Efectivamente, si puedes. Pero que una cosa es que se pueda y otra es, que normalmente sea conveniente que cualquier persona pueda hacerlo, y como es lógico, no lo digo por tí porque no dispongo de elementos de juicio.
Es decir, "...o a cualquier persona que se encuentre en el pleno ejercicio de sus derechos civiles."
En definitiva, que entiendo que puede tu amigo pedir que lo representes.
Vamos a ver. En el acto de conciliación SMAC puedes acompañar a tu amigo intervieniendo como hombre bueno. Sin problemas.
En el juicio, la Ley de Procedimiento Laboral en el art. 18.1 establece que las partes procesales podrán comparecer por sí mismas o conferir su representación a procurador, graduado social colegiado o a cualquier persona que se encuentre en el pleno ejercicio de sus derechos civiles. La representación podrá conferirse mediante poder otorgado por comparecencia ante Secretario judicial o por escritura pública.
En el caso de otorgarse la representación a abogado tienen que seguirse otros tramites, como hacerlo constar en la demanda. La defensa por abogado tiene carácter facultativo en la instancia.
tengo una duda más o menos. ¿puede defenderse a un compañero de trabajo, amigo, vecino en la conciliación previa en el smac y en el juicio en la instancia aunque no se este colegiado? ¿que pasos habria que seguir. solicitar representación antes de la conciliacion en el smac y por apud acta en la instancia?