Entiendo que si en tu nómina tienes aplicado un concepto llamado "cuenta convenio", "plus absorbible" o similar si que te lo pueden compensar o absorber, pero si lo que tienes es únicamente una "mejora voluntaria" entiendo que no deberían aplicarte ningún tipo de absorción. Por tanto, deberías recibir integramente el incremento. Por otro lado, normalmente los % de incremento de antigüedad suelen aplicarse sobre los salarios base, pero depende de lo que marque el convenio colectivo en cuestión. En este caso no te lo puedo asegurar. Por internet puedes bajarte el convenio y verlo. Saludos.