Buenos días, quisiera si alquien me puede informar sobre una empleada de hogar que cuidaba a un señora y ésta falleció, si le pertenece algún tipo de indemnización, ¿sería por ejemplo un mes de salario como en régimen general? o no hay nada previsto para este régimen de empleadas de hogar. Muchs gracias
Extraído de la pag oficial del Mº de empleo y seg. social, corto y pego: Si se extingue el contrato por fallecimiento del empleador, ¿tiene el trabajador derecho a indemnización? Por aplicación de la normativa general sobre extinción del contrato, si se extingue el contrato por fallecimiento del empleador el trabajador tendría derecho al abono de una cantidad equivalente a un mes de salario (artículo 49.1.g) del Estatuto de los Trabajadores), con independencia de la antigüedad que tenga.