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Cuantía determinada o indeterminada?

2 Comentarios
 
Cuantía determinada o indeterminada?
21/10/2004 23:43
La demandada rescindió unilateral y caprichosamente, sin motivo alguno, y sin explicación alguna (el motivo real es que el nuevo director de la empresa se empeñó en darle el contrato a un amigo) un contrato de servicios que había suscrito con mi cliente, en el que se pactó una retribución fija más otra variable en función del importe de los costes de los materiales a emplear en una obra.

El coste total de los materiales según proyecto era de 500.000 €, aproximadamente, y a mi cliente le correspondía un 3%, es decir 15.000 € por este concepto si hubiera terminado la obra.

Al haber la demanda rescindido el contrato (ya digo, caprichosamente, pues mi cliente prestó sus servicios de forma absolutamente perfecta y puntual) a mitad de la obra, entiendo que tiene derecho al 100% de su retibución, tanto de la parte fija como de la variable.

Mi intención es reclamar TODO, es decir, tanto lo fijo como lo variable, pero tengo miedo de que el Juzgado me diga que al no haber terminado la obra, no tiene derecho mas que a la parte proporcional de la obra ejecutada o quizás a algo más en concepto de indemnización por la rescisión unilateral del contrato. Si así fuera, quizás no se impusieran las costas a la demandada, lo cual sería una 'faena'...

¿Podría plantear la demanda en el sentido de reclamar el 100% pero dejando abierta la puerta para que su señoría fije otra cantidad sin temor a que me 'casque' las costas? Por ejemplo, podría utilizar una formula igual o parecida a la de 'se condene a la demandada a abonar a mi representado la cantidad de 45.000 € o, en su caso, la que el Juzgado estime adecuada en atención a las circunstancias'?

alguna idea?


Gracias por vuestras sugerencias, compañeros.

Saludos a todos.
28/10/2004 08:50
Aplica como fundamento el art. 1.119 del Código Civil. Se ha cumplido la condición por la negativa del obligado. Su resisitencia se interpreta como cumplimiento mismo.
20/11/2004 16:12
Estimado compañero Pedro M.: Me parece fantástica y muy acertada tu sugerencia.

Todavía no he presentado la demanda, pues quiero fundamentarla 'a fondo', tanto facticamente como argumentalmente, y todavía estoy esperando a que el cliente me facilite los documentos necesarios (entre ellos un informe pericial para demostrar lo que hizo y que lo hizo bien) para acreditar el cumplimiento íntegro y puntual de sus obligaciones hasta el día en que la parte contraria rescindió unilateralmente el contrato.

¿Alguna otra idea para fundamentar juridicamente más y mejor la demanda?

Gracias anticipadas por vuestros comentarios.

Saludos a todos.

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Cuantía determinada o indeterminada?
21/10/2004 23:43
La demandada rescindió unilateral y caprichosamente, sin motivo alguno, y sin explicación alguna (el motivo real es que el nuevo director de la empresa se empeñó en darle el contrato a un amigo) un contrato de servicios que había suscrito con mi cliente, en el que se pactó una retribución fija más otra variable en función del importe de los costes de los materiales a emplear en una obra.

El coste total de los materiales según proyecto era de 500.000 €, aproximadamente, y a mi cliente le correspondía un 3%, es decir 15.000 € por este concepto si hubiera terminado la obra.

Al haber la demanda rescindido el contrato (ya digo, caprichosamente, pues mi cliente prestó sus servicios de forma absolutamente perfecta y puntual) a mitad de la obra, entiendo que tiene derecho al 100% de su retibución, tanto de la parte fija como de la variable.

Mi intención es reclamar TODO, es decir, tanto lo fijo como lo variable, pero tengo miedo de que el Juzgado me diga que al no haber terminado la obra, no tiene derecho mas que a la parte proporcional de la obra ejecutada o quizás a algo más en concepto de indemnización por la rescisión unilateral del contrato. Si así fuera, quizás no se impusieran las costas a la demandada, lo cual sería una 'faena'...

¿Podría plantear la demanda en el sentido de reclamar el 100% pero dejando abierta la puerta para que su señoría fije otra cantidad sin temor a que me 'casque' las costas? Por ejemplo, podría utilizar una formula igual o parecida a la de 'se condene a la demandada a abonar a mi representado la cantidad de 45.000 € o, en su caso, la que el Juzgado estime adecuada en atención a las circunstancias'?

alguna idea?


Gracias por vuestras sugerencias, compañeros.

Saludos a todos.
28/10/2004 08:50
Aplica como fundamento el art. 1.119 del Código Civil. Se ha cumplido la condición por la negativa del obligado. Su resisitencia se interpreta como cumplimiento mismo.
20/11/2004 16:12
Estimado compañero Pedro M.: Me parece fantástica y muy acertada tu sugerencia.

Todavía no he presentado la demanda, pues quiero fundamentarla 'a fondo', tanto facticamente como argumentalmente, y todavía estoy esperando a que el cliente me facilite los documentos necesarios (entre ellos un informe pericial para demostrar lo que hizo y que lo hizo bien) para acreditar el cumplimiento íntegro y puntual de sus obligaciones hasta el día en que la parte contraria rescindió unilateralmente el contrato.

¿Alguna otra idea para fundamentar juridicamente más y mejor la demanda?

Gracias anticipadas por vuestros comentarios.

Saludos a todos.