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Declaración imputado alcoholemia

12 Comentarios
 
09/02/2007 11:44
No hay de qué. Suerte con el asunto y ya contarás.
09/02/2007 11:43
Bueno ya te contaré qué pasa con este temita de marras. El caso es que con los amigos siempre me pasan estas cosas, afortunadamente siempre alcoholemias. Lo que hace no tener ni idea, menos mal que me has echado una mano.
09/02/2007 11:38
Gracias por la aclaración. Es que había entendido otra cosa.
09/02/2007 11:36
Cuando me refería a conformidad con el Fiscal era la previa al Juicio dentro del abreviado.
09/02/2007 11:30
Bueno, la verdad es que la conformidad con el fiscal tiene como consecuencia la rebaja del tercio y que no son dos cosas independientes, sino consecuentes.
09/02/2007 11:27
Muchísimas gracias por tu inestimable ayuda. Ya tengo más claro el asunto. Lo que haremos será reconocer los hechos y cuando nos citen del Juzgado de Instrucción competente solicitaré la reconducción a urgentes, espero que la acepten porque como dices y de mi mínima experiencia en alcoholemias ya se que es más beneficiosa la rebaja del tercio que la conformidad con el Fiscal.
09/02/2007 11:21
Efectivamente, la peticion de reconversión habrá de peticionarse al Juzgado de Instrucción competente, es decir, el exhortante, que es donde está la causa por haber sucedido en su partido los hechos que la motivan.

Si no hay defectos formales, y con una tasa de alcohol como indicas, lo más prudente (aunque eso lo debe valorar el letrado que lleva el asunto a la vista de las circunstancias concretas) es una conformidad para poder obtener la rebaja del tercio. Para poder pedir la reconversión a urgentes es requisito necesario haber reconocido los hechos. No obstante, recuerda que siempre podrás llegar a una conformidad en el penal, aunque siempre es mas interesante la que se pueda obtener en el juzgado de Instrucción. Sobre cuanto le puede, y aunque sea de perogrullo, mírate el CP , pero deberás esperar a ver el escrito de calificación del Ministerio Fiscal, para saber lo que pide y a partir de ahí hacer cábalas en virtud de la conformidad. Por otro lado, has de tener en cuenta que la sanción de la pólicia y la retirada de puntos quedan sin efecto cuando hay condena penal y, por tanto, la sanción será la que le imponga la sentencia del Juzgado.
09/02/2007 10:51
Pues entonces si es así el Juzgado de instrucción que le tomará declaración no puede pronunciarse sobre pasar el procedimiento a urgentes ¿no?, eso lo decidírá el j. de instrucción del lugar del accidente ¿no es así?.
¿Me recomendais que reconozca los hechos en la declaración?, dio 1 en la tasa de alcohol y encima hubo accidente. No tenemos nada que hacer y si reconozco los hechos ¿Me rebajaría la pena?. ¿cuanto le puede caer? aparte de la sanción y la retirada de puntos de la policia?
09/02/2007 10:43
Pues sigo sin entenderlo porque si se le toma declaración como imputado estamos todavía en instrucción y el Juzgado de lo Penal aún no pinta nada. Así es que si se le ha citado para tomarle declaración será por exhorto de un juzgado de instrucción a otro.
09/02/2007 10:18
Muchas gracias por las respuestas.
Data, lo que no entiendes es que se le ha citado a declarar en su partido judicial por exhorto pero los Juzgados de lo Penal están en la capital de Provincia, por eso quería saber si podría pasar a d. Urgentes en este partido judicial en el momento de la declaración o tengo que esperar a que tras la declaración se abra el abreviado.
En la citación tan solo se dice que declarará como responsable de un presunto delito de conducción alcohólica.
08/02/2007 20:49
Lo mejor es q instes la conversión en juicio rápido lo antes posible, para beneficiarte de la conformidad premiada. Saludos¡
08/02/2007 19:08
Por norma se abren diligencias urgentes y, a la vista de la primera instrucción que se practique, pasará a previas o se quedará en urgentes. Es fácil que pase a previas a causa de la peritación de la señal de tráfico, que tendrá que aportar a la causa el organismo al que se ha perjudicado. Si pasa a previas, una vez se verifique toda la instrucción, se abrirá el PA.

Si tu cliente reconoce los hechos en la declaración (mala defensa tienen las alcholemias salvo errores en los procedimientos), podrás solicitar la reconversión a urgentes una vez se reciba la peritación delos daños.

En la citación ha de venir el procedimiento por el que se le llama a declarar.

Lo último que comentas no lo entiendo.
Declaración imputado alcoholemia
08/02/2007 18:51
Hola a todos.
Necesito ayuda porque un amigo tuvo un accidente de circulación, en el que se llevó una señal de tráfico por delante y dio 1 en la tasa de alcohol.
El caso es que yo solo me dedico a asuntos civiles y de penales ni idea pero como le han citado para declarar como imputado, voy a asistirle en la declaración. El caso es que en la cédula de citación no hay ninguna referencia ni a Diligencias Urgentes ni a previas, así que entiendo que el proceso será el abreviado ¿no?. Podría solicitar el paso a Juicio Rápido, el caso es que es un exhorto penal porque el Juicio se celebrará en la capi.
¿Alguien puede ayudarme?
GRACIAS
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12 Comentarios
 
09/02/2007 11:44
No hay de qué. Suerte con el asunto y ya contarás.
09/02/2007 11:43
Bueno ya te contaré qué pasa con este temita de marras. El caso es que con los amigos siempre me pasan estas cosas, afortunadamente siempre alcoholemias. Lo que hace no tener ni idea, menos mal que me has echado una mano.
09/02/2007 11:38
Gracias por la aclaración. Es que había entendido otra cosa.
09/02/2007 11:36
Cuando me refería a conformidad con el Fiscal era la previa al Juicio dentro del abreviado.
09/02/2007 11:30
Bueno, la verdad es que la conformidad con el fiscal tiene como consecuencia la rebaja del tercio y que no son dos cosas independientes, sino consecuentes.
09/02/2007 11:27
Muchísimas gracias por tu inestimable ayuda. Ya tengo más claro el asunto. Lo que haremos será reconocer los hechos y cuando nos citen del Juzgado de Instrucción competente solicitaré la reconducción a urgentes, espero que la acepten porque como dices y de mi mínima experiencia en alcoholemias ya se que es más beneficiosa la rebaja del tercio que la conformidad con el Fiscal.
09/02/2007 11:21
Efectivamente, la peticion de reconversión habrá de peticionarse al Juzgado de Instrucción competente, es decir, el exhortante, que es donde está la causa por haber sucedido en su partido los hechos que la motivan.

Si no hay defectos formales, y con una tasa de alcohol como indicas, lo más prudente (aunque eso lo debe valorar el letrado que lleva el asunto a la vista de las circunstancias concretas) es una conformidad para poder obtener la rebaja del tercio. Para poder pedir la reconversión a urgentes es requisito necesario haber reconocido los hechos. No obstante, recuerda que siempre podrás llegar a una conformidad en el penal, aunque siempre es mas interesante la que se pueda obtener en el juzgado de Instrucción. Sobre cuanto le puede, y aunque sea de perogrullo, mírate el CP , pero deberás esperar a ver el escrito de calificación del Ministerio Fiscal, para saber lo que pide y a partir de ahí hacer cábalas en virtud de la conformidad. Por otro lado, has de tener en cuenta que la sanción de la pólicia y la retirada de puntos quedan sin efecto cuando hay condena penal y, por tanto, la sanción será la que le imponga la sentencia del Juzgado.
09/02/2007 10:51
Pues entonces si es así el Juzgado de instrucción que le tomará declaración no puede pronunciarse sobre pasar el procedimiento a urgentes ¿no?, eso lo decidírá el j. de instrucción del lugar del accidente ¿no es así?.
¿Me recomendais que reconozca los hechos en la declaración?, dio 1 en la tasa de alcohol y encima hubo accidente. No tenemos nada que hacer y si reconozco los hechos ¿Me rebajaría la pena?. ¿cuanto le puede caer? aparte de la sanción y la retirada de puntos de la policia?
09/02/2007 10:43
Pues sigo sin entenderlo porque si se le toma declaración como imputado estamos todavía en instrucción y el Juzgado de lo Penal aún no pinta nada. Así es que si se le ha citado para tomarle declaración será por exhorto de un juzgado de instrucción a otro.
09/02/2007 10:18
Muchas gracias por las respuestas.
Data, lo que no entiendes es que se le ha citado a declarar en su partido judicial por exhorto pero los Juzgados de lo Penal están en la capital de Provincia, por eso quería saber si podría pasar a d. Urgentes en este partido judicial en el momento de la declaración o tengo que esperar a que tras la declaración se abra el abreviado.
En la citación tan solo se dice que declarará como responsable de un presunto delito de conducción alcohólica.
08/02/2007 20:49
Lo mejor es q instes la conversión en juicio rápido lo antes posible, para beneficiarte de la conformidad premiada. Saludos¡
08/02/2007 19:08
Por norma se abren diligencias urgentes y, a la vista de la primera instrucción que se practique, pasará a previas o se quedará en urgentes. Es fácil que pase a previas a causa de la peritación de la señal de tráfico, que tendrá que aportar a la causa el organismo al que se ha perjudicado. Si pasa a previas, una vez se verifique toda la instrucción, se abrirá el PA.

Si tu cliente reconoce los hechos en la declaración (mala defensa tienen las alcholemias salvo errores en los procedimientos), podrás solicitar la reconversión a urgentes una vez se reciba la peritación delos daños.

En la citación ha de venir el procedimiento por el que se le llama a declarar.

Lo último que comentas no lo entiendo.
Declaración imputado alcoholemia
08/02/2007 18:51
Hola a todos.
Necesito ayuda porque un amigo tuvo un accidente de circulación, en el que se llevó una señal de tráfico por delante y dio 1 en la tasa de alcohol.
El caso es que yo solo me dedico a asuntos civiles y de penales ni idea pero como le han citado para declarar como imputado, voy a asistirle en la declaración. El caso es que en la cédula de citación no hay ninguna referencia ni a Diligencias Urgentes ni a previas, así que entiendo que el proceso será el abreviado ¿no?. Podría solicitar el paso a Juicio Rápido, el caso es que es un exhorto penal porque el Juicio se celebrará en la capi.
¿Alguien puede ayudarme?
GRACIAS