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Cuota de vivienda en bajo cubierta

3 Comentarios
 
12/12/2003 11:08
Art. 5 de la LPH:
En el título constitutivo se fijará la cuota de participación que corresponde a cada piso o local, determinada por el propietario único del edificio al iniciar su venta por pisos, por acuerdo de todos los propietarios existentes, por laudo o resolución judicial. Para su fijación se tomará como base la superficie útil de cada piso o local en relación con el total del inmueble, su emplazamiento interior o exterior, su situación y el uso que se presuma racionalmente que va a efectuarse de los servicios o elementos comunes.

Por tanto aquí está la clave para deteerminar la cuota: superficie útil, emplazamiento, situación y uso de lementos comunes.
No se cómo figurará en el titulo constitutivo la cuota de su ático pero le aconsejo que se ponga en contacto con el arquitecto para determinar sus cuotas y presentar dicho informe ante la Junta de Propietarios para que las apruebe por unanimidad.

Contestando a Marili, te diré que la subida de los techos puede modificar la cuota si esa subida implica un aumento de la superficie útil de la vivienda (no se si sabras que no se contabiliza como superficie util de una vivienda hasta una determinada altura de los techos).

Salu2 y Feliz Navidad
12/12/2003 10:06
Aprovechando la preguta :).... La elevacion de los techos implica un aumento en la cuota de participacion????Gracias y besitos.
11/12/2003 21:02
Si la escritura de división horizontal y obra nueva donde figuraba un trastero, y ponía que se podría usar como vivienda, en esa escritura ya vendría un porcentaje de participación que podría ser por todo el conjunto o sea vivienda y trastero o por separado.
Con lo cual no tiene que cambiar su cuota de participación. No siendo, que en la escritura se especificase que si hacia usted vivienda seria modificada dicha cuota, pero le vendrá como se modificará.
Los registradores no dejan nada al azar cuando registran una escritura de División Horizontal,
Cuota de vivienda en bajo cubierta
09/12/2003 19:20
Tenia un local bajo cubierta declarado como trastero y en escrituras ponía que se podía usar como vivienda y también que tenía permiso de elevar la altura.
El año 1997 legalicé la vivienda con proyecto de arquitecto y permiso del ayuntamiento.
Ahora el problema está en que no nos ponemos de acuerdo cuanto tiene que ser la cuota de participación.
Las viviendas tienen unos 65 mts, cuadarados y mi atico 24. La subida de mi cuota como se distribuiria?
Habría que tocar tambien las cuotas de los locales comerciales y garajes?
Un saludo y gracias
Cuota de vivienda en bajo cubierta | PorticoLegal
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Cuota de vivienda en bajo cubierta

3 Comentarios
 
12/12/2003 11:08
Art. 5 de la LPH:
En el título constitutivo se fijará la cuota de participación que corresponde a cada piso o local, determinada por el propietario único del edificio al iniciar su venta por pisos, por acuerdo de todos los propietarios existentes, por laudo o resolución judicial. Para su fijación se tomará como base la superficie útil de cada piso o local en relación con el total del inmueble, su emplazamiento interior o exterior, su situación y el uso que se presuma racionalmente que va a efectuarse de los servicios o elementos comunes.

Por tanto aquí está la clave para deteerminar la cuota: superficie útil, emplazamiento, situación y uso de lementos comunes.
No se cómo figurará en el titulo constitutivo la cuota de su ático pero le aconsejo que se ponga en contacto con el arquitecto para determinar sus cuotas y presentar dicho informe ante la Junta de Propietarios para que las apruebe por unanimidad.

Contestando a Marili, te diré que la subida de los techos puede modificar la cuota si esa subida implica un aumento de la superficie útil de la vivienda (no se si sabras que no se contabiliza como superficie util de una vivienda hasta una determinada altura de los techos).

Salu2 y Feliz Navidad
12/12/2003 10:06
Aprovechando la preguta :).... La elevacion de los techos implica un aumento en la cuota de participacion????Gracias y besitos.
11/12/2003 21:02
Si la escritura de división horizontal y obra nueva donde figuraba un trastero, y ponía que se podría usar como vivienda, en esa escritura ya vendría un porcentaje de participación que podría ser por todo el conjunto o sea vivienda y trastero o por separado.
Con lo cual no tiene que cambiar su cuota de participación. No siendo, que en la escritura se especificase que si hacia usted vivienda seria modificada dicha cuota, pero le vendrá como se modificará.
Los registradores no dejan nada al azar cuando registran una escritura de División Horizontal,
Cuota de vivienda en bajo cubierta
09/12/2003 19:20
Tenia un local bajo cubierta declarado como trastero y en escrituras ponía que se podía usar como vivienda y también que tenía permiso de elevar la altura.
El año 1997 legalicé la vivienda con proyecto de arquitecto y permiso del ayuntamiento.
Ahora el problema está en que no nos ponemos de acuerdo cuanto tiene que ser la cuota de participación.
Las viviendas tienen unos 65 mts, cuadarados y mi atico 24. La subida de mi cuota como se distribuiria?
Habría que tocar tambien las cuotas de los locales comerciales y garajes?
Un saludo y gracias