Vaya a www.valcap.es a la sección articulos, administración de fincas, y ahi tiene toda la información, y la convocatoria modelo que tiene que hacer para negarle el voto
En la convocatoria al final tienes que poner los propietarios que no tiene derecho a voto, con la cantidad que adeuda a la comunidad, para que a la hora de votar se le pueda negar ese voto, pues si no lo haces asi la convocatoria no sera legal
Si al moroso se le ha de enviar citación a domicilio distinto por haberselo éste indicado así (por escrito) al Secretario de la Junta ¿en la citación se le debe apercibir de la cantidad que adeuda para que, si quiere tener derecho a voto, se ponga al corriente?
Caso de que no se le comunique en la citación su condición de moroso ¿podría impugnar judicialmente el acta si no asiste a la reunión y discrepa en algún acuerdo que en ella se haya tomado?
La convocatoria tiene que ser legal. Lugar, fecha hora de la convocatoria, en primera y hora de convocatoria en segunda. Orden del día= puntos a debatir Firma del Presidente. RElación de Propietarios que no pueden votar con las cantidades que adeudan. Y una delegación de voto, por si no acude y quiere delegar en alguien. Si el moroso paga la cantidad antes de la reunión, tiene derecho a voto. Si no se pone su condición de moroso la citación no es legal, pues no se le indica que no puede votar y por que cantidad. Consejo si debe el recibo de enero, febrero y marzo, ponga enero 20eruos, febrero 20 eruos , marzo 20 euros total de cantidad adeudada 60 euros
Vale con que si no pagas una cuota eres moroso. Pero ¿qué pasa si no pagas porque no sabes lo que tienes que pagar? Por ejemplo, en mi comunidad pagamos en mano, tanto la cuota como el recibo del agua. El administrador le tiene "gato" a uno de los vecinos, y nunca le indica lo que tiene que pagar en concepto de agua. ¿Qué se hace entonces? Saludos
El vecino que le mande un telegrama al administrador, instandole a que le de las lecturas y los importes, y si no se los da, el vecino que vea el ultimo recibo que le paso, que mire que pone como ultima lectura, que lea el contador y que se haga el la cuenta, que ingrese el dinero en la cuenta de la comunidad y que le envie una carta al administrador por burofax con copia del ingreso. El Presidente en la Convocatoria tendrá que poner lo que debe para no permitirle votar, y si el paga antes o justifica que lo ha pagado, no se le puede negar el votar.
Moroso cuando no paga la cuoata de la comunidad, o también cuando no paga una cuota de gastos extrordinarios, en este caso,¿ tampoco tiene derecho a voto?
y si la cuota de unos gastos extraordinarios se pagan en 4 veces y no has abonado las dos primeras, porque prefieres abonarlo todo al final que es un mes donde tengo menos gastos, a pesar de que la junta se oponga, tampoco tengo derecho a voto???
Tampoco tiene derecho a voto mientras usted no cumpla lo que se acordo en la junta de propietarios. Si la reunion es antes de que usted pague esas dos primeras cuotas, usted no podra votar