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¿Cuánto tiempo tienes para reclamar por la SS?

2 Comentarios
 
¿cuánto tiempo tienes para reclamar por la ss?
18/12/2006 20:13
Muy buenas,

Me pregunta un compañero que cuanto tienpo tenemos para reclamar las cotizaciones a la Seguridad Social debido que le han dicho que no puede cobrar prestaciones porque en los años 1991 al 1998 el empresario no le pagó dichas cotizaciones. El quiere denunciarlo ya sea a la Inspección u otro sitio pero no tengo claro cuanto tiempo o ya ha prescrito para poder denunciarlo y que así se le reconoza y pueda cobrar el subsidio porque le faltan días.

Muchas gracias
18/12/2006 20:39
Hola:
Según lo establecido en el art. 21.1 de la Ley General de la Seguridad Social, prescribirán a los 4 años los siguientes derechos y acciones:

a) El derecho de la Administración de la Seguridad Social para determinar las deudas con la misma cuyo objeto esté constituido por cuotas mediante las oportunas liquidaciones.

b) La acción para exigir el pago de las deudas por cuotas a la Seguridad Social.
c) la acción para imponer sanciones por incumplimientos de las normas de seguridad social.

Saludos.
19/12/2006 01:27
Gracias,

Vamos que no tiene derecho a reclamar nada ni a denunciar nada.

Saludos
¿Cuánto tiempo tienes para reclamar por la SS? | PorticoLegal
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¿Cuánto tiempo tienes para reclamar por la SS?

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¿cuánto tiempo tienes para reclamar por la ss?
18/12/2006 20:13
Muy buenas,

Me pregunta un compañero que cuanto tienpo tenemos para reclamar las cotizaciones a la Seguridad Social debido que le han dicho que no puede cobrar prestaciones porque en los años 1991 al 1998 el empresario no le pagó dichas cotizaciones. El quiere denunciarlo ya sea a la Inspección u otro sitio pero no tengo claro cuanto tiempo o ya ha prescrito para poder denunciarlo y que así se le reconoza y pueda cobrar el subsidio porque le faltan días.

Muchas gracias
18/12/2006 20:39
Hola:
Según lo establecido en el art. 21.1 de la Ley General de la Seguridad Social, prescribirán a los 4 años los siguientes derechos y acciones:

a) El derecho de la Administración de la Seguridad Social para determinar las deudas con la misma cuyo objeto esté constituido por cuotas mediante las oportunas liquidaciones.

b) La acción para exigir el pago de las deudas por cuotas a la Seguridad Social.
c) la acción para imponer sanciones por incumplimientos de las normas de seguridad social.

Saludos.
19/12/2006 01:27
Gracias,

Vamos que no tiene derecho a reclamar nada ni a denunciar nada.

Saludos