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Co titular del préstamo personal y no titular de la propiedad

1 Comentarios
 
Co titular del préstamo personal y no titular de la propiedad
23/01/2018 12:44
Buenos días,

Estoy en trámites de divorcio y se me plantea lo siguiente:

En 2012, concretamente en julio, compré con mi pareja (entonces no estabamos casados) una plaza de parking y un trastero. El préstamo y la propiedad quedaron a su nombre, mientras que las cuotas se pagaban en una cuenta común. Yo estaba embarazada y viviamos juntos, posteriormente en noviembre de 2012 nos casamos.
En 2015 novamos el prestamo y pedimos uno nuevo a nombre de los dos, cancelando el anterior, y quedando domiciliado en la misma cuenta comun.
Ahora me solicita que le de la llave del trastero y quite el coche del parking ya que es una propiedad privada. Ciertamente yo no consto como propietaria, pero si que he pagado y sigo pagando la mitad de las cuotas del préstamo ya que ambos vivíamos en el domicilio.
¿Qué debo hacer?, El ha dejado de pagar el préstamo personal aunque yo si que sigo pagando mi mitad.
¿Debo de dejar libre "su propiedad"? ¿debo hacer caso omiso?.
Recalco que el ya no vive en el mismo término municipal, ya que el uso y disfrute de la vivienda lo tengo yo (aunque el parking y el trastero no son anejos a la misma, sino comprados con posterioridad?
Muchas gracias a todos.
24/01/2018 12:09
Pchiquita
Si el préstamo y sobre todo la propiedad estaban únicamente a su nombre no "comprasteis" un garaje a medias. Lo compró él, y tú has ayudado a su pago porque has querido, pero como si se tratara de un alquiler, del que también te has beneficiado, o un regalo o contraprestación por cualquier otro servicio que nadie te ha exigido.
Los bienes privativos adquiridos antes del matrimonio en gananciales y pagados a plazos permanecen privativos aun pagándose en gananciales (art.1357 del CC), con la única excepción de la vivienda habitual y su ajuar.
Si el garaje estuviera anejo a la vivienda o en el convenio en que se te reconoce el derecho de uso estuviera mencionado, tendrías el derecho de uso, pero si no es así es una propiedad independiente y privativa suya, aunque seas titular de un crédito posterior avalado además de por vosotros dos, con esa propiedad.
Vamos, que tiene razón él.
Co titular del préstamo personal y no titular de la propiedad | PorticoLegal
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Co titular del préstamo personal y no titular de la propiedad
23/01/2018 12:44
Buenos días,

Estoy en trámites de divorcio y se me plantea lo siguiente:

En 2012, concretamente en julio, compré con mi pareja (entonces no estabamos casados) una plaza de parking y un trastero. El préstamo y la propiedad quedaron a su nombre, mientras que las cuotas se pagaban en una cuenta común. Yo estaba embarazada y viviamos juntos, posteriormente en noviembre de 2012 nos casamos.
En 2015 novamos el prestamo y pedimos uno nuevo a nombre de los dos, cancelando el anterior, y quedando domiciliado en la misma cuenta comun.
Ahora me solicita que le de la llave del trastero y quite el coche del parking ya que es una propiedad privada. Ciertamente yo no consto como propietaria, pero si que he pagado y sigo pagando la mitad de las cuotas del préstamo ya que ambos vivíamos en el domicilio.
¿Qué debo hacer?, El ha dejado de pagar el préstamo personal aunque yo si que sigo pagando mi mitad.
¿Debo de dejar libre "su propiedad"? ¿debo hacer caso omiso?.
Recalco que el ya no vive en el mismo término municipal, ya que el uso y disfrute de la vivienda lo tengo yo (aunque el parking y el trastero no son anejos a la misma, sino comprados con posterioridad?
Muchas gracias a todos.
24/01/2018 12:09
Pchiquita
Si el préstamo y sobre todo la propiedad estaban únicamente a su nombre no "comprasteis" un garaje a medias. Lo compró él, y tú has ayudado a su pago porque has querido, pero como si se tratara de un alquiler, del que también te has beneficiado, o un regalo o contraprestación por cualquier otro servicio que nadie te ha exigido.
Los bienes privativos adquiridos antes del matrimonio en gananciales y pagados a plazos permanecen privativos aun pagándose en gananciales (art.1357 del CC), con la única excepción de la vivienda habitual y su ajuar.
Si el garaje estuviera anejo a la vivienda o en el convenio en que se te reconoce el derecho de uso estuviera mencionado, tendrías el derecho de uso, pero si no es así es una propiedad independiente y privativa suya, aunque seas titular de un crédito posterior avalado además de por vosotros dos, con esa propiedad.
Vamos, que tiene razón él.