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Debes de renunciar a la plaza

5 Comentarios
 
Debes de renunciar a la plaza
06/02/2009 17:59
Buenas Tardes
Si siendo funcionario, accedes a una plaza superior por promoción interna, ¿Debes de renunciar a la plaza, para tomar posesión nueva? Gracias.
06/02/2009 19:24
No hace falta renunciar. Dicha plaza quedaría vacante.
07/02/2009 16:09
¿En que situación administrativa quedaria el funcionario? ¿Podria volver a la plaza inferior?
07/02/2009 18:31
Vamos a ver...

Por promoción interna no necesariamente se accede a una nueva plaza o puesto de trabajo...realmente lo que se adquiere es la condición de funcionario en un grupo de clasificación superior.

Al acceder a un grupo superior lo normal sería ocupar una nueva plaza o puesto de trabajo distinta de la que ocupabas en el grupo inferior(aunque no siempre es así, dado que hay puestos de trabajo o plazas abiertos a dos grupos), aunque tambien puede ocurrir que, tras adquirir la condición de funcionario en el grupo superior, optes por permanecer en el puesto de trabajo del grupo inferior.

Dado que la norma de incompatibilidades te impide ocupar dos puestos de trabajo en la Administración (el del grupo inferior y aquel que ocuparías al promocionar), se te exige que optes por uno de ellos, renunciando al puesto anterior.

OJO....la renuncia al puesto del grupo inferior por ocupar un puesto de trabajo de un grupo superior no conlleva la pérdida de la condición de funcionario del grupo inferior, únicamente el cambio de situación administrativa dentro de ese grupo (de activo a excedencia de carácter automático por incompatibilidad)...o sea que pierdes el puesto de trabajo concreto que ocupabas pero no la condición de funcionario en el grupo inferior, por lo que algún día prodrás volver (si hay vacante) a una plaza de ese grupo.

Un saludo.
07/02/2009 19:17
Pordiosssssssssss no se renuncia NUNCA, solo pides la excedencia del Cuerpo inferior ( por si las moscas..)
08/02/2009 17:56
Efectivamente Talisman, pero sin olvidad que la excedencia en el cuerpo inferior de conlleva la renuncia al puesto de trabajo o plaza que ocupabas en ese puesto...

O sea que ese "por si las moscas" dependerá de que exista plaza o puesto vacante en el momento de querer reingresar en ese grupo inferior.

Un saludo.
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Debes de renunciar a la plaza

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Debes de renunciar a la plaza
06/02/2009 17:59
Buenas Tardes
Si siendo funcionario, accedes a una plaza superior por promoción interna, ¿Debes de renunciar a la plaza, para tomar posesión nueva? Gracias.
06/02/2009 19:24
No hace falta renunciar. Dicha plaza quedaría vacante.
07/02/2009 16:09
¿En que situación administrativa quedaria el funcionario? ¿Podria volver a la plaza inferior?
07/02/2009 18:31
Vamos a ver...

Por promoción interna no necesariamente se accede a una nueva plaza o puesto de trabajo...realmente lo que se adquiere es la condición de funcionario en un grupo de clasificación superior.

Al acceder a un grupo superior lo normal sería ocupar una nueva plaza o puesto de trabajo distinta de la que ocupabas en el grupo inferior(aunque no siempre es así, dado que hay puestos de trabajo o plazas abiertos a dos grupos), aunque tambien puede ocurrir que, tras adquirir la condición de funcionario en el grupo superior, optes por permanecer en el puesto de trabajo del grupo inferior.

Dado que la norma de incompatibilidades te impide ocupar dos puestos de trabajo en la Administración (el del grupo inferior y aquel que ocuparías al promocionar), se te exige que optes por uno de ellos, renunciando al puesto anterior.

OJO....la renuncia al puesto del grupo inferior por ocupar un puesto de trabajo de un grupo superior no conlleva la pérdida de la condición de funcionario del grupo inferior, únicamente el cambio de situación administrativa dentro de ese grupo (de activo a excedencia de carácter automático por incompatibilidad)...o sea que pierdes el puesto de trabajo concreto que ocupabas pero no la condición de funcionario en el grupo inferior, por lo que algún día prodrás volver (si hay vacante) a una plaza de ese grupo.

Un saludo.
07/02/2009 19:17
Pordiosssssssssss no se renuncia NUNCA, solo pides la excedencia del Cuerpo inferior ( por si las moscas..)
08/02/2009 17:56
Efectivamente Talisman, pero sin olvidad que la excedencia en el cuerpo inferior de conlleva la renuncia al puesto de trabajo o plaza que ocupabas en ese puesto...

O sea que ese "por si las moscas" dependerá de que exista plaza o puesto vacante en el momento de querer reingresar en ese grupo inferior.

Un saludo.