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creacion de empresa

1 Comentarios
 
Creacion de empresa
11/03/2003 18:00


Pregunta: somos una empresa de carpinteria en regimen de comunidad de bienes ,ubicada en un centro urbano (aljaraque (huelva)).

Esta empresa esta formada por 4 comuneros y 3 trabajadores dados de alta en la seguridad social, de los cuatro comuneros, 3 son autonomos y 1 no es comunero trabajador.

Por una serie de problemas urbanisticos de este ayuntamiento que no vienen al caso,estamos "obligados" a cambiar de ubicacion la empresa, y nos planteamos eldesplazarnos a medio plazo a un parque empresarial de proxima apertura a muy brebe plazo.

Por lo tanto tenemos la idea de cear una nueva empresa (sl,sll,slunipersonal,cooperativa,etc..)Mirando lo que nos pueda convenir mas a la hora de percibir subvenciones y ayudas.

Necesitamos saber que empresa nos resulataria mas conveniente para recibir estas ayudas,¿se podria darde alta esta nueve empresa y no dar de baja la actual,y tenerla inactiva mientra se tramita las ayudas para la adquisicion de terrenos y construcion de la nueva nave?

¿durante cuanto tiempo podemos tener la nueva empres inactiva,mientras se construye ? ¿podemos recibir subvenciones por la creacion de puestos de trabajo en la nueva empresa,con los mismos trabajadores de la antigua?¿como?por favor indequenos que pasos son los posibles para llevar a buen fin nuestro proyecto. un saludo.

14/03/2003 09:28
Desconozco a grandes rasgos la normativa en materia de subvenciones y demas de la J. de Andalucia. Si bien, por diversos motivos parece que es muy beneficiosa la S.L.L. ya que en Andalucia tiene un tratamiento favorable. No obstante, esta duda se la pueden resolver en la Ventanilla Unica Empresarial de su provincia.
No hay ningún problema en mantener inactiva la actual sociedad, siempre y cuando se sigan cumpliendo las obligaciones fiscales (Iva, IRPF, etc..).
No tengo tan claro el ultimo punto. Ustedes dan de baja a los trabajadores de la empresa actual, para luego darlos de alta en la nueva. Quiza la Tesoreria de la Seguridad Social pueda indagar y entender que existe una sucesion de empresas, por lo que la nueva se haria cargo de los trabajadores antiguos con la antigüedad ya existente. No estoy muy puesto en temas laborales, pero se lo pueden resolver en la seccion de empresas de cualquier Tesoreria de la Seguridad Social.
Espero haberles sido de utilidad.
creacion de empresa | PorticoLegal
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Creacion de empresa
11/03/2003 18:00


Pregunta: somos una empresa de carpinteria en regimen de comunidad de bienes ,ubicada en un centro urbano (aljaraque (huelva)).

Esta empresa esta formada por 4 comuneros y 3 trabajadores dados de alta en la seguridad social, de los cuatro comuneros, 3 son autonomos y 1 no es comunero trabajador.

Por una serie de problemas urbanisticos de este ayuntamiento que no vienen al caso,estamos "obligados" a cambiar de ubicacion la empresa, y nos planteamos eldesplazarnos a medio plazo a un parque empresarial de proxima apertura a muy brebe plazo.

Por lo tanto tenemos la idea de cear una nueva empresa (sl,sll,slunipersonal,cooperativa,etc..)Mirando lo que nos pueda convenir mas a la hora de percibir subvenciones y ayudas.

Necesitamos saber que empresa nos resulataria mas conveniente para recibir estas ayudas,¿se podria darde alta esta nueve empresa y no dar de baja la actual,y tenerla inactiva mientra se tramita las ayudas para la adquisicion de terrenos y construcion de la nueva nave?

¿durante cuanto tiempo podemos tener la nueva empres inactiva,mientras se construye ? ¿podemos recibir subvenciones por la creacion de puestos de trabajo en la nueva empresa,con los mismos trabajadores de la antigua?¿como?por favor indequenos que pasos son los posibles para llevar a buen fin nuestro proyecto. un saludo.

14/03/2003 09:28
Desconozco a grandes rasgos la normativa en materia de subvenciones y demas de la J. de Andalucia. Si bien, por diversos motivos parece que es muy beneficiosa la S.L.L. ya que en Andalucia tiene un tratamiento favorable. No obstante, esta duda se la pueden resolver en la Ventanilla Unica Empresarial de su provincia.
No hay ningún problema en mantener inactiva la actual sociedad, siempre y cuando se sigan cumpliendo las obligaciones fiscales (Iva, IRPF, etc..).
No tengo tan claro el ultimo punto. Ustedes dan de baja a los trabajadores de la empresa actual, para luego darlos de alta en la nueva. Quiza la Tesoreria de la Seguridad Social pueda indagar y entender que existe una sucesion de empresas, por lo que la nueva se haria cargo de los trabajadores antiguos con la antigüedad ya existente. No estoy muy puesto en temas laborales, pero se lo pueden resolver en la seccion de empresas de cualquier Tesoreria de la Seguridad Social.
Espero haberles sido de utilidad.