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cuaderno particional.

2 Comentarios
 
cuaderno particional.
03/11/2015 19:51
Me encuentro ahora mismo en el proceso de redactar un cuaderno particional y me surgen ciertas dudas.
En la herencia existe obra artística (cuadros y dibujos)
1. ¿Se le puede dar a la obra un valor diferente al dado en el impuesto de sucesiones, ya que este se hizo con anterioridad?
2. Lo mismo respecto a inmuebles, si un heredero lo declaro en el IS a valor catastral y otro a valor real, pasaria algo por declararlo a valor catastral?
3. Es posible no declarar cuadro por cuadro en el activo sino por grupos de tamaños por ejemplo y luego adjudicar un porcentaje a cada heredero o hay que poner cada cuadro con sus medidas y un valor.

Lo que busco es una forma de no valorar cuadro a cuadro ya que no tengo los conocimientos necesarios y tengo que ajustarme a lo declarado en hacienda. no??

Gracias y saludos
04/11/2015 17:35
Lo que tienes es un cuaderno particional voluntario, acordado; lo cual es muy distinto que batallarlo a tumba abierta en una división judicial de herencia. No solo tienes que adjuntar hasta el último alfiler que comprenda la masa hereditaria, sino que las obras de arte hay que integrarlas en el cuaderno con una tasación (tinsa te vale) y con su correspondiente fotografía.
Si hay acuerdo entre los herederos y los impuestos están pagados, no tienes ningún problema en cuanto a la valoración de inmuebles, porque la asignación del condominio sigue el mismo porcentaje. Lo que sí te puede dar trabajo es precisamente la disolución del condominio, por lo que se te sugiere lo pactes al detalle antes de hacer la aceptación y adjudicación.
Hasta que no se lidia con un cuaderno particional no hay abogado que valga: tú puedes, Lolina.
04/11/2015 18:04
Muy bien entiendo entonces que lo mejor es valorar los bienes inmuebles a valor catastral.

Muchísimas gracias!!!!
cuaderno particional. | PorticoLegal
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03/11/2015 19:51
Me encuentro ahora mismo en el proceso de redactar un cuaderno particional y me surgen ciertas dudas.
En la herencia existe obra artística (cuadros y dibujos)
1. ¿Se le puede dar a la obra un valor diferente al dado en el impuesto de sucesiones, ya que este se hizo con anterioridad?
2. Lo mismo respecto a inmuebles, si un heredero lo declaro en el IS a valor catastral y otro a valor real, pasaria algo por declararlo a valor catastral?
3. Es posible no declarar cuadro por cuadro en el activo sino por grupos de tamaños por ejemplo y luego adjudicar un porcentaje a cada heredero o hay que poner cada cuadro con sus medidas y un valor.

Lo que busco es una forma de no valorar cuadro a cuadro ya que no tengo los conocimientos necesarios y tengo que ajustarme a lo declarado en hacienda. no??

Gracias y saludos
04/11/2015 17:35
Lo que tienes es un cuaderno particional voluntario, acordado; lo cual es muy distinto que batallarlo a tumba abierta en una división judicial de herencia. No solo tienes que adjuntar hasta el último alfiler que comprenda la masa hereditaria, sino que las obras de arte hay que integrarlas en el cuaderno con una tasación (tinsa te vale) y con su correspondiente fotografía.
Si hay acuerdo entre los herederos y los impuestos están pagados, no tienes ningún problema en cuanto a la valoración de inmuebles, porque la asignación del condominio sigue el mismo porcentaje. Lo que sí te puede dar trabajo es precisamente la disolución del condominio, por lo que se te sugiere lo pactes al detalle antes de hacer la aceptación y adjudicación.
Hasta que no se lidia con un cuaderno particional no hay abogado que valga: tú puedes, Lolina.
04/11/2015 18:04
Muy bien entiendo entonces que lo mejor es valorar los bienes inmuebles a valor catastral.

Muchísimas gracias!!!!