Buenas , mi caso es el siguiente tengo un contrato de duración determinada por las circunstancias de la produccion, codigo 402 en mi convenio (hosteleria ) la duración maxima es de 12 meses en un periodo de 18 el día 27 de junio se cumplieron 12 meses y ya había una prorroga por el medio , ahora 2 dias despues de que me finalizara el contrato me ha comunicado por e-mail que me ha ampliado el contrato hasta diciembre. eso es superar la duración maxima del contrato ¿no? que consecuencias tiene eso? ¿puedo demandarlo para que me haga fijo?
¿Consecuencias? Que, de momento es usted una persona afortunada porque sigue usted teniendo trabajo. El día que no le renueven o le despidan, plantéese si debería ser fijo o no para demandar o no demandar. Yo, de momento, lo dejaría estar.
Buenas Mosca, hombre claro que me considero afortunado (con la que está cayendo) pero aun así considero que merezco mas y creo que han transgredido la ley , yo estaré el tiempo que me dén , sólo que me gustaría conocer mis derechos y si es legal o no , porque es un hecho que en diciembre me despedirá porque termina la suspension de la concatenación de contratos y quisiera informarme para saber a que atenerme , ruego ayuda al que sepa por favor
Si en diciembre le despiden, como es probable que se hayan pasado de la duración legal, es cuando se deben estudiar bien los contratos y las prórrogas y, si son contratos temporales en fraude de ley, denunciar por despido improcedente y que le indemnicen lo que corresponda (o le readmitan) A efectos prácticos, del día a día, da igual ser fijo que ser temporal en fraude de ley. Por eso aconsejo dejarlo estar y denunciar (si es el caso) al finalizar la relación laboral.