No, a lo que me refiero exactamente, es a que, aunque esté dado de alta en Seguridad Social desde el día 1 de Julio,(fecha en la que se supone que da comienzo el segundo contrato de trabajo), ¿cuándo se considera que éste pasa a ser indefinido si no es firmado en un tiempo "X"?.
Lo digo, porque recuerdo haber leído en algún lugar, que la empresa dispone de un plazo máximo de tiempo (desconozco cuál), en el que la empresa tiene que entregar el contrato de trabajo para su firma por parte del trabajador, y en el que si esto no sucede, pasa a convertirse en indefinido (independientemente del alta en Seguridad Social).
Agradecería, a quien sepa la respuesta, que me indicara por favor la fuente de la que proviene la información (Estatuto trabajadores, etc.).
Con un solo día que trabaje sin cto ya seria indefinido, lo único es mirar en una vida laboral di al menos han cotizado por usted, después, salvo que no hayan cotizado, deberá usted demostrar que trabajo sin cto y sin cotizar por usted de ese modo adquirirá la condicion de indefinido a t/c.
Buenas noches, Me hicieron un contrato eventual durante el mes de junio que firme entonces y del que tengo copia escrita. Fui dado de alta y de baja en la Seguridad Social correspondiendo con las fechas del contrato. Fui dado de alta nuevamente en la Seguridad Social el primer día de julio y se me dijo tan solo que me iban a hacer un contrato durante los siguientes 3 meses hasta setiembre inclusive. Desde entonces he venido trabajando en esa empresa cuando se me ha llamado. No he firmado el contrato todavía a día de hoy, ¿Cuando ese contrato temporal se vuelve indefinido por haber sobrepasado el tiempo para ser firmado por escrito? Muchas gracias, un saludo.