, aunque hubiese abonado las rentas vencidas y no satisfechas antes de recibir la demanda, sí sería condenado en costas. Al menos esa es la vertiente de la Jurisprudencia que he encontrado sobre el tema.

Un saludo.