Se pueden poner los nombres y apellidos de los vecinos que adeudan mensualidades, tanto en la convocatoria de reunión como en las actas de la misma. Atentamente
Tanto si se quiere incluir en la convocatoria de una Junta como en la decisión tomada en una reunión, siempre hay que notificar al Propietario deudor, con anterioridad, la deuda que tiene por los medios portunos. Si después de intentar las notificaciones no hubiera respuesta, entonces sí tendríamos derecho a publicar en el tablón de anuncios o exponer la relación de los mismos decidido en una Junta. Esto es lo que determina la Ley de Protección de Datos en una sentencia condenatoria a una Comunidad de Valladolid. http://www.protecciondedatosobligatoria.com/Sanciones-2/Datos%20de%20morosos%20en%20tablon%20anuncios%20de%20comunidad.pdf Un saludo