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Declarado en rebeldia

2 Comentarios
 
Declarado en rebeldia
04/07/2009 23:45
Acabo de obtener la sentencia de divorcio, despues de intentar llegar a un acuerdo y siendo completamente imposible, presenté demanda en el juzgado teniendo mi ex marido 20 dias para contestar a dicha demanda.

Pasado ese tiempo me llega una carta en la que me informan que es declarado en reveldia,mi abogada me comenta que es por no contestar a la demanda.Ahora ya esta todo solucionado.
Mi pregunta es: esa declaración en reveldia le consta a mi ex marido solo para el tema de divorcio o lo tendrán en cuenta para cualquier problema que le pueda surgir en el futuro.

Gracias.
06/07/2009 08:53
Sólo para el tema del divorcio. La declaración de rebeldía, sólo afecta al proceso en el sentido de haberse pasado los plazos procesales, en este caso, para contestar a la demanda, pero puede personarse después en el mismo pero ya no podrá contestar y tendrá que adecuarse a la fase procesal en la que se encuentre. El día de la vista, puede acudir y solicitar el recibimiento del pleito a prueba aunque no pueda ya contestar a la demanda (por ejemplo). Si no se presenta, deberá acatar el contenido de la sentencia que si podrá recurrir.
Un saludo.
07/07/2009 00:07
Gracias Nuria.
El tema del divorcio esta ya resuelto,no habia forma de poder llegar a un acuerdo con él,no hacia más que amenazar diciendome que lo llevara a juicio,entre otras cosas porque no creia que fuera capaz de hacerlo,pero cuándo se encontró con la demanda en el juzgado,él mismo pidió llegar a un acuerdo.

Esto lo comento porque hay veces que se tiene miedo a dar el paso porque existen amenazas, pero aunque todos los casos no son iguales, muchas veces lo hacen para que no sigas adelante o te conformes con nada.

Pero a la hora de la verdad y viendo que los motivos que alegas son ciertos reculan.

Un saludo.
Declarado en rebeldia | PorticoLegal
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Declarado en rebeldia
04/07/2009 23:45
Acabo de obtener la sentencia de divorcio, despues de intentar llegar a un acuerdo y siendo completamente imposible, presenté demanda en el juzgado teniendo mi ex marido 20 dias para contestar a dicha demanda.

Pasado ese tiempo me llega una carta en la que me informan que es declarado en reveldia,mi abogada me comenta que es por no contestar a la demanda.Ahora ya esta todo solucionado.
Mi pregunta es: esa declaración en reveldia le consta a mi ex marido solo para el tema de divorcio o lo tendrán en cuenta para cualquier problema que le pueda surgir en el futuro.

Gracias.
06/07/2009 08:53
Sólo para el tema del divorcio. La declaración de rebeldía, sólo afecta al proceso en el sentido de haberse pasado los plazos procesales, en este caso, para contestar a la demanda, pero puede personarse después en el mismo pero ya no podrá contestar y tendrá que adecuarse a la fase procesal en la que se encuentre. El día de la vista, puede acudir y solicitar el recibimiento del pleito a prueba aunque no pueda ya contestar a la demanda (por ejemplo). Si no se presenta, deberá acatar el contenido de la sentencia que si podrá recurrir.
Un saludo.
07/07/2009 00:07
Gracias Nuria.
El tema del divorcio esta ya resuelto,no habia forma de poder llegar a un acuerdo con él,no hacia más que amenazar diciendome que lo llevara a juicio,entre otras cosas porque no creia que fuera capaz de hacerlo,pero cuándo se encontró con la demanda en el juzgado,él mismo pidió llegar a un acuerdo.

Esto lo comento porque hay veces que se tiene miedo a dar el paso porque existen amenazas, pero aunque todos los casos no son iguales, muchas veces lo hacen para que no sigas adelante o te conformes con nada.

Pero a la hora de la verdad y viendo que los motivos que alegas son ciertos reculan.

Un saludo.