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Cuánto es el mínimo de dinero para solicitar el arraigo social

1 Comentarios
 
Cuánto es el mínimo de dinero para solicitar el arraigo social
02/10/2019 20:07
Buen día, en el Arraigo Social en caso de no contar con un contrato de trabajo te dicen que puedes solicitarlo con una cantidad de dinero indicando que se cuenta con una inversión ... Quisiera saber si saben cuánto es el mínimo de dinero que piden para esto por favor.... Muchas gracias!!
04/10/2019 19:47
Tashy
Hola :

Cuando no se cuenta con contrato de trabajo para solicitar una autorización de residencia por circunstancias excepcionales de arraigo social, el órgano autonómico competente para la elaboración del informe de inserción social puede recomendar que se exima a la persona de contar con contrato de trabajo en alguno de los siguientes casos :

- Si acredita que cumple con los requisitos para solicitar una autorización de residencia y trabajo por cuenta propia ( especialmente, los requisitos exigidos para iniciar una actividad por cuenta propia).


- Si acredita que su cónyuge, conviviente de hecho registrado, progenitor en capacidad de reagrupar o descendiente en capacidad de reagrupar, también extranjero extracomunitario y residente legal en España, cumple con los requisitos para ejercer el derecho a la reagrupación familiar, especialmente el relativo a los ingresos requeridos en relación con el IPREM mensual ( depende del número de personas a cargo) y la disponibilidad de vivienda adecuada.

- Si acredita disponer de recursos económicos propios suficientes, en cuyo caso le será exigible la misma cantidad que se requiere para solicitar una autorización de residencia no lucrativa : el 400 % del IPREM mensual.


La recomendación de eximir de contar con contrato de trabajo debe constar en el informe de inserción social a la vista de los documentos que se aporten. Y luego, debe aportárselos en el procedimiento de solicitud de autorización de residencia por circunstancias excepcionales de arraigo social.

Un cordial saludo.
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Cuánto es el mínimo de dinero para solicitar el arraigo social
02/10/2019 20:07
Buen día, en el Arraigo Social en caso de no contar con un contrato de trabajo te dicen que puedes solicitarlo con una cantidad de dinero indicando que se cuenta con una inversión ... Quisiera saber si saben cuánto es el mínimo de dinero que piden para esto por favor.... Muchas gracias!!
04/10/2019 19:47
Tashy
Hola :

Cuando no se cuenta con contrato de trabajo para solicitar una autorización de residencia por circunstancias excepcionales de arraigo social, el órgano autonómico competente para la elaboración del informe de inserción social puede recomendar que se exima a la persona de contar con contrato de trabajo en alguno de los siguientes casos :

- Si acredita que cumple con los requisitos para solicitar una autorización de residencia y trabajo por cuenta propia ( especialmente, los requisitos exigidos para iniciar una actividad por cuenta propia).


- Si acredita que su cónyuge, conviviente de hecho registrado, progenitor en capacidad de reagrupar o descendiente en capacidad de reagrupar, también extranjero extracomunitario y residente legal en España, cumple con los requisitos para ejercer el derecho a la reagrupación familiar, especialmente el relativo a los ingresos requeridos en relación con el IPREM mensual ( depende del número de personas a cargo) y la disponibilidad de vivienda adecuada.

- Si acredita disponer de recursos económicos propios suficientes, en cuyo caso le será exigible la misma cantidad que se requiere para solicitar una autorización de residencia no lucrativa : el 400 % del IPREM mensual.


La recomendación de eximir de contar con contrato de trabajo debe constar en el informe de inserción social a la vista de los documentos que se aporten. Y luego, debe aportárselos en el procedimiento de solicitud de autorización de residencia por circunstancias excepcionales de arraigo social.

Un cordial saludo.