Cuando los contribuyentes tengan distinto grado de parentesco con el descendiente que da derecho a la aplicación del mínimo familiar (por ejemplo, padres y abuelos, en su caso usted y sus padres), su importe corresponderá íntegramente a los de grado más cercano (usted), salvo que éstos no tengan rentas anuales, excluidas las exentas, superiores a 8.000 euros anuales, en cuyo caso corresponderá a los del siguiente grado (abuelos).
Es decir, si usted ha percibido menos de 8000 (sin tener en cuenta las exentas) se lo deben de poner los abuelos.
Hola. Soy madre soltera, tengo un hijo de tres años y vivo con mis padres. Estube trabajando pero no tengo obligación de hacer la declaración porque cobre 8.000 euros. A mi padre le vino el borrador y le metian a mi hijo, a mi no pero a mi hijo si. Fuimos a la gestoria y nos dice la gestoria que como somos mi hijo y yo otra unidad familiar no pueden meterle mi hijo en su declaracion, ¿esto es asi o por el contrario si que se puede hacer?ya que estamos viviendo con mis padres y ellos llevan todos los gastos de la vivienda y demás. Un saludo.