Buenos tardes,
he sido respondida anteriormente en este foro esta mañana, pero el tema cambió ya que tengo más información, y verdaderamente me urge. Pongo en situación primero, yo estaba en periodo de prueba y me cesaron antes de acabar por no superarla.
El lunes estoy citada para firmar el finiquito pero desconozco que cuentas debo hacer, ¿Me podríais ayudar?
Cabe decir que empecé a trabajar el 21 de agosto y cobré el salario del 21 al 30 de agosto, luego seguí trabajando de 1 de septiembre y el 22 de septiembre me dijeron que no superé la prueba, ¿Cuánto me pertenece de finiquito? (Pagas extras, vacaciones)
Mi salario estaba estipulado en 820 euros mensuales.
Para empezar dice que le pagaron desde el 21 de agosto hasta el 30 de agosto el salario es por meses de 30 días pero cuando un trabajador comienza se contabiliza por día trabajado por tanto le deberían el día 31 a no ser que se trate de un error por su parte al hacer la consulta.
Luego la categoría mas baja tiene un salario bruto anual de 13268,17 lo que nos da un bruto salarial mensual de 947,73 € (por tanto no son esos 820 € que nos indica), tampoco especifica si ya ha cobrado la nomina e los 22 días trabajados de septiembre, ni si las pagas son prorrateadas o no, yo le haré los cálculos sin prorratear, con las vacaciones y contabilizando tanto los 22 días de septiembre como el 31 de agosto.
Día 31 de agosto 31,59 €
Vacaciones 2,8932 x 31,59 € = 91,40 €
Prorrata pagas extra, (solo le corresponde la de navidad y su calculo es semestral por tanto:
33 días generados de 182,5; 171,29 €
22 días trabajados de septiembre x 31,59 € = 694,98 €
Total : 31,59 91,40 € 171,29 € 694,98 € = 989,26 € (en bruto sin aplicar descuentos)
SMO
Buenas noches,
muchísimas gracias por haberse tomado tanta molestia en desglosar todo, no sabe como me ha ayudado.
No sé a qué se refiere con lo de que no es 840 € (me equivoqué con las prisas) pero yo cobraría 28 euros el día lo que da 840 € si no me equivoco.
Y sí, una vez más me equivoqué y sí, cobré del 21 de agosto hasta el 31 de agosto. Luego trabajé del 1 al 22 de septiembre, día que me comunicaron que no pasaba el periodo de prueba por lo que parte del finiquito debe ser ese periodo del 1 al 21, vacaciones y paga extra no?
No le digo que esté equivocada si no lo que debería cobrar, como le dije la categoría mas baja de su convenio tiene un bruto anual de 13268,17 €, a no ser que no realice el 100% de la jornada lo minio que deberá cobrar es esa cantidad y por ello entonces lo único que tendría que restar del finiquito que yo le calcule es el monto del 1 de agosto
Acabo de darme cuenta de mi error, usted no nos ha dicho en que trabaja ni el convenio a aplicar, era otra miriam, por tanto para hacerle el calculo necesitamos saber al menos esos datos.
En cuanto a si la pueden echar por no superar la formación, amen de que en éste país la pueden echar porque el despido es libre pero seria un despido improcedente que conllevaría indemnización de 33 días año trabajado como lleva 33 días tendrían que indemnizarla con 2,98 días de indemnización por despido improcedente pero en el caso de ser por inaptitud este despido seria objetivo y entonces serian 20 días año lo que suponen 1,81 días de indemnización por despido objeto o pero da la casualidad que para un despido por no superar la formación la empresa tendría que darle la formación y facilitarle la posibilidad de realizar nuevamente ese examen.
Por cierto debe decirnos tb la jornada que realiza si es al 100% o es parcial, si es parcial ¿qué jornada realiza.?
SMO
En periodo de prueba, en la que se me imparte una formación y no la supero, es legal despedirme? Tengo derecho a alguna indemnización por despedirme en periodo de prueba?
Durante el periodo de prueba no hay despido sino no superación del periodo de prueba, en este periodo ambas partes pueden rescindir el cto sin que conlleve indemnización alguna