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Curiosa medicion de alcoholemia

83 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 83 comentarios
Curiosa medicion de alcoholemia
03/07/2007 19:37
Hola buenas tardes. Me ha llegado un cliente con un PA de delito del art. 379. Lo curioso es que las tasas de alcohol en sangre son a las 7.17 0,91 mg/litro y a las 7.33 0,93 mg/litro. Me llama la atención que en vez de disminuir aumente y que en la denuncia el propio agente proponía multa de 600 euros y suspensión por un mes de licencia. El asunto se archivó inicialmente, el MF recurrió se reabrió y ahora el MF pide multa de diez meses a cuota diaria de 6 euros, y dos años de privación de licencia. Lo curioso del caso es que en el atestado todos los signos externos hablan de normalidad, deambulación normal, habla clara, etc y por ello en el escrito de calificación del fiscal se dice que para el caso de que haya absolución se remitan las actuaciones a Tráfico. No sería más lógico no haber admitido el recurso inicial del MF y que esto ya hubiera tenido su sanción en vía admiva?? Hablamos de una denuncia de 16.05.04 cuya vista será el 9.07.07. SAludos.
03/07/2007 21:17
Bueno, seguramente el Fiscal se basara en unas tasas a partir de las cuales pediran delito en ese partido judicial, pero con esos signos externos no tendras dificil el trabajo.

En cuanto a que el fiscal dice que se remitan las actuaciones a Trafico, solo dice lo que indica la instrucción de la FGE.
03/07/2007 21:22
Espero que así sea. No es curioso que la segunda medición dé mayor tasa cuando se hace minutos después, debería ser menor ¿No?


Saludos a todos.
03/07/2007 21:52
No, no es raro...
El alcohol hace una curva ascendente hasta llegar a su meseta y luego descendente.
A su cliente le pilló en la curva ascendente...
Saludos.
03/07/2007 21:58
Ahí parece que alguien se ha pasado de listo y apesta a cierta mala folla y a mentira podrida. Si realmente intuye que por ahí van los tiros no "deje pasar" el tema así como así y exija las debidas responsabilidades, incluso penales, a que haya lugar.
No se puede jugar tan alegremente con ciertos derechos de las personas, por no decir algo peor.
04/07/2007 08:32
Buenos días. ¿Qué quieres decir kelseniano, qué puede estar mal medido o que el aparato de medición estaba mal, porque las tiras de las mediciones son las que expuse? A Joé le digo que es la primera vez que lo veo y por ello te pregunto si eso quiere decir que mi cliente acaba de beber los dos gintonics que dijo que había bebido pero que eran casi las 7,30 horas de la mañana y no había desayunado. Saludos.
04/07/2007 14:13
Te adjunto un enlace en el cual está bastante bien explicada la curva de la alcoholemia:

http://www.coet.es/CurvaAlcohol.htm

En mi modesto entender, un médico lo explicaría mucho mejor, la meseta de la alcoholemia se va retrasando a medida que se van ingeriendo bebidas alcohólicas; cuanto más tiempo haga que se ha ingerido la última bebida, más probabilidades hay de que la segunda tasa sea inferior a la primera.
Yo he realizado multitud de test de alcoholemia y he visto resultados de todos los tipos, ascendentes, descendentes y resultados idénticos entre las dos pruebas, con un intervalo entre los diez y los veinte minutos.
Sobre lo de la Fiscalía, símplemente han aplicado la instrucción de su C.A., se supone que, una vez superada una tasa de alcoholemia (en mi C.A. es 0.60 mg. de alcohol por litro de aire espirado), el conductor se tiene que hallar bajo la influencia de bebidas alcohólicas, y por tal motivo la Fiscalía acusa.
De todas formas, si el acta de sintomatología es favorable a su cliente, no creo que tenga mayores problemas en que el mismo salga absuelto penalmente.
Por otra parte me parece extraño que con una tasa de alcoholemia tan alta sólamente propusiesen un mes de retirada; de todas formas eso es sólamente orientativo, el instructor del expediente sancionador subirá, posiblemente, la propuesta de retirada.
Saludos.
04/07/2007 14:19
Supongo que sobra decir que consulte el certificado de verificación del etilómetro; tienen de validez una año.
Si las pruebas se realizaron dentro del plazo marcado por el certificado, las mismas son válidas.
De todas formas vaya "saque" que tiene su cliente, con 0.91 y con 0.93 mg./l. la mayoría de los mortales, como mínimo, no aguantamos el equilibrio correctamente....
Saludos.
04/07/2007 14:21
... o había consumido también cocaína, que elimina muchos de los efectos del alcohol...
04/07/2007 14:42
El certificado de verificación del etilómetro no sé como puedo verlo en el expediente. Tal documento no está. La sintomatología externa es favorable, comprotamiento normal, deambulación normal, ningún dato destacable, etc. Lo del asunto de la cocaína no lo sé ni lo he preguntado. Te diré que es una persona fuerte y según el dijo había tomado dos gintonics. En fin, muchas gracias.
04/07/2007 14:48
Yo no soy abogado, pero supongo que si no está adjunto al atestado, tendrá que solicitarlo, a través del Juzgado, a la Policía Local o a la Guardia Civil, al cuerpo que realizó las pruebas.
Por lo que ha dicho, me imagino que al no evidenciar síntomas, los funcionarios actuantes redactaron la denuncia administrativa, adjuntaron el acta de sintomatología, el acta de las pruebas realizadas, y los "tiquets" y lo remitieron a la Jefatura Provincial de Tráfico; de allí, al ver la elevada tasa, lo debieron enviar al Juzgado.
Fue así?
Saludos.
04/07/2007 16:03
Si no hay sintomatología alguna y sucedió lo que usted dice, para mí, lo más posible es que el "error" (gran eufemismo) no puede residir en aparato alguno, explicarse por curvas donde en apenas 20 minutos en lugar de bajar (como hemos constatado todos) sube el índice, ni muchos menos que eso se deba a consumo de cocaína o compuesto milagroso que explique algo que es a todas luces inexplicable.
Pero lo más esotérico es que el procedimiento administrativo se archive y que el Fiscal, que como todos sabemos está aburridísimo sin nada que hacer y que va mirando las pilas de expedientes archivados buscando los que incorporan una tasa elevadísima de impregnación para imputar a su odioso autor en aras al bien común e interés social colectivo, impute cuando la tasa es la que se cita.
Ahí hay algo más que raro que, por decirlo de forma suave, apesta.
El "error" es cosa más intencionalmente "humana" , que material (aparatos, teorías, sustancias, etc.).
Si acaba habiendo proceso judicial indague y pregunte a los intervinientes. Ya verá cómo se divierte con las explicaciones y teorías que saldrán a colación.
04/07/2007 16:06
El certificado del etilometro suele estar en el atestado; sino está, debe ponerlo de manifiesto para restar validez a los resultados de las pruebas, que no deberían ser tenidos en cuenta.

Si el acta de sintomatología es favorable, tiene una muy probable absolución al alcance.

En cuanto a que la segunda prueba arroje un resultado superior a la primera, no es tan extraño, por lo que ha explicado joé.

Por cierto, en fase administrativa, tambíen se podría recurrir la sanción si no consta certificado de validez del etilómetro, con posibilidades de éxito si no aparece el mismo.

Un saludo.
04/07/2007 16:29
Mira Kelseniano, parece que estás, permanentemente, enfadado con el mundo.
Las instrucciones de Fiscalía son lo que que son, y no hay "error" ninguno; cuando se supera una determinada tasa, el MF acusa y el abogado defiende.
Lo de la curva no lo digo yo, lo dice gente mucho más sesuda que un servidor; son efectos que pueden ser explicados médicamente, y no hay que ser muy inteligente para saber que hasta que no ha llegado a su cima, el alcohol sube, para luego bajar; la "soplada" en el etilómetro no paraliza al alcohol, no lo acoj ona, sigue subiendo hasta que llega a su cénit, haya soplado el individuo o no; también puede mantenerse o bajar, dependiendo en que fase está el alcohol.
La cocaína no reduce la tasa de alcohol en aire o en sangre, pero sí que disimula sus efectos.
Una persona que haya tomado cocaína pude "clavarse" un montón de whiskis sin que se le aprecie la ingesta alcohólica, pero no por ello disminuye su alcoholemia, ni sus efectos, pero si que disimula su ingesta, a pesar de que, posiblemente, refleje otra sintomatología distinta al del alcohol.
Por otra parte, a mí, particularmente, me parece muy bien que un Fiscal indague; una tasa de alcohol de 0.91 y 0.93, es una burrada, y no me gustaría cruzarme con ese señor al volante; si luego el abogado defensor consigue su objetivo, pues me parece muy bien...
Yo, particularmente, como Policía Local, si me encuentro con un caso como el reflejado por MACF, le requiero formalmente para realizarse las pruebas de detección de drogas, sustancias estupefacientes y psicotrópicas.
Eso suponiendo que sea en un control; si la actuación está motivada por una conducción extraña o por accidente, detengo al conductor.
04/07/2007 16:37
Además, amigo Kelseniano, dices que el procedimiento administrativo se archiva...
por lo que leo y entiendo yo, ya que el MF no pinta nada en el procedimiento administrativo, lo que se archivó fue el tema penal, que se reabrió a instancias del Fiscal... amos digo yo!
04/07/2007 18:01
Hola buenas tardes. En este expediente en concreto es que la Jefatura de Tráfico remitió al Juzgado las actuaciones imagino que por la tasa alta de alcoholemía. El Juzgado abrió y diligencias y en la misma resolución las archiva. El MF recurre y se interroga al imputado y se ha abierto PA. Por cierto, a pesar de que la tasa es alta no tenía ningún signo externo de embriaguez, ni siquiera olor a alcohol, el comportamiento fue normal, no hubo ningún accidente y después de la segunda medición los agentes lo dejaron marchar.Saludos a todos y gracias.
04/07/2007 19:01
Cuando no se opina como la hace alguno, se está enfadado con el mundo, se odia a éste o sólo se defiende a los quebrantadores de la legalidad, evidentemente siempre en contra de los escrupulosos aplicadores de la misma. Cuando son otros los que discrepan, hacen honor a su sagrado derecho a su libertad. En fin, siempre la misma desgastada cantinela.
Habla de la cocaína cuando podrá retrasar o disimular los efectos del alcohol (doctrina conocida y nada vieja, pero novedosa en cuanto a su aplicación junto a otras drogas), pero ¿cuando tampoco hay efecto alguno de nerviosismo, alteración, deambulación constante, y todos los efectos que origina la coca que se haya tomado y que para paralizar el alcohol de varias copas no deberá de ser poca? ¿Es que la coca deja a las personas mediodormidas como si fueran yonkis de 2 gramos que caballo al día? Capaz que sí.
A mí me sigue extrañando, y mucho, que un fiscal recurra un archivo cuando el propio atestado informa de la inexistencia de sintomatalogía alguna. Claro que tras algunos años pateando juzgados uno se lo cree todo, hasta que haya fiscales que hagan eso, y mucho más. Pero no es normal.
Entendí que la Jefatura había procedido al archivo del expediente, al tiempo que remitía actuaciones al juzgado. Veo que MACF dice que no fue así. Pues vale. Nada que objetar. Pero que resulta raro que el fiscal recurra algo que el propio atestado casi contradice, pues allá él. O no se leyó bien el atestado, o no tomó buen café matutino, o vayamos a saber por qué recurrió. Pero normal, no lo es.
Bastará citar a los agentes para que, si dicen la verdad de lo ocurrido según refleja el atestado (parece ser, por supuesto), la cosa quede en simple malgasto de recursos públicos. Una vez más.
Mientras tanto hay decenas de conductores con los puntos del carnet agotados por infracciones a los que todavía no se les ha retirado el carnet. Estos sujetos parece ser que no son peligro alguno para nadie ni nada, aunque algo de trabajo pueden dar.
04/07/2007 19:37
Estimado foreros. Lo que yo digo es que lo más seguro es que esto no sea un ilícito penal y si admivo. Nada más. Saludos a todos.
05/07/2007 11:11
Pues sí MACF, seguro que eso terminará en una sanción administrativa...
Y será una sanción administrativa porque los funcionarios que hicieron las pruebas fueron extremadamente benignos, ya que, como mínimo, tras tomar dos gin tonics, el aliento huele a alcohol; de hecho, para dar esas tasas no basta con tomar dos gin tonics, hay que tomar más bebidas alcohólicas a lo largo de la noche.
Cuando haces las pruebas en un lugar cerrado, mantenemos la manguera del etilómetro, mientras el mismo está en el proceso de inicio, lejos del conductor, ya que si está a un metro o metro y medio, a veces, el aparato detecta alcohol en el ambiente y has de reiniciar el proceso ( y eso ocurre, incluso, con tasas de alcoholemia mucho menores a las descritas); si eso es así, no me explico, a no ser que la pituitaria de los funcionarios no actuase correctamente, que no oliese a alcohol.
Por supuesto que el olor a alcohol no evidencia, por sí mismo, una influencia del mismo en la conducción.
Sobre la actitud del Fiscal, reitero, me parece normal y aplica símplemente sus directrices.
Sobre la saturación en las Jefaturas de Tráfico y los puntos...si no recuerdo mal en este foro hay foristas que recomiendan presentar siempre alegaciones a las denuncias adminstrativas para SATURAR el sistema y provocar prescripciones; sistema desde luego legal y lícito, e...inmoral...bajo mi punto de vista. El que está jugando con la vida de los demás no debería tener esas prerrogativas, el que pierde todos los puntos en un espacio corto de tiempo no es que tenga mala suerte, es que es un homicida en potencia que se pasa por el forro, habitualmente, las limitaciones de velocidad, las tasas de alcoholemia y la conducción responsable, y que no juega solo con su vida, también lo hace con la de los demás.
El salvaje que estamos hartos de ver todos por las distintas carreteras y calles de nuestro país, cuando se estrella normalmente lo hace contra otro o sobre otro, y para mí son homicidas, pero claro, ese pobrecito es una víctima porque se juega con sus derechos; los derechos del que muere por culpa de un cafre, no tienen importancia.
05/07/2007 11:17
Comparto tus ideas. Pero he de decirte que tal como se redactó la denucia creo que nunca debió salir del ámbito adminsitrativo. Un saludo y muchas gracias.
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03/07/2007 19:37
Hola buenas tardes. Me ha llegado un cliente con un PA de delito del art. 379. Lo curioso es que las tasas de alcohol en sangre son a las 7.17 0,91 mg/litro y a las 7.33 0,93 mg/litro. Me llama la atención que en vez de disminuir aumente y que en la denuncia el propio agente proponía multa de 600 euros y suspensión por un mes de licencia. El asunto se archivó inicialmente, el MF recurrió se reabrió y ahora el MF pide multa de diez meses a cuota diaria de 6 euros, y dos años de privación de licencia. Lo curioso del caso es que en el atestado todos los signos externos hablan de normalidad, deambulación normal, habla clara, etc y por ello en el escrito de calificación del fiscal se dice que para el caso de que haya absolución se remitan las actuaciones a Tráfico. No sería más lógico no haber admitido el recurso inicial del MF y que esto ya hubiera tenido su sanción en vía admiva?? Hablamos de una denuncia de 16.05.04 cuya vista será el 9.07.07. SAludos.
03/07/2007 21:17
Bueno, seguramente el Fiscal se basara en unas tasas a partir de las cuales pediran delito en ese partido judicial, pero con esos signos externos no tendras dificil el trabajo.

En cuanto a que el fiscal dice que se remitan las actuaciones a Trafico, solo dice lo que indica la instrucción de la FGE.
03/07/2007 21:22
Espero que así sea. No es curioso que la segunda medición dé mayor tasa cuando se hace minutos después, debería ser menor ¿No?


Saludos a todos.
03/07/2007 21:52
No, no es raro...
El alcohol hace una curva ascendente hasta llegar a su meseta y luego descendente.
A su cliente le pilló en la curva ascendente...
Saludos.
03/07/2007 21:58
Ahí parece que alguien se ha pasado de listo y apesta a cierta mala folla y a mentira podrida. Si realmente intuye que por ahí van los tiros no "deje pasar" el tema así como así y exija las debidas responsabilidades, incluso penales, a que haya lugar.
No se puede jugar tan alegremente con ciertos derechos de las personas, por no decir algo peor.
04/07/2007 08:32
Buenos días. ¿Qué quieres decir kelseniano, qué puede estar mal medido o que el aparato de medición estaba mal, porque las tiras de las mediciones son las que expuse? A Joé le digo que es la primera vez que lo veo y por ello te pregunto si eso quiere decir que mi cliente acaba de beber los dos gintonics que dijo que había bebido pero que eran casi las 7,30 horas de la mañana y no había desayunado. Saludos.
04/07/2007 14:13
Te adjunto un enlace en el cual está bastante bien explicada la curva de la alcoholemia:

http://www.coet.es/CurvaAlcohol.htm

En mi modesto entender, un médico lo explicaría mucho mejor, la meseta de la alcoholemia se va retrasando a medida que se van ingeriendo bebidas alcohólicas; cuanto más tiempo haga que se ha ingerido la última bebida, más probabilidades hay de que la segunda tasa sea inferior a la primera.
Yo he realizado multitud de test de alcoholemia y he visto resultados de todos los tipos, ascendentes, descendentes y resultados idénticos entre las dos pruebas, con un intervalo entre los diez y los veinte minutos.
Sobre lo de la Fiscalía, símplemente han aplicado la instrucción de su C.A., se supone que, una vez superada una tasa de alcoholemia (en mi C.A. es 0.60 mg. de alcohol por litro de aire espirado), el conductor se tiene que hallar bajo la influencia de bebidas alcohólicas, y por tal motivo la Fiscalía acusa.
De todas formas, si el acta de sintomatología es favorable a su cliente, no creo que tenga mayores problemas en que el mismo salga absuelto penalmente.
Por otra parte me parece extraño que con una tasa de alcoholemia tan alta sólamente propusiesen un mes de retirada; de todas formas eso es sólamente orientativo, el instructor del expediente sancionador subirá, posiblemente, la propuesta de retirada.
Saludos.
04/07/2007 14:19
Supongo que sobra decir que consulte el certificado de verificación del etilómetro; tienen de validez una año.
Si las pruebas se realizaron dentro del plazo marcado por el certificado, las mismas son válidas.
De todas formas vaya "saque" que tiene su cliente, con 0.91 y con 0.93 mg./l. la mayoría de los mortales, como mínimo, no aguantamos el equilibrio correctamente....
Saludos.
04/07/2007 14:21
... o había consumido también cocaína, que elimina muchos de los efectos del alcohol...
04/07/2007 14:42
El certificado de verificación del etilómetro no sé como puedo verlo en el expediente. Tal documento no está. La sintomatología externa es favorable, comprotamiento normal, deambulación normal, ningún dato destacable, etc. Lo del asunto de la cocaína no lo sé ni lo he preguntado. Te diré que es una persona fuerte y según el dijo había tomado dos gintonics. En fin, muchas gracias.
04/07/2007 14:48
Yo no soy abogado, pero supongo que si no está adjunto al atestado, tendrá que solicitarlo, a través del Juzgado, a la Policía Local o a la Guardia Civil, al cuerpo que realizó las pruebas.
Por lo que ha dicho, me imagino que al no evidenciar síntomas, los funcionarios actuantes redactaron la denuncia administrativa, adjuntaron el acta de sintomatología, el acta de las pruebas realizadas, y los "tiquets" y lo remitieron a la Jefatura Provincial de Tráfico; de allí, al ver la elevada tasa, lo debieron enviar al Juzgado.
Fue así?
Saludos.
04/07/2007 16:03
Si no hay sintomatología alguna y sucedió lo que usted dice, para mí, lo más posible es que el "error" (gran eufemismo) no puede residir en aparato alguno, explicarse por curvas donde en apenas 20 minutos en lugar de bajar (como hemos constatado todos) sube el índice, ni muchos menos que eso se deba a consumo de cocaína o compuesto milagroso que explique algo que es a todas luces inexplicable.
Pero lo más esotérico es que el procedimiento administrativo se archive y que el Fiscal, que como todos sabemos está aburridísimo sin nada que hacer y que va mirando las pilas de expedientes archivados buscando los que incorporan una tasa elevadísima de impregnación para imputar a su odioso autor en aras al bien común e interés social colectivo, impute cuando la tasa es la que se cita.
Ahí hay algo más que raro que, por decirlo de forma suave, apesta.
El "error" es cosa más intencionalmente "humana" , que material (aparatos, teorías, sustancias, etc.).
Si acaba habiendo proceso judicial indague y pregunte a los intervinientes. Ya verá cómo se divierte con las explicaciones y teorías que saldrán a colación.
04/07/2007 16:06
El certificado del etilometro suele estar en el atestado; sino está, debe ponerlo de manifiesto para restar validez a los resultados de las pruebas, que no deberían ser tenidos en cuenta.

Si el acta de sintomatología es favorable, tiene una muy probable absolución al alcance.

En cuanto a que la segunda prueba arroje un resultado superior a la primera, no es tan extraño, por lo que ha explicado joé.

Por cierto, en fase administrativa, tambíen se podría recurrir la sanción si no consta certificado de validez del etilómetro, con posibilidades de éxito si no aparece el mismo.

Un saludo.
04/07/2007 16:29
Mira Kelseniano, parece que estás, permanentemente, enfadado con el mundo.
Las instrucciones de Fiscalía son lo que que son, y no hay "error" ninguno; cuando se supera una determinada tasa, el MF acusa y el abogado defiende.
Lo de la curva no lo digo yo, lo dice gente mucho más sesuda que un servidor; son efectos que pueden ser explicados médicamente, y no hay que ser muy inteligente para saber que hasta que no ha llegado a su cima, el alcohol sube, para luego bajar; la "soplada" en el etilómetro no paraliza al alcohol, no lo acoj ona, sigue subiendo hasta que llega a su cénit, haya soplado el individuo o no; también puede mantenerse o bajar, dependiendo en que fase está el alcohol.
La cocaína no reduce la tasa de alcohol en aire o en sangre, pero sí que disimula sus efectos.
Una persona que haya tomado cocaína pude "clavarse" un montón de whiskis sin que se le aprecie la ingesta alcohólica, pero no por ello disminuye su alcoholemia, ni sus efectos, pero si que disimula su ingesta, a pesar de que, posiblemente, refleje otra sintomatología distinta al del alcohol.
Por otra parte, a mí, particularmente, me parece muy bien que un Fiscal indague; una tasa de alcohol de 0.91 y 0.93, es una burrada, y no me gustaría cruzarme con ese señor al volante; si luego el abogado defensor consigue su objetivo, pues me parece muy bien...
Yo, particularmente, como Policía Local, si me encuentro con un caso como el reflejado por MACF, le requiero formalmente para realizarse las pruebas de detección de drogas, sustancias estupefacientes y psicotrópicas.
Eso suponiendo que sea en un control; si la actuación está motivada por una conducción extraña o por accidente, detengo al conductor.
04/07/2007 16:37
Además, amigo Kelseniano, dices que el procedimiento administrativo se archiva...
por lo que leo y entiendo yo, ya que el MF no pinta nada en el procedimiento administrativo, lo que se archivó fue el tema penal, que se reabrió a instancias del Fiscal... amos digo yo!
04/07/2007 18:01
Hola buenas tardes. En este expediente en concreto es que la Jefatura de Tráfico remitió al Juzgado las actuaciones imagino que por la tasa alta de alcoholemía. El Juzgado abrió y diligencias y en la misma resolución las archiva. El MF recurre y se interroga al imputado y se ha abierto PA. Por cierto, a pesar de que la tasa es alta no tenía ningún signo externo de embriaguez, ni siquiera olor a alcohol, el comportamiento fue normal, no hubo ningún accidente y después de la segunda medición los agentes lo dejaron marchar.Saludos a todos y gracias.
04/07/2007 19:01
Cuando no se opina como la hace alguno, se está enfadado con el mundo, se odia a éste o sólo se defiende a los quebrantadores de la legalidad, evidentemente siempre en contra de los escrupulosos aplicadores de la misma. Cuando son otros los que discrepan, hacen honor a su sagrado derecho a su libertad. En fin, siempre la misma desgastada cantinela.
Habla de la cocaína cuando podrá retrasar o disimular los efectos del alcohol (doctrina conocida y nada vieja, pero novedosa en cuanto a su aplicación junto a otras drogas), pero ¿cuando tampoco hay efecto alguno de nerviosismo, alteración, deambulación constante, y todos los efectos que origina la coca que se haya tomado y que para paralizar el alcohol de varias copas no deberá de ser poca? ¿Es que la coca deja a las personas mediodormidas como si fueran yonkis de 2 gramos que caballo al día? Capaz que sí.
A mí me sigue extrañando, y mucho, que un fiscal recurra un archivo cuando el propio atestado informa de la inexistencia de sintomatalogía alguna. Claro que tras algunos años pateando juzgados uno se lo cree todo, hasta que haya fiscales que hagan eso, y mucho más. Pero no es normal.
Entendí que la Jefatura había procedido al archivo del expediente, al tiempo que remitía actuaciones al juzgado. Veo que MACF dice que no fue así. Pues vale. Nada que objetar. Pero que resulta raro que el fiscal recurra algo que el propio atestado casi contradice, pues allá él. O no se leyó bien el atestado, o no tomó buen café matutino, o vayamos a saber por qué recurrió. Pero normal, no lo es.
Bastará citar a los agentes para que, si dicen la verdad de lo ocurrido según refleja el atestado (parece ser, por supuesto), la cosa quede en simple malgasto de recursos públicos. Una vez más.
Mientras tanto hay decenas de conductores con los puntos del carnet agotados por infracciones a los que todavía no se les ha retirado el carnet. Estos sujetos parece ser que no son peligro alguno para nadie ni nada, aunque algo de trabajo pueden dar.
04/07/2007 19:37
Estimado foreros. Lo que yo digo es que lo más seguro es que esto no sea un ilícito penal y si admivo. Nada más. Saludos a todos.
05/07/2007 11:11
Pues sí MACF, seguro que eso terminará en una sanción administrativa...
Y será una sanción administrativa porque los funcionarios que hicieron las pruebas fueron extremadamente benignos, ya que, como mínimo, tras tomar dos gin tonics, el aliento huele a alcohol; de hecho, para dar esas tasas no basta con tomar dos gin tonics, hay que tomar más bebidas alcohólicas a lo largo de la noche.
Cuando haces las pruebas en un lugar cerrado, mantenemos la manguera del etilómetro, mientras el mismo está en el proceso de inicio, lejos del conductor, ya que si está a un metro o metro y medio, a veces, el aparato detecta alcohol en el ambiente y has de reiniciar el proceso ( y eso ocurre, incluso, con tasas de alcoholemia mucho menores a las descritas); si eso es así, no me explico, a no ser que la pituitaria de los funcionarios no actuase correctamente, que no oliese a alcohol.
Por supuesto que el olor a alcohol no evidencia, por sí mismo, una influencia del mismo en la conducción.
Sobre la actitud del Fiscal, reitero, me parece normal y aplica símplemente sus directrices.
Sobre la saturación en las Jefaturas de Tráfico y los puntos...si no recuerdo mal en este foro hay foristas que recomiendan presentar siempre alegaciones a las denuncias adminstrativas para SATURAR el sistema y provocar prescripciones; sistema desde luego legal y lícito, e...inmoral...bajo mi punto de vista. El que está jugando con la vida de los demás no debería tener esas prerrogativas, el que pierde todos los puntos en un espacio corto de tiempo no es que tenga mala suerte, es que es un homicida en potencia que se pasa por el forro, habitualmente, las limitaciones de velocidad, las tasas de alcoholemia y la conducción responsable, y que no juega solo con su vida, también lo hace con la de los demás.
El salvaje que estamos hartos de ver todos por las distintas carreteras y calles de nuestro país, cuando se estrella normalmente lo hace contra otro o sobre otro, y para mí son homicidas, pero claro, ese pobrecito es una víctima porque se juega con sus derechos; los derechos del que muere por culpa de un cafre, no tienen importancia.
05/07/2007 11:17
Comparto tus ideas. Pero he de decirte que tal como se redactó la denucia creo que nunca debió salir del ámbito adminsitrativo. Un saludo y muchas gracias.