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Cotizaciones seguridad social conciliación laboral

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Cotizaciones seguridad social conciliación laboral
07/11/2017 18:13
Buenas tardes compañeros, me ha surgido un problema con un procedimiento a ver si alguno puede arrojar un poco de luz sobre el tema.

Mi clienta estuvo trabajando unos meses sin estar dada de alta, posteriormente la despiden y presento demanda.

El día de la vista, se llega a un acuerdo en el que la empresa reconoce la improcedencia del despido y además la obligación de cotizar a mi clienta los 53 días que estuvo trabajando sin contrato. La empresa me envía justificante de que ya habían hecho las cotizaciones a la Seguridad Social y pensaba que estaba todo acabado.

Cual es mi sorpresa cuando la Seguridad Social nos comunica que se tienen por efectuadas las cotizaciones realizadas por la empresa según acta de conciliación judicial, pero la Seguridad Social no está obligada a meter en plazo ese periodo, a pesar de estar cotizado por haberlo hecho fuera de plazo, por lo que los 53 días no figuran en la vida laboral de mi clienta.

¿Hay alguna solución? Un saludo y buen foro.
Cotizaciones seguridad social conciliación laboral | PorticoLegal
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Cotizaciones seguridad social conciliación laboral

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Cotizaciones seguridad social conciliación laboral
07/11/2017 18:13
Buenas tardes compañeros, me ha surgido un problema con un procedimiento a ver si alguno puede arrojar un poco de luz sobre el tema.

Mi clienta estuvo trabajando unos meses sin estar dada de alta, posteriormente la despiden y presento demanda.

El día de la vista, se llega a un acuerdo en el que la empresa reconoce la improcedencia del despido y además la obligación de cotizar a mi clienta los 53 días que estuvo trabajando sin contrato. La empresa me envía justificante de que ya habían hecho las cotizaciones a la Seguridad Social y pensaba que estaba todo acabado.

Cual es mi sorpresa cuando la Seguridad Social nos comunica que se tienen por efectuadas las cotizaciones realizadas por la empresa según acta de conciliación judicial, pero la Seguridad Social no está obligada a meter en plazo ese periodo, a pesar de estar cotizado por haberlo hecho fuera de plazo, por lo que los 53 días no figuran en la vida laboral de mi clienta.

¿Hay alguna solución? Un saludo y buen foro.