Tengo un par de dudas con una sanción que me han comunicado:
La sanción consiste en suspensión de empleo y sueldo de 5 días a cumplir a partir del día de incorporación tras la maternidad pero dicha sanción va a ser impugnada por prescripción de la falta. Teniendo en cuenta las fechas en las que nos encontramos puede que la conciliación se celebre con posterioridad a la fecha en la que la empresa me indica que se hace efectiva la suspensión.
Mi duda es, si la conciliación se celebra con posterioridad, ¿debo cumplir la sanción?
Además, tengo pensado pedir reducción de jornada por guarda legal y por lactancia, ¿tengo que esperar a que se celebre la conciliación? ¿la solicito a partir del día en que me reincorporo (sin tener en cuenta la sanción) o a partir del día en que dicha sanción finaliza?
- Solicito la reducción de jornada y lactancia a partir de la fecha en la que me debía de incorporar tras la maternidad.
- Si la conciliación se celebra con posterioridad a la fecha de cumplimiento de la sanción, cumplo ésta y si es declarada nula, me tiene que abonar esos días (supongo que deberán cotizar también esos días).
Por cierto, ¿cuánto tiempo puede tardar en celebrarse el acto de conciliación una vez presentada la solicitud?