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Cubrir terraza

4 Comentarios
 
Cubrir terraza
19/01/2004 16:02
Tengo una terraza y queria saber si debo solicitar la unanimidad de la Comunidad para poder hacer una pequeña construcción en ella.
20/01/2004 20:20
Habria que saber 1º de quien es la terraza, pues puede que usted tenga el uso y el disfrute, 2 tendríamos que saber que tipo de construción, si se ve desde la calle, si perjudica a terceros. etc...
21/01/2004 09:38
La terraza es mia y la construccion no se vería desde la calle pues da hacia un patio de vecinos, incluso es tan grande la terraza que creo que ni se veria desde fuera.
La construcción seia una caseta pequeña para guarda alli enseres
21/01/2004 14:05
Salvo mejor opinióm, pues caben interpretaciones respecto de su pregunta, le doy la mia:
Art. 7 de la LPH:
1. El propietario de cada piso o local podrá modificar los elementos arquitectónicos, instalaciones o servicios de aquél cuando no menoscabe o altere la seguridad del edificio, su estructura general, su configuración o estado exteriores, o perjudique los derechos de otro propietario, debiendo dar cuenta de tales obras previamente a quien represente a la comunidad.
En el resto del inmueble no podrá realizar alteración alguna y si advirtiere la necesidad de reparaciones urgentes deberá comunicarlo sin dilación al Administrador.

Por tanto, si aplicamos estrictamente la Ley en su caso, Usted va a modificar la configuración y el estado externo del edificio. Independientemente de que se vea o no desde la calle, la configuración y el estado externo no depende de la visibilidad de los demas sino de si se modifica o no el aspecto del edificio (la configuración supone "disposición de las partes de una cosa y le dan su peculiar figura"), por tanto con su obra va a modificar la configuración del edificio.

Efectivamente lo expuesto es muy estricto.

Opciones:
Informar simplemente al Presidente de la Comunidad de la obra. Si bien , este puede exponerlo ante la Junta y ésta entender que Usted necesita autorización por unanimidad y no se la otorguen, en cuyo caso Usted puede impugnar el acuerdo. Puede que se la otorguen en cuyo caso se cumpliría sin asomo de dudas la Ley y mayor tranquilidad para Usted en el futuro.

Puede solicitar al Presidente que en proxima Junta se incluya en el Orden del Día su solicitud de autorización.

Puede asesorarse por un Abogado previamente mediante una sencilla consulta.

Salu2
21/01/2004 15:30
Si pregunte que tipo de construcción, fue porque podian ser unas jardineras
Y da igual que sea un patio nterior, ademas el ayuntamiento al hacer una fotografia aerea se lo mandaría tirar, si hay alguna denuncia.
Pero despues de lo que indica haga caso a Patricia t
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19/01/2004 16:02
Tengo una terraza y queria saber si debo solicitar la unanimidad de la Comunidad para poder hacer una pequeña construcción en ella.
20/01/2004 20:20
Habria que saber 1º de quien es la terraza, pues puede que usted tenga el uso y el disfrute, 2 tendríamos que saber que tipo de construción, si se ve desde la calle, si perjudica a terceros. etc...
21/01/2004 09:38
La terraza es mia y la construccion no se vería desde la calle pues da hacia un patio de vecinos, incluso es tan grande la terraza que creo que ni se veria desde fuera.
La construcción seia una caseta pequeña para guarda alli enseres
21/01/2004 14:05
Salvo mejor opinióm, pues caben interpretaciones respecto de su pregunta, le doy la mia:
Art. 7 de la LPH:
1. El propietario de cada piso o local podrá modificar los elementos arquitectónicos, instalaciones o servicios de aquél cuando no menoscabe o altere la seguridad del edificio, su estructura general, su configuración o estado exteriores, o perjudique los derechos de otro propietario, debiendo dar cuenta de tales obras previamente a quien represente a la comunidad.
En el resto del inmueble no podrá realizar alteración alguna y si advirtiere la necesidad de reparaciones urgentes deberá comunicarlo sin dilación al Administrador.

Por tanto, si aplicamos estrictamente la Ley en su caso, Usted va a modificar la configuración y el estado externo del edificio. Independientemente de que se vea o no desde la calle, la configuración y el estado externo no depende de la visibilidad de los demas sino de si se modifica o no el aspecto del edificio (la configuración supone "disposición de las partes de una cosa y le dan su peculiar figura"), por tanto con su obra va a modificar la configuración del edificio.

Efectivamente lo expuesto es muy estricto.

Opciones:
Informar simplemente al Presidente de la Comunidad de la obra. Si bien , este puede exponerlo ante la Junta y ésta entender que Usted necesita autorización por unanimidad y no se la otorguen, en cuyo caso Usted puede impugnar el acuerdo. Puede que se la otorguen en cuyo caso se cumpliría sin asomo de dudas la Ley y mayor tranquilidad para Usted en el futuro.

Puede solicitar al Presidente que en proxima Junta se incluya en el Orden del Día su solicitud de autorización.

Puede asesorarse por un Abogado previamente mediante una sencilla consulta.

Salu2
21/01/2004 15:30
Si pregunte que tipo de construcción, fue porque podian ser unas jardineras
Y da igual que sea un patio nterior, ademas el ayuntamiento al hacer una fotografia aerea se lo mandaría tirar, si hay alguna denuncia.
Pero despues de lo que indica haga caso a Patricia t