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¿Cuándo me caduca la orden de expulsión?

6 Comentarios
 
¿cuándo me caduca la orden de expulsión?
08/06/2022 12:12
Buenas tengo una orden de expulsión del territorio Schengen por 5 años, la orden me la abrieron en 2016 y en 2020 me notificaron en la. Audiencia Nacional que la orden era firme y ya no lo recurrirá más me llegó una carta con la sentencia firme que abandonata el país pero no lo hice,de momento llevo 2 años y no me han parado ni nada en que momento me caduca esa orden ?
08/06/2022 21:43
Hola, es dificil de responderte porque faltan datos, pero te voy a dar la infomración general:

Tu orden de expulsión prescribe al pasar 7 años desde la fecha en la que pudo ser ejecutada.
Tu orden puede ser ejecutada desde la fecha en la que te fue notificada la resolución de (sub)delegación de gobierno en la que se acordaba la expusión. Solo hay una excepción a esto, y es que la orden de expulsión haya sido suspendida de manera cautelar ya sea durante la tramitación del recurso administrativo o del procedimiento judicial. De haber sido suspendida, el plazo empieza a contar desde el momento en el que finaliza dicha suspensión.

Saludos
08/06/2022 23:45
marticc
Que información te faltaría? La orden no ha sido ejecutada porque yo me escondido la última carta que me llegó fue en noviembre de 2020 diciéndome que tenía que abandonar el país en un plazo de 48 horas, y ya no hice más recursos, desde ahí llevo escondidos, he consultado varios abogados y unos me dicen que no prescribe si no me voy, otros que a los 5 años y tu por ejemplo 7 años, la orden yo la recurrirá hasta la audiencia Nacional, pero ni así conseguí qe me dejaran quedarme, mi idea es aguantar en teoría los 5 años, porque la orden era de 5 años, era una sanción por cometer un delito de salud pública y fui condenado a más de un año, entonces fue una sanción, administrativa de expulsión por 5 años no se si con esta información me podrias decir algo más y que países podría vivir x aqi mientras pasa la orden ya que no tengo família ni nadie conocido en Colombia ya que me vine con poca edad. Gracias por la ayuda
09/06/2022 22:49
Hola, las sanciones prescriben en cuando pasa el plazo de prohibición de entrada y dos años más. En tu caso son 5 años 2, en total 7 años.

Cuando hablo del momento en el que pudo ser ejecutada, no me refiero a que te escondas bien o no, sino al hecho de que haya habido una medida cautelar que la haya suspendido. Estas medidas cautelares normalmente se dan cuando las pides tú (o tu abogado) de manera expresa al poner un recurso de adminsitrativo contra la orden de expulsión, o , cuando pones un recurso contencioso-administrativo (cuando vas a juicio).
¿Pusiste un recurso administrativo cuando te notificaron la orden de expulsión? ¿Has ido a juicio contra la orden de expulsión?.


Si alguna de las respuestas es SÍ, (como parece es el caso) pero nunca solicitaste la suspensión cautelar de la orden de expulsión, entonces se considera que se pudo ejecutar desde el día en el que te fue notificada la orden (desde que recibste la carta en 2016 en la que te comunicaron por primera vez que habñia dictado una orden de expulsión de cinco años).

Si algua de las respiuestas es SÍ, y además, durante la tramtación del procedimiento pediste la suspensión cautelar de la orden de expulsión, entonces la fecha de inicio puede variar. Habla con tu abogado y preguntale si pidió la suspensión cautelar de la orden de expulsión, si te fue concedida o denegada esa suspensión cautelar, y, en el último caso cuando te fue denegada.

Saludos.
09/06/2022 22:59
marticc
Vale gracias de nuevo, si fui a juicio y perdí lo recurri varias veces hasta que me llegó ya la última que era que ya era firme porque no aceptaban los recursos y pedimos que se suspendiera xke queríamos ir al Tribunal Supremo de Estrasburgo y ya fue denegada, todo esto paso en 2020 por lo tanto creo q llevo pues 2 años y algo,y esos dos años que se suman porque son? Ese 5 más 2?
09/06/2022 23:01
Jony77
La pregunta es si yo x ejemplo en el momento que me llegó que era firme, en 2020 y me ubiera ido solo serían 5 años? Y al estar escondido son7 que me sale más rentable al final?
10/06/2022 00:46
Insisto, lo más importante es saber si durante el procedimiento judicial pediste medida cautelar de suspensión de la orden de expulsión o no y si te fue concedida o no.

La fecha de inicio del plazo de la oden de expulsión y prohibición de entrada sería la sentencia de Audiencia Nacional (2020), si hubieras pedido y obtenido la medida cautelar de suspensión de la orden de expulsión, y esta medida cautelar se hubiera mantenido durante todas las instancias judiciales. Pregunta a tu abogado al respecto.

Saludos,
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¿cuándo me caduca la orden de expulsión?
08/06/2022 12:12
Buenas tengo una orden de expulsión del territorio Schengen por 5 años, la orden me la abrieron en 2016 y en 2020 me notificaron en la. Audiencia Nacional que la orden era firme y ya no lo recurrirá más me llegó una carta con la sentencia firme que abandonata el país pero no lo hice,de momento llevo 2 años y no me han parado ni nada en que momento me caduca esa orden ?
08/06/2022 21:43
Hola, es dificil de responderte porque faltan datos, pero te voy a dar la infomración general:

Tu orden de expulsión prescribe al pasar 7 años desde la fecha en la que pudo ser ejecutada.
Tu orden puede ser ejecutada desde la fecha en la que te fue notificada la resolución de (sub)delegación de gobierno en la que se acordaba la expusión. Solo hay una excepción a esto, y es que la orden de expulsión haya sido suspendida de manera cautelar ya sea durante la tramitación del recurso administrativo o del procedimiento judicial. De haber sido suspendida, el plazo empieza a contar desde el momento en el que finaliza dicha suspensión.

Saludos
08/06/2022 23:45
marticc
Que información te faltaría? La orden no ha sido ejecutada porque yo me escondido la última carta que me llegó fue en noviembre de 2020 diciéndome que tenía que abandonar el país en un plazo de 48 horas, y ya no hice más recursos, desde ahí llevo escondidos, he consultado varios abogados y unos me dicen que no prescribe si no me voy, otros que a los 5 años y tu por ejemplo 7 años, la orden yo la recurrirá hasta la audiencia Nacional, pero ni así conseguí qe me dejaran quedarme, mi idea es aguantar en teoría los 5 años, porque la orden era de 5 años, era una sanción por cometer un delito de salud pública y fui condenado a más de un año, entonces fue una sanción, administrativa de expulsión por 5 años no se si con esta información me podrias decir algo más y que países podría vivir x aqi mientras pasa la orden ya que no tengo família ni nadie conocido en Colombia ya que me vine con poca edad. Gracias por la ayuda
09/06/2022 22:49
Hola, las sanciones prescriben en cuando pasa el plazo de prohibición de entrada y dos años más. En tu caso son 5 años 2, en total 7 años.

Cuando hablo del momento en el que pudo ser ejecutada, no me refiero a que te escondas bien o no, sino al hecho de que haya habido una medida cautelar que la haya suspendido. Estas medidas cautelares normalmente se dan cuando las pides tú (o tu abogado) de manera expresa al poner un recurso de adminsitrativo contra la orden de expulsión, o , cuando pones un recurso contencioso-administrativo (cuando vas a juicio).
¿Pusiste un recurso administrativo cuando te notificaron la orden de expulsión? ¿Has ido a juicio contra la orden de expulsión?.


Si alguna de las respuestas es SÍ, (como parece es el caso) pero nunca solicitaste la suspensión cautelar de la orden de expulsión, entonces se considera que se pudo ejecutar desde el día en el que te fue notificada la orden (desde que recibste la carta en 2016 en la que te comunicaron por primera vez que habñia dictado una orden de expulsión de cinco años).

Si algua de las respiuestas es SÍ, y además, durante la tramtación del procedimiento pediste la suspensión cautelar de la orden de expulsión, entonces la fecha de inicio puede variar. Habla con tu abogado y preguntale si pidió la suspensión cautelar de la orden de expulsión, si te fue concedida o denegada esa suspensión cautelar, y, en el último caso cuando te fue denegada.

Saludos.
09/06/2022 22:59
marticc
Vale gracias de nuevo, si fui a juicio y perdí lo recurri varias veces hasta que me llegó ya la última que era que ya era firme porque no aceptaban los recursos y pedimos que se suspendiera xke queríamos ir al Tribunal Supremo de Estrasburgo y ya fue denegada, todo esto paso en 2020 por lo tanto creo q llevo pues 2 años y algo,y esos dos años que se suman porque son? Ese 5 más 2?
09/06/2022 23:01
Jony77
La pregunta es si yo x ejemplo en el momento que me llegó que era firme, en 2020 y me ubiera ido solo serían 5 años? Y al estar escondido son7 que me sale más rentable al final?
10/06/2022 00:46
Insisto, lo más importante es saber si durante el procedimiento judicial pediste medida cautelar de suspensión de la orden de expulsión o no y si te fue concedida o no.

La fecha de inicio del plazo de la oden de expulsión y prohibición de entrada sería la sentencia de Audiencia Nacional (2020), si hubieras pedido y obtenido la medida cautelar de suspensión de la orden de expulsión, y esta medida cautelar se hubiera mantenido durante todas las instancias judiciales. Pregunta a tu abogado al respecto.

Saludos,