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Dejar piso arrendado desde 16 de febrero de 2019

10 Comentarios
 
Dejar piso arrendado desde 16 de febrero de 2019
18/07/2019 19:43
Estoy viviendo en un piso arrendado con dos habitaciones.
De momento vivo solo y no necesito más que una.
En estas fechas se mueve mucho el mercado inmobiliario en esta ciudad.
He visto pisos, apartamentos y estudios en alquiler que me permitirían ahorrar 100 euros o más en la renta.

1)¿Podría dejarlo para finales de agosto sin perder la fianza?
El contrato es de un año.
No hay daños en el piso
En el contrato figura que avisando 30 días antes no habría problema.

2)¿Cuándo tienen que devolver a uno la fianza?

3)El único gasto no incluido en la renta es la luz. ¿Habría que esperar a que llegue el último recibo de la luz para devolverme la fianza?

4)Te pueden retener la fianza por cualquier excusa. ¿Por ejemplo una rallita casi inapreciable en la vitrocerámica?

5)¿Es conveniente hacer un documento que firme la arrendadora que señale que no hay daños al entregar el piso? ¿Es vuena idea que conste que se reintegrará la fianza al inquilino mediante transferencia a la cuenta desde que pagó la renta del inmueble?

Muchas gracias.
Un saludo.

Jose L.
18/07/2019 19:47
Joseasturias
Acabo de darme cuenta que una vez publicado no se puede modificar para corregir algún error por escribir con prisa. Sería buena idea que se pudiese modificar a posteriori.
18/07/2019 22:08
Joseasturias
Sería bueno leer el contrato, pero en principio si, ya que el 16 de agosto se cumplirán los seis meses de plazo mínimo que establece el art. 11 de la LAU; lo malo es que si nos apegamos a la dicción literal del precepto, es una vez transcurrido ese plazo y solo entonces cuando puede dar el preaviso de treinta días, lo cual nos lleva hasta el 16 de septiembre, día mas o menos. En realidad, creo que nadie se pondrá tan exigente y podrá irse el 16 de agosto.

Por otra parte, si como dice en su contrato pone que (cito): "que avisando 30 días antes no habría problema", puede irse también para el 16 de agosto.

No hay un plazo legal para devolver la fianza, pero si se demoran mas d eun mes puede usted pedir intereses.

Si, seguramente no le devuelvan la fianza hasta liquidar el recibo de luz.

Si usted rayó la vitrocerámica pueden descontarle el cristal (que en la práctica vale lo mismo que la vitrocerámica nueva), pero es el casero quien debe demostrarlo, si bien pesa a su favor la presunción de que al entregar el piso no estaba rayada. Comente con el casero si tiene seguro multirriesgo de hogar porque cubren las placas.

Si, un documento que acredite que no hay daños y la forma de devolución de la fianza es muy buena idea.
18/07/2019 22:50
Joseasturias
"En cualquier momento podrá darse por finalizado este contrato con mutuo consentimiento de las dos partes y con un tiempo de aviso al menos de 30 días, de no ser así la parte contraria cobrará estos días de la fianza".

Entiendo que con comunicarlo por escrito vía WhatsApp o e mail con "acuse de recibo" no hace falta un burofax dado que hay cordialidad y buen entendimiento.

Las rallas en la vitrocerámica son casi inapreciables.
Puede que ya las tuviera.
Debe tener 15 o 20 años de antigüedad la vitrocerámica.
Con luz natural las rallitas son inapreciables.
La limpié con una esponja/estropajo para no rallar y con el líquido/pasta especiales para vitrocerámicas.
18/07/2019 22:54
Joseasturias
16 de febrero inicio del contrato, hasta finales de la última semana de agosto son más de seis meses.
Si aviso a finales de julio para irme a finales de agosto...
18/07/2019 22:57
Joseasturias
Coincido plenamente con la acertada respuesta de Hoplon.
22/07/2019 09:32
Joseasturias
Si avisas el 16de agosto y te vas a final de agosto tendrás que pagar el mes completo,ces decir de 16 de agosto a 16de septiembre.
Si pagas solo los quince días de agosto, es decir del 16 a final de agosto, te podrá cobrar de la fianza el medio mes que da por pagar y por supuesto la luz etc
22/07/2019 15:04
Joseasturias
La idea sería avisar 30 días naturales antes de irme.

Por ejemplo avisar la última quincena de julio 30 días antes, para irme la última quincena de agosto.

O por ejemplo avisar la última semana de agosto a la vuelta de vacaciones 30 días antes, para irme la última semana de septiembre.

De manera que no pierda la fianza.
22/07/2019 15:08
Karmes
Dependiendo de lo que se acuerde con el arrendatario eso puede ser así o no.
Dado que permite desistir del contrato sin perder la fianza aún no transcurridos seis meses avisando con 30 días de antelación en los términos del contrato de arrendamiento.
22/07/2019 20:30
Joseasturias
Si el hecho no es por cumplir los seis meses o no, es que tienes que abonar los meses completos, no una parte ya que se te alquila con pago mensual. No es hotel donde pagas por días.
22/07/2019 21:51
Joseasturias
Mi arrendadora cobra por quincenas y prorratea incluso por días.

Lo difícil va a ser encontrar un inmueble para alquilar que esperen 30 días para que no pierda mi fianza.
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10 Comentarios
 
Dejar piso arrendado desde 16 de febrero de 2019
18/07/2019 19:43
Estoy viviendo en un piso arrendado con dos habitaciones.
De momento vivo solo y no necesito más que una.
En estas fechas se mueve mucho el mercado inmobiliario en esta ciudad.
He visto pisos, apartamentos y estudios en alquiler que me permitirían ahorrar 100 euros o más en la renta.

1)¿Podría dejarlo para finales de agosto sin perder la fianza?
El contrato es de un año.
No hay daños en el piso
En el contrato figura que avisando 30 días antes no habría problema.

2)¿Cuándo tienen que devolver a uno la fianza?

3)El único gasto no incluido en la renta es la luz. ¿Habría que esperar a que llegue el último recibo de la luz para devolverme la fianza?

4)Te pueden retener la fianza por cualquier excusa. ¿Por ejemplo una rallita casi inapreciable en la vitrocerámica?

5)¿Es conveniente hacer un documento que firme la arrendadora que señale que no hay daños al entregar el piso? ¿Es vuena idea que conste que se reintegrará la fianza al inquilino mediante transferencia a la cuenta desde que pagó la renta del inmueble?

Muchas gracias.
Un saludo.

Jose L.
18/07/2019 19:47
Joseasturias
Acabo de darme cuenta que una vez publicado no se puede modificar para corregir algún error por escribir con prisa. Sería buena idea que se pudiese modificar a posteriori.
18/07/2019 22:08
Joseasturias
Sería bueno leer el contrato, pero en principio si, ya que el 16 de agosto se cumplirán los seis meses de plazo mínimo que establece el art. 11 de la LAU; lo malo es que si nos apegamos a la dicción literal del precepto, es una vez transcurrido ese plazo y solo entonces cuando puede dar el preaviso de treinta días, lo cual nos lleva hasta el 16 de septiembre, día mas o menos. En realidad, creo que nadie se pondrá tan exigente y podrá irse el 16 de agosto.

Por otra parte, si como dice en su contrato pone que (cito): "que avisando 30 días antes no habría problema", puede irse también para el 16 de agosto.

No hay un plazo legal para devolver la fianza, pero si se demoran mas d eun mes puede usted pedir intereses.

Si, seguramente no le devuelvan la fianza hasta liquidar el recibo de luz.

Si usted rayó la vitrocerámica pueden descontarle el cristal (que en la práctica vale lo mismo que la vitrocerámica nueva), pero es el casero quien debe demostrarlo, si bien pesa a su favor la presunción de que al entregar el piso no estaba rayada. Comente con el casero si tiene seguro multirriesgo de hogar porque cubren las placas.

Si, un documento que acredite que no hay daños y la forma de devolución de la fianza es muy buena idea.
18/07/2019 22:50
Joseasturias
"En cualquier momento podrá darse por finalizado este contrato con mutuo consentimiento de las dos partes y con un tiempo de aviso al menos de 30 días, de no ser así la parte contraria cobrará estos días de la fianza".

Entiendo que con comunicarlo por escrito vía WhatsApp o e mail con "acuse de recibo" no hace falta un burofax dado que hay cordialidad y buen entendimiento.

Las rallas en la vitrocerámica son casi inapreciables.
Puede que ya las tuviera.
Debe tener 15 o 20 años de antigüedad la vitrocerámica.
Con luz natural las rallitas son inapreciables.
La limpié con una esponja/estropajo para no rallar y con el líquido/pasta especiales para vitrocerámicas.
18/07/2019 22:54
Joseasturias
16 de febrero inicio del contrato, hasta finales de la última semana de agosto son más de seis meses.
Si aviso a finales de julio para irme a finales de agosto...
18/07/2019 22:57
Joseasturias
Coincido plenamente con la acertada respuesta de Hoplon.
22/07/2019 09:32
Joseasturias
Si avisas el 16de agosto y te vas a final de agosto tendrás que pagar el mes completo,ces decir de 16 de agosto a 16de septiembre.
Si pagas solo los quince días de agosto, es decir del 16 a final de agosto, te podrá cobrar de la fianza el medio mes que da por pagar y por supuesto la luz etc
22/07/2019 15:04
Joseasturias
La idea sería avisar 30 días naturales antes de irme.

Por ejemplo avisar la última quincena de julio 30 días antes, para irme la última quincena de agosto.

O por ejemplo avisar la última semana de agosto a la vuelta de vacaciones 30 días antes, para irme la última semana de septiembre.

De manera que no pierda la fianza.
22/07/2019 15:08
Karmes
Dependiendo de lo que se acuerde con el arrendatario eso puede ser así o no.
Dado que permite desistir del contrato sin perder la fianza aún no transcurridos seis meses avisando con 30 días de antelación en los términos del contrato de arrendamiento.
22/07/2019 20:30
Joseasturias
Si el hecho no es por cumplir los seis meses o no, es que tienes que abonar los meses completos, no una parte ya que se te alquila con pago mensual. No es hotel donde pagas por días.
22/07/2019 21:51
Joseasturias
Mi arrendadora cobra por quincenas y prorratea incluso por días.

Lo difícil va a ser encontrar un inmueble para alquilar que esperen 30 días para que no pierda mi fianza.