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custodia

2 Comentarios
 
07/08/2014 18:19
Perola.

Le voy a dar mi particular punto de vista sobre la cuestión que plantea.

Para usted es irrenunciable ser el progenitor de ese niñ@, aunque nunca llegue a ejercer como padre.

Lo que si podrían hacer es que sea la progenitora quien lo reconozca en el Registro civil, y luego respetar los acuerdos a los que puedan llegar.

Ahora bien, ustedes no puede decidir sobre los derechos de ese niñ@, ni eludir sus obligaciones (art. 39.3 CE, “Los padres deben prestar asistencia de todo orden a los hijos habidos dentro o fuera del matrimonio, durante su minoría de edad y en los demás casos en que legalmente proceda.”).

En relación con futuras reclamaciones, debe saber que la acción de reclamación de la filiación puede ser ejercitada por el hijo durante toda su vida (párrafo primero del art. 133 CC, en relación con el apartado segundo del art. 39 CE, “La ley posibilitará la investigación de la paternidad”).

En relación con esto último le recomiendo que busque y lea atentamente la Sentencia T.S. 209/2012 (Sala 1) de 12 de abril.

Espero le sirva de ayuda.

Un saludo.
05/08/2014 20:22
por favor si alguien sabe los pasis a seguir.ella comenta de hacer um documento en el cual a mi no se me obligue a nada y no haya reclamaciones en un futuro.
Custodia
05/08/2014 19:30
soy un chico que ha tenido una sola relacion con una chica,se ha quedado embarazada y ella quiere seguir adelante con el embarazo.el tema en cuestion es que estoy casado y ella propone hacer un documento en el cual yo reniegue de todo , como hacerlo
custodia | PorticoLegal
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07/08/2014 18:19
Perola.

Le voy a dar mi particular punto de vista sobre la cuestión que plantea.

Para usted es irrenunciable ser el progenitor de ese niñ@, aunque nunca llegue a ejercer como padre.

Lo que si podrían hacer es que sea la progenitora quien lo reconozca en el Registro civil, y luego respetar los acuerdos a los que puedan llegar.

Ahora bien, ustedes no puede decidir sobre los derechos de ese niñ@, ni eludir sus obligaciones (art. 39.3 CE, “Los padres deben prestar asistencia de todo orden a los hijos habidos dentro o fuera del matrimonio, durante su minoría de edad y en los demás casos en que legalmente proceda.”).

En relación con futuras reclamaciones, debe saber que la acción de reclamación de la filiación puede ser ejercitada por el hijo durante toda su vida (párrafo primero del art. 133 CC, en relación con el apartado segundo del art. 39 CE, “La ley posibilitará la investigación de la paternidad”).

En relación con esto último le recomiendo que busque y lea atentamente la Sentencia T.S. 209/2012 (Sala 1) de 12 de abril.

Espero le sirva de ayuda.

Un saludo.
05/08/2014 20:22
por favor si alguien sabe los pasis a seguir.ella comenta de hacer um documento en el cual a mi no se me obligue a nada y no haya reclamaciones en un futuro.
Custodia
05/08/2014 19:30
soy un chico que ha tenido una sola relacion con una chica,se ha quedado embarazada y ella quiere seguir adelante con el embarazo.el tema en cuestion es que estoy casado y ella propone hacer un documento en el cual yo reniegue de todo , como hacerlo