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Cuenta ajena inicial y despido

2 Comentarios
 
Cuenta ajena inicial y despido
02/05/2020 15:41
Hola.

Hace unas semanas me aprobaron el permiso de residencia y trabajo por cuenta ajena inicial y mi empleador me dio de alta en la Seguridad Social. Pero mi empleador me notificó que por las circunstancias difíciles de la empresa, me tendrá que despedir en 2 semanas y ya estoy buscando otro empleador.

No hay citas para poner huellas para conseguir la tarjeta de residencia. Puedo leer en el sitio web de Extranjería que "La eficacia de la autorización de residencia y trabajo concedida está condicionada a la afiliación y alta del trabajador en la Seguridad Social", y entiendo que he satistfecho la condición.

Tendría problema al poner huellas en la comisaría estando de baja en la Seguridad Social o de alta con otra empresa?
03/05/2020 15:45
mm1
Hola :

Si se cumplió con la condición establecida reglamentariamente para que adquiera eficacia la autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena inicial que le fue concedida ( afiliación y alta en la Seguridad Social), la autorización efectivamente adquirió eficacia - y con ella, el contrato de trabajo sobre cuya base le fue concedida la autorización, con lo cual, desplegó plenamente sus efectos- y por ello, es usted titular de una autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena que está en vigor y que ha desplegado plenamente sus efectos. Que por ahora no pueda expedirse la tarjeta de identidad de extranjero por haberse suspendido los servicios de las comisarías del Cuerpo Nacional de Policía, no afecta a la validez y eficacia de su autorización. La tarjeta de identidad de extranjero podrá solicitarse posteriormente, en cuanto se reabra la atención al público en las comisarías del Cuerpo Nacional de Policía.

Si su empleador lo despide por las circunstancias actuales, tendrá que procederse conforme a lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores. Y usted puede buscar otro empleador, pudiendo utilizar para el efecto los servicios públicos de colocación ( aquí en Cataluña, el Sevei d'Ocupació de Catalunya,ma través de la Oficina de Treball de la Generalitat de Catalunya).

Con todo, si su autorización es inicial, debe tener en cuenta que las autorizaciones iniciales suelen tener durante su vigencia una limitación geográfica ( solo dentro del ámbito territorial de la provincia para la que se le concedió) y una limitación de sector de actividad ( solo en el sector para el que se le concedió).

Un cordial saludo.
04/05/2020 10:56
Condedecartagena
Excelente, muchísimas gracias! Estuve buscando mucho online pero sin conseguir respuesta tan precisa.
Cuenta ajena inicial y despido | PorticoLegal
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Cuenta ajena inicial y despido

2 Comentarios
 
Cuenta ajena inicial y despido
02/05/2020 15:41
Hola.

Hace unas semanas me aprobaron el permiso de residencia y trabajo por cuenta ajena inicial y mi empleador me dio de alta en la Seguridad Social. Pero mi empleador me notificó que por las circunstancias difíciles de la empresa, me tendrá que despedir en 2 semanas y ya estoy buscando otro empleador.

No hay citas para poner huellas para conseguir la tarjeta de residencia. Puedo leer en el sitio web de Extranjería que "La eficacia de la autorización de residencia y trabajo concedida está condicionada a la afiliación y alta del trabajador en la Seguridad Social", y entiendo que he satistfecho la condición.

Tendría problema al poner huellas en la comisaría estando de baja en la Seguridad Social o de alta con otra empresa?
03/05/2020 15:45
mm1
Hola :

Si se cumplió con la condición establecida reglamentariamente para que adquiera eficacia la autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena inicial que le fue concedida ( afiliación y alta en la Seguridad Social), la autorización efectivamente adquirió eficacia - y con ella, el contrato de trabajo sobre cuya base le fue concedida la autorización, con lo cual, desplegó plenamente sus efectos- y por ello, es usted titular de una autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena que está en vigor y que ha desplegado plenamente sus efectos. Que por ahora no pueda expedirse la tarjeta de identidad de extranjero por haberse suspendido los servicios de las comisarías del Cuerpo Nacional de Policía, no afecta a la validez y eficacia de su autorización. La tarjeta de identidad de extranjero podrá solicitarse posteriormente, en cuanto se reabra la atención al público en las comisarías del Cuerpo Nacional de Policía.

Si su empleador lo despide por las circunstancias actuales, tendrá que procederse conforme a lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores. Y usted puede buscar otro empleador, pudiendo utilizar para el efecto los servicios públicos de colocación ( aquí en Cataluña, el Sevei d'Ocupació de Catalunya,ma través de la Oficina de Treball de la Generalitat de Catalunya).

Con todo, si su autorización es inicial, debe tener en cuenta que las autorizaciones iniciales suelen tener durante su vigencia una limitación geográfica ( solo dentro del ámbito territorial de la provincia para la que se le concedió) y una limitación de sector de actividad ( solo en el sector para el que se le concedió).

Un cordial saludo.
04/05/2020 10:56
Condedecartagena
Excelente, muchísimas gracias! Estuve buscando mucho online pero sin conseguir respuesta tan precisa.