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Cuentas bancarias en extranjero - declaración renta

2 Comentarios
 
Cuentas bancarias en extranjero - declaración renta
27/04/2020 15:59
Buenas tardes. Quería pedir asesoramiento sobre como debo proceder para entrar en legalidad y declarar cuentas bancarias en el extranjero (UE) en la Declaración de la Renta.

El importe total es muy inferior a 50.000eu. Entiendo que en este caso no tengo obligación de presentar el modelo 720, pero si de declarar los intereses que generan esas cuentas, ¿es correcto? ¿Como debo proceder para que la Agencia Tributaria contabilize estas cuentas?

Muchas gracias.
29/04/2020 13:56
altzia
Por lo que dice usted es una persona física que tiene obligación de presentar IRPF (modelo 100) en España y es titular de una cuenta corriente en el extranjero con un saldo superior a 50.000 euros.


En consecuencia tiene obligación de presentar el modelo 720, siempre que el saldo a 31 de diciembre supere los 50.000 euros, o en caso de depósitos bancarios cuando su saldo medio supere los 50.000 euros. Hay una excepción. No tendrá que presentar el modelo 720 cuando el valor de cada bien o derecho no se haya incrementado en 20.000 euros cada uno, con respecto el último 720 presentado (quizá sea ese su caso dado que dice que no tiene obligación de presentar el modelo 720).



En el modelo 720 se debe incluir lo siguiente:

Cuentas bancarias en el extranjero
Acciones y similares
Bonos o préstamos
Sociedades y fondos de inversión
Seguros de vida o invalidez, cuando la entidad aseguradora se encuentre en el extranjero
Propiedad, usufructo, multipropiedad, etc.
Los bienes que quedan excluidos del modelo 720 son las joyas, vehículos, oro, etc.


Por otra parte, si tiene rendimientos en esa cuenta, debe declararlos en el modelo 100 (rendimientos de capital mobiliario), en la casilla correspondiente al tipo de rendimiento generado, porque el modelo 720 es una declaración informativa y no lleva aparejada liquidación.


Salvo mejor criterio.
29/04/2020 22:38
Oblomochia
Soy titular de cuenta bancaria en el extranjero son saldo INFERIOR a 50.000euro. ¿Que obligaciones tengo en este caso?
Trabajo como autónoma en España y presento las declaraciones trimestrales y anualmente la Declaración de la Renta.

Gracias.
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2 Comentarios
 
Cuentas bancarias en extranjero - declaración renta
27/04/2020 15:59
Buenas tardes. Quería pedir asesoramiento sobre como debo proceder para entrar en legalidad y declarar cuentas bancarias en el extranjero (UE) en la Declaración de la Renta.

El importe total es muy inferior a 50.000eu. Entiendo que en este caso no tengo obligación de presentar el modelo 720, pero si de declarar los intereses que generan esas cuentas, ¿es correcto? ¿Como debo proceder para que la Agencia Tributaria contabilize estas cuentas?

Muchas gracias.
29/04/2020 13:56
altzia
Por lo que dice usted es una persona física que tiene obligación de presentar IRPF (modelo 100) en España y es titular de una cuenta corriente en el extranjero con un saldo superior a 50.000 euros.


En consecuencia tiene obligación de presentar el modelo 720, siempre que el saldo a 31 de diciembre supere los 50.000 euros, o en caso de depósitos bancarios cuando su saldo medio supere los 50.000 euros. Hay una excepción. No tendrá que presentar el modelo 720 cuando el valor de cada bien o derecho no se haya incrementado en 20.000 euros cada uno, con respecto el último 720 presentado (quizá sea ese su caso dado que dice que no tiene obligación de presentar el modelo 720).



En el modelo 720 se debe incluir lo siguiente:

Cuentas bancarias en el extranjero
Acciones y similares
Bonos o préstamos
Sociedades y fondos de inversión
Seguros de vida o invalidez, cuando la entidad aseguradora se encuentre en el extranjero
Propiedad, usufructo, multipropiedad, etc.
Los bienes que quedan excluidos del modelo 720 son las joyas, vehículos, oro, etc.


Por otra parte, si tiene rendimientos en esa cuenta, debe declararlos en el modelo 100 (rendimientos de capital mobiliario), en la casilla correspondiente al tipo de rendimiento generado, porque el modelo 720 es una declaración informativa y no lleva aparejada liquidación.


Salvo mejor criterio.
29/04/2020 22:38
Oblomochia
Soy titular de cuenta bancaria en el extranjero son saldo INFERIOR a 50.000euro. ¿Que obligaciones tengo en este caso?
Trabajo como autónoma en España y presento las declaraciones trimestrales y anualmente la Declaración de la Renta.

Gracias.