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deducciones en el IVA

4 Comentarios
 
Deducciones en el iva
16/12/2012 13:49
Tiene un médico derecho a deducir las cuotas soportadas del IVA cuando realiza una adquisicion de bienes para su actividad empresarial o profesional?
y si ese médico hace una compra de un bien para uso personal o regalarlo?
No puede deducirse el IVA en ninguna de las operaciones, no?

Gracias
17/12/2012 10:02
Hola

Si sólo realiza operaciones sujetas pero exentas no tendrá derecho a deducir ningún IVA.

www.nbconsultores.com
info@nbconsultores.com

Un saludo
18/12/2012 09:56
Pero, en el caso de que el médico compre un escáner para su actividad profesional...seria una operación sujeta pero NO exenta... por lo que sí seria deducible...
Por otro lado, si el médico compra, por ejemplo, flores, para regalar a otras consultas, también será una operación sujeta y NO exenta... entonces se pueden deducir ambas operaciones...

?¿
18/12/2012 18:30
Estoy de acuerdo con NB-Consultores. La actividad se encuentra exenta y, por tanto, no se puede deducir el IVA soportado. Ese IVA se considera un gasto más de la actividad en el caso de que fuera deducible. Por ejemplo, el escáner se supone que se va a utilizar durante el desarrollo de su actividad, por tanto, se trataría de un gasto deducible. Lo de las flores ya no es tan claro pero, en el hipotético caso de que no fuera deducible, no se podría deducir ni la base imponible ni el IVA.

Cuando una actividad no se encuentra exenta, el IVA deducible no se considera como gasto y se declara en un modelo aparte (normalmente el 303). Cuando la actividad se encuentra exenta no hay que hacer declaración del IVA.

Un saludo,
18/12/2012 19:40
Muchas gracias!
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Deducciones en el iva
16/12/2012 13:49
Tiene un médico derecho a deducir las cuotas soportadas del IVA cuando realiza una adquisicion de bienes para su actividad empresarial o profesional?
y si ese médico hace una compra de un bien para uso personal o regalarlo?
No puede deducirse el IVA en ninguna de las operaciones, no?

Gracias
17/12/2012 10:02
Hola

Si sólo realiza operaciones sujetas pero exentas no tendrá derecho a deducir ningún IVA.

www.nbconsultores.com
info@nbconsultores.com

Un saludo
18/12/2012 09:56
Pero, en el caso de que el médico compre un escáner para su actividad profesional...seria una operación sujeta pero NO exenta... por lo que sí seria deducible...
Por otro lado, si el médico compra, por ejemplo, flores, para regalar a otras consultas, también será una operación sujeta y NO exenta... entonces se pueden deducir ambas operaciones...

?¿
18/12/2012 18:30
Estoy de acuerdo con NB-Consultores. La actividad se encuentra exenta y, por tanto, no se puede deducir el IVA soportado. Ese IVA se considera un gasto más de la actividad en el caso de que fuera deducible. Por ejemplo, el escáner se supone que se va a utilizar durante el desarrollo de su actividad, por tanto, se trataría de un gasto deducible. Lo de las flores ya no es tan claro pero, en el hipotético caso de que no fuera deducible, no se podría deducir ni la base imponible ni el IVA.

Cuando una actividad no se encuentra exenta, el IVA deducible no se considera como gasto y se declara en un modelo aparte (normalmente el 303). Cuando la actividad se encuentra exenta no hay que hacer declaración del IVA.

Un saludo,
18/12/2012 19:40
Muchas gracias!