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Cuando me puedo coger vacaciones si aun no llevo seis meses

1 Comentarios
 
Cuando me puedo coger vacaciones si aun no llevo seis meses
05/08/2009 18:17
Llevo desde el 4deMayo trabajando y mi contrato es de seis meses, inicialmente con posibilidad de indefinido. Me han dado en Junio una semana y ahora en agosto otra. Mi jefe piensa q es un favor porque habria que esperar a que pasaran los seis meses para poder disfrutar los 15 dias y solo me puedo coger los que corresponden por los seis meses de contrato y cuando renueve el contrato los que quedan hasta final de año, o sea 2.5.
Esto es asi??
gracias
06/08/2009 09:23
Buenas,
En principio y teoría tan sólo se pueden disfrutar aquellas vacaciones generadas, es decir, que en este caso tu jefe tiene razón. Otra cosa es la práctica como todos sabemos.

De todas formas, piensa que hasta el 31.8 tienes generadas unos 10 días de vacaciones aprox., cuando tú vas a disfrutar 14 días hasta la fecha. En caso de que tu contrato terminara anticipadamente y no hubieras generado todas las vacaciones disfrutadas entonces en tu finiquito se te deduciría el importe de esos días disfrutados de más.
Slds
Cuando me puedo coger vacaciones si aun no llevo seis meses | PorticoLegal
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Cuando me puedo coger vacaciones si aun no llevo seis meses

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Cuando me puedo coger vacaciones si aun no llevo seis meses
05/08/2009 18:17
Llevo desde el 4deMayo trabajando y mi contrato es de seis meses, inicialmente con posibilidad de indefinido. Me han dado en Junio una semana y ahora en agosto otra. Mi jefe piensa q es un favor porque habria que esperar a que pasaran los seis meses para poder disfrutar los 15 dias y solo me puedo coger los que corresponden por los seis meses de contrato y cuando renueve el contrato los que quedan hasta final de año, o sea 2.5.
Esto es asi??
gracias
06/08/2009 09:23
Buenas,
En principio y teoría tan sólo se pueden disfrutar aquellas vacaciones generadas, es decir, que en este caso tu jefe tiene razón. Otra cosa es la práctica como todos sabemos.

De todas formas, piensa que hasta el 31.8 tienes generadas unos 10 días de vacaciones aprox., cuando tú vas a disfrutar 14 días hasta la fecha. En caso de que tu contrato terminara anticipadamente y no hubieras generado todas las vacaciones disfrutadas entonces en tu finiquito se te deduciría el importe de esos días disfrutados de más.
Slds