La declaración de incapacidad de una persona, por razones físicas o psíquicas y que no pueda valerse por si misma, es un tema de materia civil, por tanto será el juez de un juzgado civil, quien asi lo declare después de un juicio y previamente se haya interpuesto una demanda por lo familiares de la persona a la que se quiera incapacitar.
Este tipo de incapacidad, al que usted parece que hace referencia, no se trata en este foro de incapacidad en materia laboral.
Puede ponerse en contacto con nuestro despacho y le asesoraremos Atte Carmen Domínguez abogada de Málaga