Esto es lo que te encuentro respecto a las costas de la declinatoria de todas formas si alguien puede abundar en el tema, mejor que mejor.
Tampoco se incluirán las costas de actuaciones o incidentes en que hubiese sido condenada expresamente la parte favorecida por el pronunciamiento sobre costas en el asunto principal (arts. 242 y 243 de la L.E.C. de 2000).
La suspensión del procedimiento principal producida por la alegación previa de declinatoria no obstará a que el tribunal ante el que penda el asunto pueda practicar, a instancia de parte legítima, cualesquiera actuaciones de aseguramiento de prueba, así como las medidas cautelares de cuya dilación pudieran seguirse perjuicios irreparables para el actor, salvo que el demandado prestase caución bastante para responder de los daños y perjuicios que derivaran de la tramitación de una declinatoria desprovista de fundamento.
Hola compañeros, me ha surgido una duda, y es que voy a interponer una demanda y existe muchas posibilidades de que planteen declinatoria por falta de competencia territorial, ¿Existiría Costas si se estima la declinatoria?. Gracias