No, no es raro...
El alcohol hace una curva ascendente hasta llegar a su meseta y luego descendente.
A su cliente le pilló en la curva ascendente...
Saludos.
Bueno, seguramente el Fiscal se basara en unas tasas a partir de las cuales pediran delito en ese partido judicial, pero con esos signos externos no tendras dificil el trabajo.
En cuanto a que el fiscal dice que se remitan las actuaciones a Trafico, solo dice lo que indica la instrucción de la FGE.
Hola buenas tardes. Me ha llegado un cliente con un PA de delito del art. 379. Lo curioso es que las tasas de alcohol en sangre son a las 7.17 0,91 mg/litro y a las 7.33 0,93 mg/litro. Me llama la atención que en vez de disminuir aumente y que en la denuncia el propio agente proponía multa de 600 euros y suspensión por un mes de licencia. El asunto se archivó inicialmente, el MF recurrió se reabrió y ahora el MF pide multa de diez meses a cuota diaria de 6 euros, y dos años de privación de licencia. Lo curioso del caso es que en el atestado todos los signos externos hablan de normalidad, deambulación normal, habla clara, etc y por ello en el escrito de calificación del fiscal se dice que para el caso de que haya absolución se remitan las actuaciones a Tráfico. No sería más lógico no haber admitido el recurso inicial del MF y que esto ya hubiera tenido su sanción en vía admiva?? Hablamos de una denuncia de 16.05.04 cuya vista será el 9.07.07. SAludos.