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De Miguel a Joseca

2 Comentarios
 
08/10/2003 14:23
Yo no pongo en duda la legalidad de la J.de Compensación,me parece que me he explicado mal y te pido disculpas,mi duda es:si yo he comenzado mis obras en un terreno calificado de rustico,estoy 5 años con las obras y pasados esos 5 años lo califican de urbanizable,¿existe algun medio legal de poder inhibirme de esa actuación urbanistica y de su J. de Compensación?.Mi fachada da a una calle y no interfiero en el diseño de viales y zonas ajardinadas.Un saludo Joseca y gracias de nuevo.
07/10/2003 17:28
Lo que te he querido decir es que el hecho de que se haya creado una Junta de Compensación que incluya tu terreno significa que tu suelo ya está clasificado como urbanizable, ya que han tenido que aprobar previamente un Plan Parcial. LO contrario sería un escandalo y viciaría de nulidad de constitución de la Junta. De toda maneras si te quedas más tranquilo asegurate en tu Ayto. por si da la casualidad de que tu suelo no está incluido en la Unidad de Ejecución y que por tanto es rústico, pero me temo que no va a ser así.

Otra opción que tienes para ver si la Junta de Compensación es legal es que la haya constituido un número suficiente de propietarios que representen un porcentaje determinado de todos los terrenos. Ese porcentaje depende de la Ley urbanística de cada Comunidad Autónoma, pero suele oscilar entre el 50 y el 60% de la superficie total de los terrenos. Sinceramente, tampoco creo que hayan metido la pata con esto, pero no pierdes nada por echarle un vistazo.

Si han cumplido con ello, lo único que te queda es hacer las alegaciones correspondientes a los Estatutos y Bases de Actuación de la Junta cuando éstos se expongan al publico, aunque nuevamente te digo que tienes pocas posibilidades de que salgan adelante, ya que habrás de fundarlas en razones de legalidad y no únicamente en que no tienes dinero suficiente para costear las obras de urbanización. Deberás estudiar en este sentido si la distribución de cargas que hacen sea justa y proporcionada a tu terreno.

De no prosperar nada de esto, y lo siento pero dudo que lo haga, lo único que puedes hacer es estar en la Junta de Compensación y asumir los gastos y cesiones de suelo.

De lo contrario, si no te integras en la Junta de Compensación, vas a ser expropiado con seguridad. Así que si optas por ello deberías estudiar la posibilidad de vender, ya que normalmente se saca más por venta que por expropiación.

Un abrazo y lamento no darte mejores noticias.
De miguel a joseca
04/10/2003 20:55
Ante todo agradecerte sinceramente tu atención.Tu escrito me resuelve muchas dudas.En primer lugar tendre que ver la calificación del terreno cuando comienzo a ejecutar las obras.Si esta calificado de rustico ¿podria evitar participar en la j. de Compensación?.Es que mis medios economicos son limitados,comienzo las obras en 1989,y acabo el refugio en1998,y aun le queda la solería.En la licencia municipal de agua dice que es para suministro de vivienda con cuarto de baño etc,licencia expedida en Julio 1989.El calculo economico que me ha hecho la promotora entre seción de zonas y urbanización es de 3.500.000 pts y ahora gastos de escritura de reparcelación,impuesto de plusvalia etcr.una ruina para mi,y encima me dicen que si no puedo pagar que venda.Despues de tantos años que me ha costado tener eso.Llegue incluso a ofrecerle a la promotora un acuerdo de 1.500.000 pts. y me dijeron que nada.Yo no me niego a pagar ni a la hurbanización pero ¿como voy a hacer frente a eso con dos hijos estudiando,una hipoteca y gastos?¿Como me podria defender ante la promotora?De nuevo te reitero Joseca mi agradecimiento.Un saludo.
De Miguel a Joseca | PorticoLegal
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De Miguel a Joseca

2 Comentarios
 
08/10/2003 14:23
Yo no pongo en duda la legalidad de la J.de Compensación,me parece que me he explicado mal y te pido disculpas,mi duda es:si yo he comenzado mis obras en un terreno calificado de rustico,estoy 5 años con las obras y pasados esos 5 años lo califican de urbanizable,¿existe algun medio legal de poder inhibirme de esa actuación urbanistica y de su J. de Compensación?.Mi fachada da a una calle y no interfiero en el diseño de viales y zonas ajardinadas.Un saludo Joseca y gracias de nuevo.
07/10/2003 17:28
Lo que te he querido decir es que el hecho de que se haya creado una Junta de Compensación que incluya tu terreno significa que tu suelo ya está clasificado como urbanizable, ya que han tenido que aprobar previamente un Plan Parcial. LO contrario sería un escandalo y viciaría de nulidad de constitución de la Junta. De toda maneras si te quedas más tranquilo asegurate en tu Ayto. por si da la casualidad de que tu suelo no está incluido en la Unidad de Ejecución y que por tanto es rústico, pero me temo que no va a ser así.

Otra opción que tienes para ver si la Junta de Compensación es legal es que la haya constituido un número suficiente de propietarios que representen un porcentaje determinado de todos los terrenos. Ese porcentaje depende de la Ley urbanística de cada Comunidad Autónoma, pero suele oscilar entre el 50 y el 60% de la superficie total de los terrenos. Sinceramente, tampoco creo que hayan metido la pata con esto, pero no pierdes nada por echarle un vistazo.

Si han cumplido con ello, lo único que te queda es hacer las alegaciones correspondientes a los Estatutos y Bases de Actuación de la Junta cuando éstos se expongan al publico, aunque nuevamente te digo que tienes pocas posibilidades de que salgan adelante, ya que habrás de fundarlas en razones de legalidad y no únicamente en que no tienes dinero suficiente para costear las obras de urbanización. Deberás estudiar en este sentido si la distribución de cargas que hacen sea justa y proporcionada a tu terreno.

De no prosperar nada de esto, y lo siento pero dudo que lo haga, lo único que puedes hacer es estar en la Junta de Compensación y asumir los gastos y cesiones de suelo.

De lo contrario, si no te integras en la Junta de Compensación, vas a ser expropiado con seguridad. Así que si optas por ello deberías estudiar la posibilidad de vender, ya que normalmente se saca más por venta que por expropiación.

Un abrazo y lamento no darte mejores noticias.
De miguel a joseca
04/10/2003 20:55
Ante todo agradecerte sinceramente tu atención.Tu escrito me resuelve muchas dudas.En primer lugar tendre que ver la calificación del terreno cuando comienzo a ejecutar las obras.Si esta calificado de rustico ¿podria evitar participar en la j. de Compensación?.Es que mis medios economicos son limitados,comienzo las obras en 1989,y acabo el refugio en1998,y aun le queda la solería.En la licencia municipal de agua dice que es para suministro de vivienda con cuarto de baño etc,licencia expedida en Julio 1989.El calculo economico que me ha hecho la promotora entre seción de zonas y urbanización es de 3.500.000 pts y ahora gastos de escritura de reparcelación,impuesto de plusvalia etcr.una ruina para mi,y encima me dicen que si no puedo pagar que venda.Despues de tantos años que me ha costado tener eso.Llegue incluso a ofrecerle a la promotora un acuerdo de 1.500.000 pts. y me dijeron que nada.Yo no me niego a pagar ni a la hurbanización pero ¿como voy a hacer frente a eso con dos hijos estudiando,una hipoteca y gastos?¿Como me podria defender ante la promotora?De nuevo te reitero Joseca mi agradecimiento.Un saludo.