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Deducción Vivienda

3 Comentarios
 
Deducción vivienda
27/05/2003 20:22
El año pasado compré una vivienda en construcción y me la han entregado en este mes de mayo. Para ello he pedido una hipoteca y ahora me surge una pregunta. ¿Durante cuántos años me podré deducir el 25% de lo pagado al banco hasta los primeros 4507.6 €? He leido en algún artículo de prensa que son dos años, pero ¿Fiscales? O bien puedo incluirlo en tres años (2003, porque tengo medio año, 2004 y 2005, el otro medio año).

Por favor, aclaradme el tema.
Gracias. Un saludo.
28/05/2003 09:07
Los dos años se computan de fecha a fecha desde la adquisicion jurídica de la casa. Por lo tanto, son tres los años durante los cuales puedes deducirte el 25% hasta los 4.507,59 euros.
28/05/2003 18:01
Siguiendo las directrices de la DGT, el computo de los dos años se hace desde la fecha de constitución del ptmo. Con un ejemplo lo entenderemos mejor.

Suponemos que te conceden el ptmo el 30-06-2003. hasta el 30-06-2005.
Entonces en la renta de 2003, te deduces las 4.507,59€ al 25%.
En la renta de 2004,sigues deduciendote al 25%
Pero ya en la renta de 2005, solo te podrás deducir al 25% 1/2, dado que los dos años se cumplen al 30-06-2005. el otro 1/2 será al 20%.

Todo ello siempre y cuando se cumplan los demás requisitos.

un saludo
28/05/2003 22:17
Muchas gracias, Ginesta y munitis.
Un saludo.
Deducción Vivienda | PorticoLegal
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Deducción vivienda
27/05/2003 20:22
El año pasado compré una vivienda en construcción y me la han entregado en este mes de mayo. Para ello he pedido una hipoteca y ahora me surge una pregunta. ¿Durante cuántos años me podré deducir el 25% de lo pagado al banco hasta los primeros 4507.6 €? He leido en algún artículo de prensa que son dos años, pero ¿Fiscales? O bien puedo incluirlo en tres años (2003, porque tengo medio año, 2004 y 2005, el otro medio año).

Por favor, aclaradme el tema.
Gracias. Un saludo.
28/05/2003 09:07
Los dos años se computan de fecha a fecha desde la adquisicion jurídica de la casa. Por lo tanto, son tres los años durante los cuales puedes deducirte el 25% hasta los 4.507,59 euros.
28/05/2003 18:01
Siguiendo las directrices de la DGT, el computo de los dos años se hace desde la fecha de constitución del ptmo. Con un ejemplo lo entenderemos mejor.

Suponemos que te conceden el ptmo el 30-06-2003. hasta el 30-06-2005.
Entonces en la renta de 2003, te deduces las 4.507,59€ al 25%.
En la renta de 2004,sigues deduciendote al 25%
Pero ya en la renta de 2005, solo te podrás deducir al 25% 1/2, dado que los dos años se cumplen al 30-06-2005. el otro 1/2 será al 20%.

Todo ello siempre y cuando se cumplan los demás requisitos.

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28/05/2003 22:17
Muchas gracias, Ginesta y munitis.
Un saludo.