tal vez sea un poco tarde, pero en resumidas cuentas la declaración de lesividad supone la anulación de oficio de un acto administrativo por resultar lesivo, cuando concurre alguna de las causas de anulabilidad previstas en la ley de procedimiento administrativo. Si quieres más información léete la Ley de procedimiento administrativo. Está en la parte dedicada a la revisión de oficio.