Hola. Una cosa es la CUOTA DE PARTICIPACION EN ELEMENTOS COMUNES (COEFICIENTE) y otra es la CUOTA PARA LOS GASTOS. Imagine que el bajo comercial está exento de contribuir a los gastos de portal. Si se usara el coeficiente, NO se cubriría el 100 % de los gastos. Tampoco sería lógico que un piso de 6 habitaciones o un despacho profesional con gran cantidad de visitas, pero igual metros cuadrados que uno de 3, pagase igual comunidad, al entenderse que el uso y desgaste que harán sus moradores de las zonas comunes será mucho mayor. Todo esto lo recoge el art. 5 de la LPH, que regula la adopción de un sistema de pago que no tiene que ser, necesariamente, el del coeficiente. Un saludo.
Mi caso vivo en un edificio de 7 pisos y 27 vecinos 2 de ellos son locales.
Mi escritura de mi vivienda pone.Piso 90m 20m plaza de parking(Indivisible) Con una cuota de 2,96%.
Mi administradora me aplica en los gastos y mantenimientos de la finca 2.70% El garaje lo lleva otro administrador No se muy bien por que.
El caso e que ella me pasa una facturas cada 2 meses Si le aplicamos la cuota que ella me da no me cuadra.
Ella me pasa la facturas detallada por grupos.
En el que pagamos por cuota de participacion Sale lo siguiente.
Gasto total grupo 03 viviendas. 6299,54€ Mi recibo es de =287,36€
Segun mis cuentas 6299,54-2.70%=170,08€
Esto es correcto? .
PD:En gasto como costruncion de una rampa o el cambio de una pieza de ascensor o el areglo de techo de luz de escalera no se tendria que pagar a parte iguales?
en su escritura de la vivienda figura el garaje como anexo o como propiedad independiente? si es independiente tiene designado un coefeciente? bien podria ser que los gastos del garaje se divida entre el nº de ellos en los gastos de la vivienda se tiene que contribuir con la cuota asignada en su escritura, la rampa si es del garaje, pues depende de lo indicado anteriormente
jalisco, él ya ha dicho que el piso y el garaje son indivisibles, por lo que es de suponer que constituyan una única finca registral. Por eso no se entiende que los garajes los lleve otro administrador. Ahí es donde está el problema. El edificio es una única comunidad y por tanto debe haber un único administrador.
El problema es que Miguel no entiende cómo se calcula su cuota de administración y miguelsercos lo ha explicado perfectamente.
Cuota de participación y coeficiente de propiedad, aunque en ocasiones puedan coincidir, no son conceptos sinónimos.
Imaginemos un edificio compuesto de 9 viviendas y un local con un coeficiente de propiedad de un 10 % cada componente y un presupuesto de 1.000,00 € anuales.
Si repartimos los 1.000,00 € anuales entre todos los componentes, resultaría que cada uno debería pagar 100,00 €, en aplicación de su coeficiente de propiedad.
1.000,00/10 = 100,00 €.
Imaginemos ahora que ese edificio tuviera ascensor, el coste de mantenimiento del ascensor fuera de 100,00 € anuales y que el local estuviera estatutariamente exonerado de contribuir al gasto de mantenimiento del mismo.
Lógicamente, el resto de viviendas no podrían contribuir con su coeficiente de un 10%, sino que habría que calcular su cuota de participación en los gastos de mantenimiento del ascensor porque el local no contribuye y para calcular su cuota de participación, habría que tomar como base, el coeficiente de propiedad..
1.000/9 = 11,11111111111111.
La cuota de participación de cada vivienda para mantener el coste de conservación del ascensor será del 11,11111111111111 % y no el 10 % que es el coeficiente de propiedad.
11,11111111111111 x 9 = 100.
El caso planteado es sencillo para que usted comprenda el concepto.
En los casos en los que los coeficientes de propiedad fueran diferentes, habría que hacer una regla de tres para calcular la cuota de participación a aplicar.
Por todo ello le recomiendo que pregunte a su administradora como realiza los cálculos para salir de dudas.
De todas formas en los estatutos lo clarifica perfectamente. Cuota de participación X% Gastos escaleras portal, partes iguales si todas las viviendas son iguales, o X% gastos portal escalera, ascensor y servicios del mismo.
Hola primero de todo. El garaje es un anejo y me pone que es indivisible.
Bueno en mi fica real mente hay 3 comunidades.
1-Mi finca
2- el garaje
3- El resto de la finca que tiene una entrada en la otra calle por lo visto hace tiempo se separando de nuestra comunidad..Cada uno tiene su propio Nif
Pasacero:No tenemos estatutos.
DickTurpin:Es verdad que lo a explicado bien(aunque yo no lo comprenda muy bien para esto soy mu negao).
Yo Sigo sin entender que independientemente de lo que marque mi escritura (2.96%)La comunidad me diga:
Que la finca situada en calle..x. de dicha ciudad, ala que le corresponde, Segun ESCRITURA Y ESTATUTOS(que yo los e pedido no tenemos)Una participacion de 2,70% en los elementos comunes y por lo tanto la obligacion de pagos de los gasto comunes y conservacion.
Por eso le he dicho que hable con su administrador.
Usted paga atendiendo a su CUOTA DE PARTICIPACIÓN EN GASTOS.
La base para calcular su cuota de participación es el COEFICIENTE DE PROPIEDAD -2,70 %-, que menciona su escritura.
Por ello debe averiguar como ha calculado su administrador su cuota de participación en gastos y ya he explicado la sistemática en la otra contestación.