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Deducción de la cuota sindical en nómina

1 Comentarios
 
Deducción de la cuota sindical en nómina
29/04/2012 16:52
¿Es lícito que una empresa sepa si pertenezco a algún sindicato por medio de las deducciones de la nómina de la cuota sindical?
29/04/2012 17:26
Si tu autorizas a tu sindicarto a pasar la cuota por la nómina, por supuesto que si, ahora bien si no qieres que se sepa deberías habver hablado con tu sindicato para que te pasen la cuato a tu cuenta de ahorro directamente pr el banco y no por la empresa.

No obstante, el que la empresa sea conocedora de tu afiliación sindical, (cosa que no podría negar en el futuro porque te lo esta descongtando de la nómina), te reporta ciertas ventajas, por ej, en caso de sanción grave o incluso despido te asiste alguna de las garantias del art 68.a ET: Apertura de expediente contradictorio en el supuesto de sanciones por faltas graves, en el que serán oídos, aparte del interesado, el comité de emoresa o restantes derlegados de personal.

Esto te asiste a ti y por lo general las empresas no lo saben y entonces cuando te quieran sancionar o despedir, según sea el caso, no podrán hacerlo por un defecto formal, amen de que siempre podrás alegar persecución sindical por el hecho de estar afiliado a un sindicato.

A veces, lo que consideramos una desventaja resulta no ser tal.
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Deducción de la cuota sindical en nómina

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Deducción de la cuota sindical en nómina
29/04/2012 16:52
¿Es lícito que una empresa sepa si pertenezco a algún sindicato por medio de las deducciones de la nómina de la cuota sindical?
29/04/2012 17:26
Si tu autorizas a tu sindicarto a pasar la cuota por la nómina, por supuesto que si, ahora bien si no qieres que se sepa deberías habver hablado con tu sindicato para que te pasen la cuato a tu cuenta de ahorro directamente pr el banco y no por la empresa.

No obstante, el que la empresa sea conocedora de tu afiliación sindical, (cosa que no podría negar en el futuro porque te lo esta descongtando de la nómina), te reporta ciertas ventajas, por ej, en caso de sanción grave o incluso despido te asiste alguna de las garantias del art 68.a ET: Apertura de expediente contradictorio en el supuesto de sanciones por faltas graves, en el que serán oídos, aparte del interesado, el comité de emoresa o restantes derlegados de personal.

Esto te asiste a ti y por lo general las empresas no lo saben y entonces cuando te quieran sancionar o despedir, según sea el caso, no podrán hacerlo por un defecto formal, amen de que siempre podrás alegar persecución sindical por el hecho de estar afiliado a un sindicato.

A veces, lo que consideramos una desventaja resulta no ser tal.