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¿Cuándo se hereda algo en Asturias hay que pagar la tasa antes o después de la herencia?

1 Comentarios
 
¿cuándo se hereda algo en asturias hay que pagar la tasa antes o después de la herencia?
20/06/2019 20:31
En Asturias , y en menor medida en Castilla Leon...o como pasaba hasta hace poco en Andalucia mucha gente ante la perspectiva de tener que pagar enormes impuestos o tasas renunciaba a la herencia, pues se daba la circunstancia de que catastro estimaba que por ejemplo un piso o terreno valía más que lo que valía a precios de mercado...temiendo tener que comerse una cantidad excesiva de impuestos...renunciaban.
Yo quería saber si en caso de que me toque una herencia en una de esas comunidades tan “ confiscatorias” me dejan pagar las tasas después de heredar y así sabré si me va a llegar con lo que tengo que pagar o por contra se paga primero y se toma posesión de los bienes después.
¿Alguien lo sabe?
Es para hacer números y ver si merece la pena coger la herencia o es mejor renunciar a ella.
26/06/2019 10:01
gersalren
Hay mucho mito sobre esto, los medios (con una clara finalidad política) han magnificado unos pocos casos que en su gran mayoría todo el error era imputable a los herederos por no pagar los impuestos y verse después estos incrementados y no poder hacer frente. Es cierto que ha habido un aumento de renuncias pero no por el ISD, sino por la situación pos-burbuja inmobiliaria que ha hecho que muchas herencias contengan más deudas que bienes, y no por otra cosa (de hecho el ISD antes era más alto y la gente no renunciaba). Nunca el impuesto por una herencia va a valer más que la propia herencia. Lo de "confiscatorio" no lo comparto en absoluto, por tanto, pero eso sería ya un tema político sobre fiscalidad, no una cuestión de derecho.
Dicho esto: tienes 6 meses para pagar el ISD, prorrogable hasta 1 año, y puede pagarse antes o después de la aceptación de la herencia.
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¿cuándo se hereda algo en asturias hay que pagar la tasa antes o después de la herencia?
20/06/2019 20:31
En Asturias , y en menor medida en Castilla Leon...o como pasaba hasta hace poco en Andalucia mucha gente ante la perspectiva de tener que pagar enormes impuestos o tasas renunciaba a la herencia, pues se daba la circunstancia de que catastro estimaba que por ejemplo un piso o terreno valía más que lo que valía a precios de mercado...temiendo tener que comerse una cantidad excesiva de impuestos...renunciaban.
Yo quería saber si en caso de que me toque una herencia en una de esas comunidades tan “ confiscatorias” me dejan pagar las tasas después de heredar y así sabré si me va a llegar con lo que tengo que pagar o por contra se paga primero y se toma posesión de los bienes después.
¿Alguien lo sabe?
Es para hacer números y ver si merece la pena coger la herencia o es mejor renunciar a ella.
26/06/2019 10:01
gersalren
Hay mucho mito sobre esto, los medios (con una clara finalidad política) han magnificado unos pocos casos que en su gran mayoría todo el error era imputable a los herederos por no pagar los impuestos y verse después estos incrementados y no poder hacer frente. Es cierto que ha habido un aumento de renuncias pero no por el ISD, sino por la situación pos-burbuja inmobiliaria que ha hecho que muchas herencias contengan más deudas que bienes, y no por otra cosa (de hecho el ISD antes era más alto y la gente no renunciaba). Nunca el impuesto por una herencia va a valer más que la propia herencia. Lo de "confiscatorio" no lo comparto en absoluto, por tanto, pero eso sería ya un tema político sobre fiscalidad, no una cuestión de derecho.
Dicho esto: tienes 6 meses para pagar el ISD, prorrogable hasta 1 año, y puede pagarse antes o después de la aceptación de la herencia.