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Custodia y pension

4 Comentarios
 
08/01/2011 11:46
Deje sus arrebatos para otras cosas.

Si tiene la demanda presentada, espere. Además, sacará (si hay algo que sacar), más por la vía civil (izada) que por la vía penal.

Con la denuncia penal, tendrá que demostrarse que hay intencionalidad en no pagar, pero por ejemplo si está en el paro y no tiene ingresos, entonces saldría absuelto. Si al final consiguiese que le condenaran, sólo tendría la obligación de abonar únicamente las mensualidades incluidas en la denuncia (las futuras no), así mismo, si hay ingreso en prisión, habrá dado rienda suelta a sus instintos vengativos y dejar sin pensión a su hijo (pues en la carcel no tendrá ingresos). Además habrá generado una crispación tal, que probablemente le surjan otros miedos.

En cambio en la vía civil (izada) que su abogado ha emprendido, se va vía embargo y si tiene ingresos laborales, directamente se le embarga la nómina, y si no, se irá contra cualquier bien que tenga. El resultado será que además de las mensualidades incluidas en la demanda, se asegurará, si es el caso, la percepción de las futuras.

Creo que su abogado la lleva bien encaminada, déjese de vendetas.
08/01/2011 11:45
Si hay orden de embargo es que hay una demanda (denuncia)civil en el juzgado que ha puesto tu abogada en tu nombre.
08/01/2011 11:39
Y yo deberia denunciar porque todavia no e pueto ninguna denuncia.
08/01/2011 01:31
si le han puesto una ejecución de embargo sólo le queda esperar a que le embarguen, si es que hay algo que embargar.
Custodia y pension
08/01/2011 01:23
El padre de mi hijo lleva un año si pasarme ni un duro desde que sacaron la resolucion y mi abogada lo unico que a exo es ponerle una ejecuion de embargo y no veo slucion ninguna que puedo hacer espero respuesta gracias.
Custodia y pension | PorticoLegal
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08/01/2011 11:46
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Si tiene la demanda presentada, espere. Además, sacará (si hay algo que sacar), más por la vía civil (izada) que por la vía penal.

Con la denuncia penal, tendrá que demostrarse que hay intencionalidad en no pagar, pero por ejemplo si está en el paro y no tiene ingresos, entonces saldría absuelto. Si al final consiguiese que le condenaran, sólo tendría la obligación de abonar únicamente las mensualidades incluidas en la denuncia (las futuras no), así mismo, si hay ingreso en prisión, habrá dado rienda suelta a sus instintos vengativos y dejar sin pensión a su hijo (pues en la carcel no tendrá ingresos). Además habrá generado una crispación tal, que probablemente le surjan otros miedos.

En cambio en la vía civil (izada) que su abogado ha emprendido, se va vía embargo y si tiene ingresos laborales, directamente se le embarga la nómina, y si no, se irá contra cualquier bien que tenga. El resultado será que además de las mensualidades incluidas en la demanda, se asegurará, si es el caso, la percepción de las futuras.

Creo que su abogado la lleva bien encaminada, déjese de vendetas.
08/01/2011 11:45
Si hay orden de embargo es que hay una demanda (denuncia)civil en el juzgado que ha puesto tu abogada en tu nombre.
08/01/2011 11:39
Y yo deberia denunciar porque todavia no e pueto ninguna denuncia.
08/01/2011 01:31
si le han puesto una ejecución de embargo sólo le queda esperar a que le embarguen, si es que hay algo que embargar.
Custodia y pension
08/01/2011 01:23
El padre de mi hijo lleva un año si pasarme ni un duro desde que sacaron la resolucion y mi abogada lo unico que a exo es ponerle una ejecuion de embargo y no veo slucion ninguna que puedo hacer espero respuesta gracias.