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Ctp 51,2%, cual es mi salario y hora extra de dependienta?

10 Comentarios
 
27/11/2017 21:59
jamgpreve
Yo tengo este horario:..
17.30 h primera semana
24 h segunda semana
41.30 total 2 semanas.

Total horas las 2 semanas 41 h , 30 minu.

Total horas mes entero 84 horas.

Siempre hago mas horas que me marca el horario comercial de tienda...y tengo q trabajar 2 semas a jornada completa de l-sab por despido de mi compañera, efectivamente supongo q sera jornada complementaria...

Ahora bien... si cotizan por mi al 51,2 % me darian como resultado 20.48 la semana!

40 h semana ___ 100%
X ___ 51,2% = 20.48 una semana
20.48
40.86 horas las dos semanas
X 2
81,72 (4 semanas, total horas mes) esto es contributivo al 51,2%...

Pero cuantas horas al mes podrian ser la jornada complemenraria? Aparte de mis horas q cotizo quiero saber, como calcularlo?
- horas complementarias mes.
- horas complementarias mes.
27/11/2017 20:38
strachatela
Su encargada le dice lo que a ella le interesa no lo que dice a ley, vera existen unas horas llamadas complementarias que se pueden superar de la jornada en un 30% y que por convenio pueden llegar a ser hasta del 60% , estas horas son al mismo precio que las horas ordinarias y hay que haberlas firmado por parte del trabajador en el cto, ademas el trabajador, en caso de haber firmado la realización de horas complementarias en el cto, puede negarse a hacerlas notificando a la empresa que ya no desea hacer mas horas complementarias de forma escrita.
Estas h. complementarias no quiere decir que puede hacer esas horas demás, estas horas se pueden realizar pero siempre que a final de año se hagan las que marca el convenio de acuerdo con su cto parcial, (ojo si son retribuidas mensualmente se comienza la cuenta de 0.

Convenio colectivo de institutos de belleza y peluquieruas
Convenio colectivo de trabajo para peluquerías, institutos de belleza y ...
iniciativafiscal.com/convenio-colectivo-de-trabajo-para-peluquerías/
Fija una jornada anual de 1750 h/año, como su jornada es de 51,2% usted tiene que hacer al año lo que nos da 896 /año para su cto (al mes teniendo en cuenta uno de vacaciones: 896/112 = 81,4545, redondeando 81,5 h/mes)

SMO
27/11/2017 19:05
OFS
Pues he preguntado a mi encargada que creo q con un contrato parcial no se pueden echar horas extras!
Y me ha contestado que sí, que hasta un tercio!!
Como podria calcular un tercio?
Es sobre el 51,2% q cotizo en la s.social.
21/11/2017 17:40
strachatela
Con lo de la hora después de salir del trabajo usted se refiere al accdte "in itinere", esto es a nivel de protección por IT, (por cierto no necesariamente tiene que ser una hora), pero esto no tiene nada que ver con un seguro por robo, para eso tendríamos que saber que condiciones tiene ese seguro contratado por la empresa. Vuelvo a insistir, esa tarea deben hacer el servicio de acudas de empresas de Seguridad y estos si tienen un seguro en caso de que a ellos si les roben.
Es cierto que al no tener antigüedad a indemnización, (al llevar un mes solamente), la indemnización seria casi inexistente.
SMO
21/11/2017 11:40
jamgpreve
Aun estoy esperando el contrato....
Pero en el caso de ponerlo en conocimiento de inspeccion y negarme hacer esas tareas no retribuidas con despido... El empresario podria alegar q su despido es por otro motivo, no?

Y en caso de que pudiera probar q no es asi... Por indemnidasd al llevar un mes trabajando no me indemnizarian nada no (por que no tengo antiguedad? Ademas de quedarme en la calle.
Una duda! Si te roban hipoteticamente... Despues de tu jornada laboral tienes una hora asegurada en caso de accidente no? Aunque la recaudacion de caudal no me la contemplen en contrato, no?
20/11/2017 15:27
strachatela
Pues que si el seguro no se hiciese cargo se lo terminaran reclamando a usted y usted no cobra por ese servicio, para ello existen unos profesionales que don los acudas fe las empresas de seguridad quienes deben hacer ese servicio y por supuesto su empresa retribuirlo.
Mire, estamos de acuerdo con que di usted exige la echan para ello la solución es reclamar todo ese tiempo que emplea de mas y notificar esas irregularidades como la de tener que ingresar usted el dinero, ante inspección de trabajo de esta forma si luego intentan echarla tendrá usted una clausula o dcho de indemnidad.
S MO
20/11/2017 10:50
strachatela
La cuestion es que nos estan grabando y nos controlan y nos han dicho q si un cliente entra al cierre se le atiende hasta q salga y hay q abrir 10 minutos antes del horario comercial....
Asi que.... sino trago con lo q nos dicen me despiden.
Lo que me indigna mas es que el horario comercial que me han impuesto sea mayor q las horas que realmente estoy cotizando en la s.social...
Estoy un poco harta porque estoy yo sola en la tienda sin encargado y todavia estoy esperando a que me den mi contrato....asi que ya contare por aqui!
Lo que si que quiero saber es que si fuera de mi horario laboral (y entiendo q en el contrato no se refleja) me roban hipoteticamente yo tengo alguna responsabilidad?? Imagino que al estar fuera de mi horario el seguro de la empresa no les reintegraran nada! Pero a mi que me puede pasar?
19/11/2017 18:55
strachatela
A groso modo ya le ha contestado perfectamente OFS, ahora bien para contestarle con mas detalle debe decirnos el convenio colectivo por el que se rige du empresa.
En éste debe aparecer si recoge algo sobre la custodia de ese dinero y sobre que la regañasen por irse antes de du jornada para realizar ese ingreso en el banco, les dice usted que hacer ese ingreso conlleva un tiempo de trabajo y que usted no tiene ninguna obligación de una vez terminada su jornada emplear parte de su tiempo para realizar esa gestión ni tampoco si no se ve retribuido, tener esa responsabilidad de custodia del dinero desde su empresa hasta el banco, ese es un servicio que tienen que hacer las empresas de seguridad asi que dígales que tienen que contratar ese servicio, que pasa si la atracan por la calle y le roban a usted ese dinero?
19/11/2017 18:35
strachatela
El salario base será el resultado de aplicar el tanto por ciento al correspondiente al trabajador a jornada completa.

Horas extras no se pueden pagar porque, simplemente, un trabajador a jornada parcial no puede hacerlas.

Si le están "obligando" a hacer más horas de las que figuran en su contrato lo que debe hacer es denunciar la situación, o no hacer esas horas extras.
18/11/2017 19:59
strachatela
Despues de cumplir con mi jornada laboral una vez a la semana tengo q ingresar efectivo a la cta de mi empresa y me conlleva media hora y a veces mas porque tengo q acudir mas veces porque el cajero no me saca el justificante o no me coje los billetes. Esa gestion me la tiene q pagar mi empresa?? Me regañaron por hacerlo dentro de mi horario laboral y no lo pagan...
La custodia de caudal y recaudacion de caudal (ingreso) tendria q cotizarlo??
Ctp 51,2%, cual es mi salario y hora extra de dependienta?
18/11/2017 19:51
Trabajo en el comercio de una perfumería franquiciada conocida!!
como dependienta pero no me facilitan mi contratato laboral.

Según la seg-social estoy dada de alta

-502:contrato eventual por circunstancias de la producción a tiempo parcial.
-Grupo de cotización 09
-C.t.p 51,2 %

El horario comercial que tengo aplicado es:
Lu- vie 10:00 a 13:30 = 17 h,30 minu (primera semana )
Lu -vie 17:00 a 20:30 y sab 10:30 a 13:30 y 17:00 a 20:30 = 24 horas ( segunda semana)

17.30 h primera semana
24 h segunda semana
41.30 total 2 semanas.

Total horas las 2 semanas 41 h , 30 minu.

Total horas mes entero 84 horas.

Siempre hago mas horas que me marca el horario comercial de tienda... sabe alguien como se paga la hora extra??

Ahora bien... si cotizan por mi al 51,2 % me darian como resultado 20.48 la semana!

40 h semana ___ 100%
X ___ 51,2% = 20.48 una semana
20.48
40.86 horas las dos semanas

Si mis horas comerciales son 41.30minutos como es q cotizo menos??

Y el grupo decotización 09 que significa??
Como puedo calcular mi salario al mes y la hora extra?
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Ctp 51,2%, cual es mi salario y hora extra de dependienta?

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27/11/2017 21:59
jamgpreve
Yo tengo este horario:..
17.30 h primera semana
24 h segunda semana
41.30 total 2 semanas.

Total horas las 2 semanas 41 h , 30 minu.

Total horas mes entero 84 horas.

Siempre hago mas horas que me marca el horario comercial de tienda...y tengo q trabajar 2 semas a jornada completa de l-sab por despido de mi compañera, efectivamente supongo q sera jornada complementaria...

Ahora bien... si cotizan por mi al 51,2 % me darian como resultado 20.48 la semana!

40 h semana ___ 100%
X ___ 51,2% = 20.48 una semana
20.48
40.86 horas las dos semanas
X 2
81,72 (4 semanas, total horas mes) esto es contributivo al 51,2%...

Pero cuantas horas al mes podrian ser la jornada complemenraria? Aparte de mis horas q cotizo quiero saber, como calcularlo?
- horas complementarias mes.
- horas complementarias mes.
27/11/2017 20:38
strachatela
Su encargada le dice lo que a ella le interesa no lo que dice a ley, vera existen unas horas llamadas complementarias que se pueden superar de la jornada en un 30% y que por convenio pueden llegar a ser hasta del 60% , estas horas son al mismo precio que las horas ordinarias y hay que haberlas firmado por parte del trabajador en el cto, ademas el trabajador, en caso de haber firmado la realización de horas complementarias en el cto, puede negarse a hacerlas notificando a la empresa que ya no desea hacer mas horas complementarias de forma escrita.
Estas h. complementarias no quiere decir que puede hacer esas horas demás, estas horas se pueden realizar pero siempre que a final de año se hagan las que marca el convenio de acuerdo con su cto parcial, (ojo si son retribuidas mensualmente se comienza la cuenta de 0.

Convenio colectivo de institutos de belleza y peluquieruas
Convenio colectivo de trabajo para peluquerías, institutos de belleza y ...
iniciativafiscal.com/convenio-colectivo-de-trabajo-para-peluquerías/
Fija una jornada anual de 1750 h/año, como su jornada es de 51,2% usted tiene que hacer al año lo que nos da 896 /año para su cto (al mes teniendo en cuenta uno de vacaciones: 896/112 = 81,4545, redondeando 81,5 h/mes)

SMO
27/11/2017 19:05
OFS
Pues he preguntado a mi encargada que creo q con un contrato parcial no se pueden echar horas extras!
Y me ha contestado que sí, que hasta un tercio!!
Como podria calcular un tercio?
Es sobre el 51,2% q cotizo en la s.social.
21/11/2017 17:40
strachatela
Con lo de la hora después de salir del trabajo usted se refiere al accdte "in itinere", esto es a nivel de protección por IT, (por cierto no necesariamente tiene que ser una hora), pero esto no tiene nada que ver con un seguro por robo, para eso tendríamos que saber que condiciones tiene ese seguro contratado por la empresa. Vuelvo a insistir, esa tarea deben hacer el servicio de acudas de empresas de Seguridad y estos si tienen un seguro en caso de que a ellos si les roben.
Es cierto que al no tener antigüedad a indemnización, (al llevar un mes solamente), la indemnización seria casi inexistente.
SMO
21/11/2017 11:40
jamgpreve
Aun estoy esperando el contrato....
Pero en el caso de ponerlo en conocimiento de inspeccion y negarme hacer esas tareas no retribuidas con despido... El empresario podria alegar q su despido es por otro motivo, no?

Y en caso de que pudiera probar q no es asi... Por indemnidasd al llevar un mes trabajando no me indemnizarian nada no (por que no tengo antiguedad? Ademas de quedarme en la calle.
Una duda! Si te roban hipoteticamente... Despues de tu jornada laboral tienes una hora asegurada en caso de accidente no? Aunque la recaudacion de caudal no me la contemplen en contrato, no?
20/11/2017 15:27
strachatela
Pues que si el seguro no se hiciese cargo se lo terminaran reclamando a usted y usted no cobra por ese servicio, para ello existen unos profesionales que don los acudas fe las empresas de seguridad quienes deben hacer ese servicio y por supuesto su empresa retribuirlo.
Mire, estamos de acuerdo con que di usted exige la echan para ello la solución es reclamar todo ese tiempo que emplea de mas y notificar esas irregularidades como la de tener que ingresar usted el dinero, ante inspección de trabajo de esta forma si luego intentan echarla tendrá usted una clausula o dcho de indemnidad.
S MO
20/11/2017 10:50
strachatela
La cuestion es que nos estan grabando y nos controlan y nos han dicho q si un cliente entra al cierre se le atiende hasta q salga y hay q abrir 10 minutos antes del horario comercial....
Asi que.... sino trago con lo q nos dicen me despiden.
Lo que me indigna mas es que el horario comercial que me han impuesto sea mayor q las horas que realmente estoy cotizando en la s.social...
Estoy un poco harta porque estoy yo sola en la tienda sin encargado y todavia estoy esperando a que me den mi contrato....asi que ya contare por aqui!
Lo que si que quiero saber es que si fuera de mi horario laboral (y entiendo q en el contrato no se refleja) me roban hipoteticamente yo tengo alguna responsabilidad?? Imagino que al estar fuera de mi horario el seguro de la empresa no les reintegraran nada! Pero a mi que me puede pasar?
19/11/2017 18:55
strachatela
A groso modo ya le ha contestado perfectamente OFS, ahora bien para contestarle con mas detalle debe decirnos el convenio colectivo por el que se rige du empresa.
En éste debe aparecer si recoge algo sobre la custodia de ese dinero y sobre que la regañasen por irse antes de du jornada para realizar ese ingreso en el banco, les dice usted que hacer ese ingreso conlleva un tiempo de trabajo y que usted no tiene ninguna obligación de una vez terminada su jornada emplear parte de su tiempo para realizar esa gestión ni tampoco si no se ve retribuido, tener esa responsabilidad de custodia del dinero desde su empresa hasta el banco, ese es un servicio que tienen que hacer las empresas de seguridad asi que dígales que tienen que contratar ese servicio, que pasa si la atracan por la calle y le roban a usted ese dinero?
19/11/2017 18:35
strachatela
El salario base será el resultado de aplicar el tanto por ciento al correspondiente al trabajador a jornada completa.

Horas extras no se pueden pagar porque, simplemente, un trabajador a jornada parcial no puede hacerlas.

Si le están "obligando" a hacer más horas de las que figuran en su contrato lo que debe hacer es denunciar la situación, o no hacer esas horas extras.
18/11/2017 19:59
strachatela
Despues de cumplir con mi jornada laboral una vez a la semana tengo q ingresar efectivo a la cta de mi empresa y me conlleva media hora y a veces mas porque tengo q acudir mas veces porque el cajero no me saca el justificante o no me coje los billetes. Esa gestion me la tiene q pagar mi empresa?? Me regañaron por hacerlo dentro de mi horario laboral y no lo pagan...
La custodia de caudal y recaudacion de caudal (ingreso) tendria q cotizarlo??
Ctp 51,2%, cual es mi salario y hora extra de dependienta?
18/11/2017 19:51
Trabajo en el comercio de una perfumería franquiciada conocida!!
como dependienta pero no me facilitan mi contratato laboral.

Según la seg-social estoy dada de alta

-502:contrato eventual por circunstancias de la producción a tiempo parcial.
-Grupo de cotización 09
-C.t.p 51,2 %

El horario comercial que tengo aplicado es:
Lu- vie 10:00 a 13:30 = 17 h,30 minu (primera semana )
Lu -vie 17:00 a 20:30 y sab 10:30 a 13:30 y 17:00 a 20:30 = 24 horas ( segunda semana)

17.30 h primera semana
24 h segunda semana
41.30 total 2 semanas.

Total horas las 2 semanas 41 h , 30 minu.

Total horas mes entero 84 horas.

Siempre hago mas horas que me marca el horario comercial de tienda... sabe alguien como se paga la hora extra??

Ahora bien... si cotizan por mi al 51,2 % me darian como resultado 20.48 la semana!

40 h semana ___ 100%
X ___ 51,2% = 20.48 una semana
20.48
40.86 horas las dos semanas

Si mis horas comerciales son 41.30minutos como es q cotizo menos??

Y el grupo decotización 09 que significa??
Como puedo calcular mi salario al mes y la hora extra?